Tribunal confirmó el procesamiento del exdiputado Placeres

REDACCIÓN  
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El Tribunal de Apelaciones Penal de 2do turno confirmó el procesamiento sin prisión del exdiputado del Movimiento de Participación Popular (MPP), Daniel Placeres, por el delito de conjunción del interés personal y público. La sentencia del 23 de setiembre, a la que accedió Búsqueda, rechazó por unanimidad la apelación de la defensa de Placeres y mantuvo el fallo de la jueza Adriana Chamsarián, que en noviembre de 2019 procesó al exdiputado, a pedido del fiscal de Crimen Organizado Luis Pacheco, por haber intercedido como legislador en beneficio de la cooperativa Envidrio, a la que se encontraba vinculado.

La investigación comenzó en 2017 a partir de la denuncia de los diputados blancos Rodrigo Goñi, Jaime Trobo y el exfrenteamplista Gonzalo Mujica, que acudieron a la Justicia luego de que extrabajadores de la cooperativa declaran al programa Santo y seña que, pese a que había renunciado formalmente a su puesto directivo en Envidrio, Placeres seguía trabajando allí y era el encargado de tomar las decisiones. También lo acusaron de enviarlos al seguro de paro y de obligarlos a trabajar en negro.

El caso tomó trascendencia política y se convirtió en objeto de disputa entre el Frente Amplio y la entonces oposición. En mayo de 2019, el fiscal Pacheco pidió al Parlamento que se levantaran los fueros del legislador y tres días más tarde Placeres presentó su renuncia en una decisión valorada por el MPP como una señal de “inocencia”. El sector respaldó su decisión de renunciar a “cualquier tipo de privilegio político, para someterse, como cualquier ciudadano común, al proceso judicial en el cual se encuentra implicado”. La exvicepresidenta Lucía Topolansky declaró entonces que la acusación contra Placeres, un hombre cercano a José Mujica, no tenía “ningún asidero”.

La cooperativa Envidrio, que fue creada en 2007 con extrabajadores de Cristalerías del Uruguay, recibió préstamos del Fondo de Desarrollo (Fondes), creado durante el gobierno de Mujica para apoyar proyectos autogestionados, y del Instituto Nacional de Empleo y Capacitación Profesional (Inefop). Esos préstamos fueron cuestionados por legisladores de la oposición, que acusaron al gobierno de apoyar un emprendimiento deficitario por afinidad ideológica, y también fueron denunciados ante la Justicia penal.

Foto: Javier Calvelo / adhocFOTOS

“Claramente” favoreció a Envidrio.

Según argumentó el fiscal Pacheco ante el tribunal, siendo diputado Placeres promovió “actos legislativos que favorecieron a una empresa con la que se mantenía notoriamente vinculado” y, por otro lado, omitió “informar a la Cámara tal vinculación”. Su conducta “tendió a favorecer a una empresa privada, solicitándole al Ejecutivo los máximos esfuerzos para la concesión de un nuevo préstamo, cuando se trataba de una empresa a la que seguía vinculado en áreas de dirección y gestión y en la que trabajaban familiares directos”.

La Fiscalía se refirió a que, como integrante de la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados, Placeres propuso la aprobación de una minuta de comunicación al Poder Ejecutivo donde se pedía aumentar los esfuerzos para lograr la financiación de la planta industrial Envidrio. También votó el proyecto de ley, que luego fue sancionado y promulgado como Ley Nº 19.611, donde se facultaba al Ministerio de Trabajo a extender por un plazo de 90 días el subsidio por desempleo de los trabajadores.

Placeres “no solo no informó su vinculación con la cooperativa interesada, sino que informó lo contrario; pues surge de las actas parlamentarias que había informado su formal desvinculación de la empresa a través de la renuncia al directorio de Envidrio y al cargo de director de la asociación civil 21 de Abril, ambas en forma previa a la asunción de la banca en el mes de febrero de 2015”, sostuvo el fiscal.

La defensa alegó que Placeres no obtuvo ningún beneficio para sí mismo, y que la notoriedad de su vinculo con Envidrio era tal que no era necesario informarla ni había una intención de ocultarla. Además, sostuvo que “pretender que un legislador deba dar un paso al costado cada vez que se interesa por un tema atinente a su función que a la postre puede ser considerado conjunción es limitar de una manera absurda su función”.

“¿Qué tiene de indebido solicitar al Poder Ejecutivo que realice los máximos esfuerzos para tratar de mantener una fuente de trabajo para cientos de trabajadores? ¿O votar la extensión de un seguro de paro para que quienes se quedaron sin la fuente laboral puedan subsistir?”, plantearon los abogados Laura Robatto y Pablo Barreiro.

La sentencia del tribunal mantuvo el criterio del fiscal y la jueza de primera instancia. Los ministros Ricardo Míguez, Daniel Tapié y José Balcaldi sostuvieron que “está acreditado que Placeres no solamente omitió informar su relación con la firma que se beneficiaría del auxilio, incluido el seguro de paro a los empleados entre los cuales estaba su propio hijo, pero además expresamente manifestó que nada lo vinculaba a ella en el momento de su participación”, lo que vulnera el artículo 124 de la Constitución, entre otras normas sobre la función pública.

“De ninguna manera se podía omitir informar a la Cámara de Representantes que mantenía una relación directa con la empresa a la cual se buscaba apoyar con la ampliación del seguro de desempleo o con los máximos esfuerzos del Poder Ejecutivo”, afirmaron.

El tribunal señaló que “varios trabajadores” declararon en la Justicia que Placeres iba a la fábrica, dirigía y resolvía problemas laborales mientras trabajaba como legislador. “Era el presidente, estaba todo el tiempo en la empresa”, recoge el fallo sobre la declaración de un trabajador.

“Si bien no existió provecho para sí, su conducta desplegada claramente tendió a favorecer a una empresa privada (con los préstamos)”, concluyó la sede.

La sentencia es definitiva porque no admite recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia.

Información Nacional
2020-10-01T00:34:00