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El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEl fiscal y la Constitución. La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucionales los artículos 2º y 3º de la Ley 18.831, por entender “que las reglas que establecen la imprescriptibilidad de los ‘crímenes de lesa humanidad’ no pueden ser aplicadas al presente caso, ya que las leyes que incorporaron estos a nuestro derecho son posteriores a la comisión de los hechos en esta causa”. El principal argumento esgrimido por la máxima autoridad judicial del país establece que los mencionados artículos 2º y 3º “en virtud de violentar los principios de legalidad e irretroactividad de la ley penal más gravosa (ínsito en el artículo 72º de la Carta) y consagrado en una norma de Derecho Internacional (Pacto de San José de Costa Rica, artículo 7.2, ratificado por Ley 15.737). El principio importa una garantía para el sujeto sometido al proceso y para todas las personas que respetan la ley”.
Esa decisión refleja una restauración del espíritu y de la letra de leyes que la República se dio en pleno ejercicio de su soberanía, a la vez que consagra una reparación de las fisuras creadas en el Estado de derecho por parte de quienes creen que las normas deben ser funcionales a un determinado discurso político, para ser utilizadas en campañas de ocasión, serviles a sectores o partidos que consideran que las instituciones son menos relevantes que sus proyectos estratégicos.
La Fiscalía de Corte, en la figura de su titular, en lugar de celebrar que la norma constitucional recuperó su imperio y los principios generales de derecho, luego de tantos desvíos y subalternas manipulaciones, prefirió alinearse en la dirección contraria y convertirse en uno más de los que sufren por este impecable fallo que lleva a su cauce la normalidad de los procedimientos judiciales. Nos preocupa que el Dr. Jorge Díaz pueda rechazar una afirmación tan clara en favor de la Constitución y de aquellas leyes y sentencias destinadas a sellar la paz y el trato igualitario ante la Justicia de todos los orientales.
La Comisión Directiva del Centro Militar