En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
* Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
¡Hola !
En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
* Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
¡Hola !
El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
En una habitación están frente a frente el adolescente que cometió un delito y su víctima. El primero se arrepiente de lo que hizo y el segundo lo acepta. En varios países —en especial europeos— esta acción de reparación se da con cierta frecuencia pero en Uruguay es algo esporádico.
¡Registrate gratis o inicia sesión!
Accedé a una selección de artículos gratuitos, alertas de noticias y boletines exclusivos de Búsqueda y Galería.
El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
María Ana Blengio, del Programa de Medidas Socioeducativas No Privativas de Libertad y Mediación, estimó que no hay más de diez casos en los que se aplicó la mediación entre víctima y victimario, uno de los ejemplos de lo que se denomina “justicia restaurativa”.
En derecho, además de la justicia penal común, que busca ubicar al responsable de un delito y castigarlo, también existe el principio de “justicia restaurativa”, que apunta a restaurar el derecho afectado por un ofensor a su víctima. En Estados Unidos y algunos países de Europa se aplica ese principio.
En Uruguay, el año pasado el Ministerio del Interior y la Suprema Corte de Justicia elaboraron un plan piloto para aplicar este tipo de mediación en delitos cometidos por adultos.
Para el caso de los adolescentes, la mediación está incorporada en el Código de la Niñez y Adolescencia. El artículo 83 del código plantea la posibilidad de “reparar el daño” o la “satisfacción de la víctima”.
“En cualquier etapa del proceso, previa conformidad del adolescente y de la víctima o a petición de parte, el juez podrá derivar el caso a mediación, suspendiéndose las actuaciones por un plazo prudencial. Alcanzando un acuerdo, previo informe técnico y oídos la defensa y el Ministerio Público, el juez deberá valorar razonablemente desde la perspectiva exclusiva del interés superior del adolescente, el sentido pedagógico y educativo de la reparación propuesta, disponiendo, en caso afirmativo, la clausura de las actuaciones. Tal decisión será preceptiva en caso de opinión favorable del Ministerio Público. El mismo efecto tendrán los acuerdos conciliatorios celebrados en audiencia”, dice.
La mediación es “poco utilizada”, explicó Blengio al participar el martes 9 de un seminario sobre medidas socioeducativas no privativas de libertad y mediación, organizado por el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (Sirpa), del que depende el programa de medidas alternativas.
Blengio comentó a Búsqueda que la justicia restaurativa “no es común en Uruguay” y que los jueces “no tienen conciencia de que es una herramienta muy útil”. Informó que se está trabajando con unas 130 medidas socioeducativas pero las mediaciones no llegan a diez.
Explicó que para que el adolescente dé el paso de “pedir disculpas” y “mediar con la víctima”, se necesita una “preparación”. Indicó que a veces los jóvenes que cometen delitos “no ven el daño” que le provocaron a la víctima.
El Código de la Niñez y la Adolescencia establece que siempre se procurará que el adolescente asuma la “responsabilidad” por lo hecho y se buscará el “respeto” de los “derechos humanos y las libertades fundamentales de terceros”, así como el “robustecimiento de los vínculos familiares y sociales”.
Medidas alternativas.
Además de la mediación, el código prevé varias medidas socioeducativas que no implican privar de libertad al adolescente.
Una de ellas es la “advertencia”, formulada por el juez en presencia del defensor y de los padres o responsables del menor de edad, “sobre los perjuicios causados y las consecuencias de no enmendar su conducta”. Otra es la “amonestación”, que intima al adolescente a “no reiterar la infracción”. También se plantea la “orientación y apoyo”, incorporando al autor del delito a un programa socioeducativo del INAU, la “observancia de reglas de conducta, como prohibición de asistir a determinados lugares o espectáculos, por un período que no exceda de seis meses”, la “prestación de servicios a la comunidad, hasta por un máximo de dos meses”, la “prohibición de conducir vehículos motorizados hasta por dos años”, la “libertad asistida” y la “libertad vigilada”.
Para las autoridades del Sirpa, las medidas alternativas a la prisión son el camino a seguir para recuperar a los adolescentes conflictivos. “Consideramos que esta es la mejor vía de recuperación desde el punto de vista terapéutico, social y de contacto con la comunidad y reinserción social para los jóvenes que han cometido infracciones”, dijo Gabriela Fulco, presidenta del Sirpa.
Agregó que de acuerdo a la “evolución dentro del sistema y al programa de rehabilitación y cumplimiento de metas, es posible cambiar de la privación de libertad a medidas alternativas para los adolescentes infractores que hoy están en el Sirpa”.
Según el código, la privación de libertad se utilizará “solo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda”. El juez “deberá fundamentar por qué no es posible aplicar otra medida distinta a la de privación de libertad”.
Sin embargo, a partir de enero de 2013, los adolescentes que cometan delitos graves (como homicidio, violación, secuestro, extorsión) deberán estar al menos un año privados de libertad. Hoy el sistema tiene más de 600 adolescentes en prisión.
Mariana Malet, docente grado 5 de la Facultad de Derecho, dijo durante el seminario, realizado el martes 9, que hay que ser capaz de “mostrar que el Estado puede lograr seguridad con medidas que no implican la privación de libertad” porque esta “lo que en realidad genera es precisamente inseguridad”.
Resaltó la necesidad de aplicar medidas alternativas a la prisión, como la mediación o la libertad asistida.
“La idea es restaurar heridas. Restaurar derechos pero que además se visualice en la comunidad que se está tratando de devolver lazos con la comunidad. La justicia restaurativa evita esa dicotomía de que como estoy pensando en el derecho del adolescente me olvido del derecho de la víctima. No, incorporémosla al proceso”, dijo. Reconoció que “habrá casos donde no se puede” aplicar.
“En Uruguay se aplica muy poco”, agregó Malet. “Se necesita un trabajo en la comunidad, que no es fácil, con los medios de comunicación, que son una de las fallas más importantes para evitar la concepción del adolescente como sinónimo de enemigo”.