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    La Justicia de Uruguay comienza a perseguir fuera de fronteras a organizaciones internacionales que proveen a los narcos locales

    Un juzgado de Crimen Organizado procesó con prisión a un grupo de narcotraficantes que operaban en el exterior porque entendió que las consecuencias de sus actividades perjudicaban a Uruguay

    Tres hombres acababan de sentarse en un restaurante para almorzar en la ciudad fronteriza de Rivera. No estaban apurados ni nerviosos. La misión se había cumplido con éxito y tenían un rato para distenderse antes de regresar a Paraguay. Aprovecharon para pasear y hacer algunas compras en los free shop de la frontera con la ciudad brasileña Santana do Livramento.

    ¿Por qué apurarse? No tenían en su poder nada que pudiera incriminarlos. Los ocho paquetes de cocaína, de unos ocho kilos en total, ya habían sido entregados. Tampoco tenían el dinero que habían recibido a cambio, que probablemente ya estuviera rumbo a Paraguay en manos de un cuarto cómplice.

    Además habían tomado precauciones. Aunque la droga iba dirigida al mercado uruguayo, para reducir los riesgos la entrega se había realizado en Livramento. El delito, en definitiva, no lo habían cometido en territorio uruguayo, y como no serían ellos quienes se encargarían de distribuir la droga en el país, quedaban fuera del alcance de la Justicia local. O eso suponían. Esta vez, sin embargo, no fue así.

    La Justicia especializada en Crimen Organizado encontró una forma de perseguir a las organizaciones criminales que proveen desde el extranjero la droga para el mercado uruguayo. El fiscal de Crimen Organizado Juan Gómez recurrió a una interpretación más amplia del Código Penal y decidió pedir el procesamiento de los tres paraguayos bajo el argumento de que, aunque no delinquieron en el país, cometieron un delito que tendrá “consecuencias” en la sociedad uruguaya.

    Es una interpretación “novedosa” pero “ajustada a Derecho”, dijo a Búsqueda el fiscal Gómez. Es que las leyes penales suelen aplicarse a los delitos que se cometen dentro del país. Pero el artículo 10 del Código Penal contiene algunas excepciones. Para juzgar a los paraguayos, el fiscal apeló al numeral 6 de ese artículo, que dice que podrán ser perseguidos los delitos cometidos por extranjeros “en perjuicio del país”.

    Resuelto a adoptar una “postura firme” frente al fenómeno de la delincuencia internacional, el fiscal Gómez recurrió a esa norma para juzgar a los extranjeros y asegura que esa será “la línea” que seguirá su Fiscalía de ahora en adelante.

    “Consideramos que, si bien la entrega de la droga se hizo en territorio extranjero, el delito constituía un perjuicio para el país por la incidencia negativa para la sociedad que implica el consumo de estas sustancias, desde los perjuicios en la salud hasta la economía”, explicó Gómez. “El tejido social sufre las consecuencias. No solo perjudican al que consume la droga sino al entorno social. Además, es uno de los disparadores más claros de actividades delictivas como el hurto y la rapiña, que tienen la finalidad de conseguir fondos para atender esa adicción”.

    Por lo tanto, si bien “son ciudadanos extranjeros que cometen un delito en el extranjero, consideramos que las consecuencias de ese delito se van a concretar en el país”, dijo Gómez.

    “Postura firme”.

    Los tres paraguayos, uno de ellos el jefe del grupo criminal, fueron detenidos el 25 de abril en Rivera. El mismo día fueron detenidos cinco uruguayos. El fiscal pidió el procesamiento con prisión de los uruguayos por el delito de introducción e importación de estupefacientes, y de los paraguayos por el delito de distribución. Además, solicitó el procesamiento de una uruguaya por el delito de asistencia. La jueza Adriana de los Santos accedió al pedido y procesó con prisión a todos los involucrados.

    En el pedido de procesamiento, el fiscal argumentó que la situación de los ciudadanos paraguayos debía analizarse de acuerdo con lo previsto en el numeral 6 del artículo 10, ya que “no existe duda que fueron los proveedores de la sustancia incautada, no son reclamados por la jurisdicción de otro país, y los actos cumplidos lesionan con claridad también indiscutible al Estado uruguayo, cuando emerge acreditado que la droga ingresada era destinada a la comercialización” en Uruguay.

    De esta forma la Fiscalía de Gómez encontró la manera de ampliar su alcance en la persecución al tráfico de drogas. “Es de los primeros casos en que tenemos la posibilidad de detener y juzgar a todos los involucrados que participaron en un operativo de tráfico de drogas”, explicó el fiscal a Búsqueda.

    Esto “significa adoptar una postura firme frente al fenómeno de la delincuencia internacional”, aseguró.

    Es que el caso de los paraguayos no es un hecho aislado. En los últimos tiempos, la Justicia especializada en Crimen Organizado detectó una forma de operar de los traficantes de droga que consiste en realizar la entrega de los estupefacientes en otro país del que se va a comercializar. “Es una forma de minimizar los riesgos”, explicó Gómez. “Para los paraguayos es más seguro pactar la entrega en un lugar ajeno al grupo criminal uruguayo”, indicó.

    Esta vez los delincuentes paraguayos facilitaron el trabajo de la Justicia porque cruzaron a almorzar al lado uruguayo, y entonces pudieron ser detenidos por la Policía. No obstante, Gómez dijo que bajo esta nueva interpretación del Código Penal, la Justicia podrá incluso pedir la extradición de los extranjeros que delincan en perjuicio de Uruguay para juzgarlos en el país.