La Suprema Corte de Justicia citó como “tercero interesado” al empresario Juan Carlos López Mena en la acción de inconstitucionalidad que la compañía de seguros argentina Boston presentó contra la ley que creó el fideicomiso de Pluna.
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáBoston fue la compañía que prestó el seguro para que la desconocida empresa española de aviación Cosmo accediera al aval que le otorgó el Banco República (BROU) para presentarse al remate de los aviones de Pluna.
Según fuentes vinculadas al caso, la decisión de la Corte es relevante porque Boston pretende que no solo se declare inconstitucional el fideicomiso, sino también el hecho mismo de la subasta, basándose en el llamado “principio de nulidad en cascada”, según el cual si es inconstitucional el acto original también lo son sus frutos.
De acuerdo con los informantes, la resolución de la corporación “abre la puerta” para que López Mena “abogue directamente por la inconstitucionalidad de la ley 18.931 y del remate”. Si son declarados opuestos a la Carta Magna, “tendrán efecto determinante sobre el convenio que el empresario tiene firmado con el BROU”, en el que figura una cláusula resolutoria que si la ley es declarada inconstitucional, el acuerdo cae “de pleno derecho” y el banco debe reembolsar las sumas que ya han sido abonadas por López Mena.
La citación a López Mena como tercero interesado y la incorporación de la cláusula fueron recomendadas en su momento por el ex abogado de López Mena, Daniel Rocca, quien actualmente tiene un litigio con el empresario por presuntos honorarios impagos, según el texto de la demanda presentada por el letrado ante la Justicia civil.