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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEl día 24 de agosto pasado recibí una llamada telefónica de Secretaría del Consejo de Facultad de Derecho de la Udelar para notificarme de la resolución adoptada el mismo día en la mañana tras nuestra presentación de los recursos de revocación y jerárquico en subsidio al haber sido exlcuidos o no recontratados de un grupo de Contratos Civiles y de Garantía (Cancela y Madeiro) y no haber sido recontratado como grado 1 el escribano Sturla, tras años de docencia en aula, cuando fueron contratados algunos que fueron llamados directamente a ocupar el mismo grado, aclarando que cuando es contratación se ingresa sin dar prueba de concurso.
La denegación del recurso de revocación interpuesto en su momento, por quien suscribe y los escribanos Cancela y Sturla, contra la resolución (sin fundamentos del instituto correspondiente), por la causal invocada de reducción de grupos de la asignatura mencionada (Contratos Civiles y de Garantía, materia curricular de 5º año de Notariado), de dos a un grupo, cuando he sido al igual que la escribana Cancela contratado en efectividad, por concurso, por el término de tre años, la última renovación a partir del presente año.
En el Consejo de Facultad de este miércoles 24, entonces, se votó por amplia mayoría el rechazo al recurso de revocación contra una resolución sin número ni fundamentos adoptada por la Sra. decana, y además el consejo resolvió pedir informe al Instituto de Técnica Notarial (ITN), cuyo director es el escribano Carlos Scirgalea, para que enviara al consejo (pero solo de este segundo semestre, cuando ya fuimos perjudicados desde el primer semestre por la pérdida de una fuente laboral) los criterios para conceder las extensiones de grado 2 y realizar las contrataciones de grado 1 .
El argumento de la decana, Dra. Cristina Mangarelli (catedrática grado 5 del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social o Derecho Laboral), apoyada en la sesión por el probable futuro decano el Dr. Gonzalo Lorenzo, es que hay menos grupos.
Sin embargo, todos en facultad sabemos, tanto docentes como estudiantes de Notariado que los grupos son los mismos, pero se ha beneficiado con más grupos a los los escribanos Alicia Barbarni y Renán Pascal, concediéndoles el máximo de horas permitido en detrimento de las nuestras, situación que expuso nuestro abogado en el escrito de presentación de recursos, teniendo en cuenta además que ambos son funcionarios públicos, por lo que no pueden exceder el máximo de 60 horas semanales (los perjudicados por una decisión arbitraria somos docentes grado 2 efectivos, igual que la escribana Alicia Barbani y el escribano Renán Pascal, la escribana Cancela y quien suscribe, sin embargo, los dos primeros tienen grupos a cargo y uno es asistente del otro), entonces, ¿cuál es el verdadero criterio?
Los grupos en los que están al frente dichos colegas están superpoblados de estudiantes y se les dio, por el mismo Consejo de Facultad, el máximo de horas semanales, y existen uno o más de un grupo de la misma asignatura, a cargo del escribano Rodríguez Sosa, único docente grado 4, con sumario pero sin separación del cargo.
En el caso del Esc. Sturla, fue contratado como grado 1 en su momento, no le renuevan dicha contratación en 2022, sin embargo, son contratados numerosos escribanos, también como grado 1, sin experiencia docente previa, se elininaron las aspirantías a la carrera docente, que daban práctica y consistían en por lo menos tres años en teoría, antes de que se produjeran los llamados a concurso y proceder al efectivo dictado de clases.
Ahora el recurso jerárquico en subsidio, en el marco del ordenamiento jurídico vigente, lo debe resolver la propia Udelar en el seno del CDC.
Dr. Esc. Hugo Darío Madeiro Ramírez
CI 2.939.763-6