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    Astori y el legado de Seregni

    N° 1815 - 14 al 20 de Mayo de 2015

    Durante el lanzamiento de la campaña del Frente Líber Seregni, el 9 de abril del año pasado, Danilo Astori destacó en un discurso la necesidad de que los gobernantes pongan el acento en un país responsable y ético y, como en años anteriores, recordó expresiones del líder histórico del Frente Amplio sobre ese tópico.

    Seguramente refería a un discurso de Seregni en el Paraninfo de la Universidad. Una especie de testamento político: “todo lo que hice, lo bueno y lo malo, lo acertado y lo erróneo, fue a plena conciencia. Traté de perseguir el paradigma de decir lo que se piensa y hacer lo que se dice. A veces pude hacerlo y otras no; porque yo también sentí, como muchos de ustedes, la vigencia del dilema que planteara Max Weber hace ochenta años (…): la posible oposición entre la ética de las convicciones y la ética de las responsabilidades. Cuando uno tiene un cargo, cuando uno habla en nombre de otros, no es uno solo el que habla, y eso limita seriamente las posibilidades de expresión propia”.

    Cerca del fin de su vida, Seregni destacó: “La ética pública ha de ser correlativa de la privada. Mal podrá defender la integridad y la moralidad en el plano público quien carece de ella. Por otra parte, la actuación de cualquiera que realiza una función pública en nuestro país debe estar presidida por la idea de servicio de los intereses generales , que es el principal valor político. (…) Algunos analistas consideran que la ética pública ha perdido hoy relevancia social, dada su naturaleza subjetiva. La gran mayoría entiende, sin embargo, que la ética ha de ser el mejor antídoto contra el veneno de la corrupción y preconiza la necesidad de un rearme ético, de un regreso a los valores antes enunciados”.

    Hasta allí me condujo el sábado 9 una nota del periodista Gonzalo Ferreira en “El Observador” sobre la designación de Claudia Hugo, la pareja de Astori, como su “asistente”, con un salario nominal de $ 45.174.

    Habría impedimento legal de que se designara a Hugo si tuviera parentesco o fuera esposa de Astori, pero no es ni una cosa ni la otra. También sería ilegal que el ministro hubiera firmado la designación, pero no lo hizo. La firmó el subsecretario Pablo Ferreri mientras Astori participaba en reuniones del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial. En suma, como no es familiar ni cónyuge y Astori no la firmó es lícita, aunque para lograrlo se hayan utilizado, como dice el periodista, “varias fintas”. Como los esquives de un boxeador para evitar los golpes, en este caso las normas.

    ¿Hay transgresión ética? Lo parece. De lo contrario no hubiera sido necesario que Astori, Ferreri y sus asesores legales armaran un tinglado para saltar sobre las prohibiciones, alcanzar su objetivo y que el presidente Tabaré Vázquez lo avalara con su firma. No hace mucho, sobre una cuestión ética, Vázquez vetó a Beatriz Silva como directora general de Salud Pública: se llevaba en comisión de ASSE al Ministerio seis adjuntas con el mismo salario que tenían allí.

    En esto no está en discusión la solvencia de Hugo, conocida por quienes han tenido vinculación con el Senado donde durante 15 años se ha desempeñado como secretaria de Astori. Tampoco se puede desconocer la necesidad de los gobernantes, nadadores en un temporal de tiburones, de rodearse de personal fiel y de confianza. Lo que está en cuestión —porque se trata de un asunto de interés público que se paga con dinero público— es el método, la estratagema.

    La ley 18.246 de 2007 que reguló la unión concubinaria terminó con la discriminación. A partir de esa norma los concubinos declarados judicialmente como tales tienen los mismos derechos, patrimoniales, sucesorios, etc., que las parejas unidas en matrimonio civil. En la unión concubinaria el sueldo es un bien ganancial, como lo es en el matrimonio civil. De modo que el sueldo de Hugo beneficia los ingresos de Astori por ser su pareja.

    Como puede apreciarse, entre esa norma y los mecanismos e inhibiciones para designar existen lagunas, baches o contradicciones. Para el caso concreto, el artículo 26 del decreto 30 de 2003 (“Normas de conducta de la función pública”) prohíbe a los funcionarios “con competencia para gastar, intervenir cuando estén ligados con la parte que contrata con el organismo a que pertenezcan por razones de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercero de afinidad o por matrimonio”. Ese vacío, laguna o contradicción habrá que acompasarlo a la realidad y corregirlo. Si se opta por dejarlo como está, puede obligar a otras fintas que, en el caso de un ministro, pueden despertar suspicacias en la ciudadanía sobre cualquier otra decisión que tome.

    Alguien podrá argumentar una vez más que en la vida política y administrativa todo es relativo y se cubren entre todos. Suele hacerse cuando los fundamentos son escasos. En esos círculos rodeados de andurriales fangosos lo relativo les ha permitido a varios sacar la pata del lazo. Pero por algo Albert Einstein, en las antípodas de ese mundo, sostuvo que “la relatividad se usa en la física, no en la ética”.