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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáHe escuchado con asombro creciente los argumentos en defensa del proyecto de ley que autoriza el libre fotocopiado de libros. Y también he escuchado y comparto casi todo lo que se ha dicho contra tal engendro.
Advierto, no obstante, que al margen de algunas referencias laterales a la inconstitucionalidad del proyecto, nadie ha profundizado hasta ahora en este aspecto.
La Constitución garantiza la protección de la “vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad” (art. 7º). Y además “nadie puede ser privado de estos derechos sino conforme leyes que se establezcan por razones de interés general”.
Dado que los propulsores del proyecto alegan que existe “interés general” en que los estudiantes tengan acceso gratuito o a un costo mínimo (el fotocopiado) de los libros de estudio, debo anotar que esta afirmación tiene un corolario ineludible: si existe interés de toda la sociedad en brindar libros gratuitos a los estudiantes, entonces es la sociedad quien debe asumir ese costo y pagarlo.
Si es bueno que los estudiantes tengan libros gratis, entonces el Estado debe suministrarles gratis tales libros. El derecho del artista creador y del autor de un libro es uno de los derechos fundamentales protegidos por nuestra Constitución (arts. 7, 32 y 72). Y también el derecho de propiedad del editor sobre los libros que edita, imprime y publica está protegido por la Constitución. Y si alguien quiere expropiárselos al editor y regalarlos a los estudiantes, la sociedad está obligada a pagarle a éste su valor (“…recibiendo siempre del Tesoro Nacional una justa y previa compensación”: art. 32).
Decretar que los estudiantes (y no sólo los estudiantes sino todo el mundo según el art. 15 del engendro) tienen derecho a fotocopiar libros para no tener que pagárselos al editor, implica expropiar el derecho de propiedad del editor (y también del autor) sobre dichos libros. Si hay “necesidad y utilidad pública” en autorizar el libre fotocopiado de libros de texto (y no sólo de texto), entonces el Tesoro Nacional debe indemnizar a los que tienen derechos patrimoniales inalienables sobre los mismos por la privación y expropiación de sus bienes.
Y repito: si se argumenta que es bueno que los estudiantes tengan la posibilidad de obtener los libros que necesitan sin pagárselos a la editorial, la solución es que el Estado los compre y los suministre.
Una historia real puede ilustrar esto: hace más de cuarenta años una conocida mía concurría a un colegio privado. Su familia sufrió un quebranto económico y tuvo que cursar cuarto año de secundaria en un liceo público. En su casa no había dinero para comprar los libros, pero la biblioteca del liceo le prestó todos los libros que necesitaba, aprobó el año con las mejores notas y los devolvió a fin de año.
Ignoro si eso sucede todavía en Secundaria, pero sería muy bueno que la Universidad de la República pudiera hacer lo mismo con sus estudiantes, o al menos con aquellos que no pueden pagarlos, porque también hay muchos que pueden hacerlo (tal cual está redactada la ley, un millonario puede sacar fotocopias gratis para ahorrarse pagar el precio).
Desde luego, si los estudiantes necesitan libros y no pueden comprarlos, es de interés general que el Estado se los suministre. Pero de lo que no cabe duda es que los propietarios de esos libros (las editoriales) y de los derechos de autor sobre los mismos (los autores) tienen derecho a que se les pague por la obra y no que se autorice a reproducirlas libremente sin pagarles nada. Se trata de una expropiación de sus derechos sin previa y justa compensación, lo cual está expresamente prohibido por la Constitución.
Debo decir algo más: pertenezco a la generación que transformó la vieja Oficina de Apuntes del Centro de Estudiantes de Derecho en la Fundación de Cultura Universitaria. Esta ha cumplido cincuenta años de fecunda labor editorial en beneficio de los estudiantes y de la cultura jurídica nacional.
¿Creen los autores del proyecto que la FCU seguirá editando libros si se autoriza a los estudiantes a fotocopiarlos? ¿Para qué alguien iba a invertir tiempo, dinero y esfuerzo en editar un libro si la ley autoriza a apropiarse de ellos sin pagarlos a su editor?
Durante toda mi vida he escrito decenas de libros de derecho y cientos de artículos de doctrina. La mayoría los publicó la FCU.
En este momento tengo el honor de ocupar la Presidencia de la Asociación Uruguaya de Derecho Marítimo. En el año 2014 la AUDM logró que el Parlamento sancionara la Ley Nº 19.246 de Derecho Comercial Marítimo que modernizó las normas de nuestro viejo Código de Comercio en la materia. Al año siguiente la AUDM organizó un ciclo de conferencias sobre la nueva ley. Y la FCU publicó un libro: “Reforma del Derecho Marítimo Uruguayo” en el que reproducía los trabajos de los expositores sobre el tema.
Aclaro que ninguno de los autores cobramos un peso por nuestro trabajo. Lo hicimos en forma gratuita y sin ánimo de lucro. Pero, desde luego, la FCU tuvo que ponerle un precio al libro para compensar los gastos que generó editarlo y publicarlo. Y tiene la expectativa razonable de recuperar su inversión y de obtener una mínima ganancia para financiar los sueldos de sus empleados y los costos de su propia existencia como editorial (y anoto que la Fundación es una entidad sin fin de lucro por disposición expresa de sus estatutos).
Este año la AUDM está organizando un seminario sobre régimen jurídico de las plataformas offshore y de la zona económica exclusiva de nuestro mar (un tema que se nos viene a pasos agigantados y sobre el todavía que no existen estudios jurídicos sistemáticos en el país). Contamos con la colaboración entusiasta de los institutos de Derecho Internacional Privado, Derecho Internacional Público, Derecho Administrativo, Derecho Financiero y Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.
Dirán ustedes que me estoy yendo del tema. Pues no, nuestra intención fue, como siempre, que las conferencias y trabajos fueran publicados. Consultamos a la FCU pero, por desgracia, la Junta Directiva nos contestó que dada la probable aprobación del proyecto de ley mencionado, no están asumiendo el compromiso de nuevas publicaciones. Simplemente: si se sanciona la ley de libre fotocopia lo más probable es que tengan que dejar de editar y cerrar.
Dice el saber popular que “no hay almuerzos gratis”. Si la ley se sanciona, los estudiantes podrán fotocopiar todos los libros jurídicos que se hayan publicado en el pasado. Pero nadie va a escribir, editar, ni publicar nuevos libros.
El camino del infierno está empedrado de buenas intenciones. Nunca fue más cierta una máxima.
Fernando Aguirre Ramírez
CI 999.840-4