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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáPagos con tarjetas de débito. El Ministerio de Economía está promoviendo hace ya bastante tiempo el uso de medios electrónicos de pago y últimamente se ha decretado que las estaciones de servicio, entre las 22 horas y las 6 horas, no pueden manejar efectivo y tanto la venta de combustible como la de los productos de sus minimercados debe hacerse exclusivamente con tarjetas de débito y/o crédito. Se argumenta la necesidad de evitar los robos y asaltos a que estos comercios están permanentemente sometidos.
El economista Vallcorba, abanderado de estas disposiciones, no tiene dudas. Es necesario llegar a que a partir del 1º de julio todas las transacciones de las estaciones de servicio se hagan vía electrónica, no importa el monto de cada transacción, ya que no se aceptará que los empresarios fijen mínimos: así sean 2 litros de nafta (por ejemplo, la compra usual de los “deliveries”) o un agua mineral o una goma de mascar, todo deberá cobrarse con tarjetas de débito o crédito. Los gastos que se generen (comisiones, gastos administrativos), los días que se demoran en obtener los fondos de estas ventas con el natural incremento del capital de trabajo necesario, las demoras en la atención de los clientes, el personal adicional necesario, nada importa. Seguramente en su pensamiento los empresarios que son “ricos” deben hacerse cargo.
Lo curioso es lo que me sucedió en los últimos días. Por un trámite de inscripción en el Registro Civil de un familiar nacido en Brasil, tuve necesidad de legalizar la partida de nacimiento brasileña y efectuar el trámite tanto en el Ministerio de Relaciones Exteriores como en la Dirección de Registro Civil.
Curiosamente en ningunas de las dos oficinas se acepta otra forma de pago que no sea al contado y en efectivo. Ni tarjeta de débito ni tarjeta de crédito.
¡Fantástico! El Estado no aplica en sus oficinas lo que predica para los privados. Y todo el mundo boca abajo.
Julio Esposto
CI 818.198-9