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    Ley Orgánica Militar

    Sr. Director:

    Recientemente, para ser más preciso, el pasado martes 16 del corriente mes (julio 2019) el Senado de nuestro país votó la nueva Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas. Con los votos de la bancada del Frente Amplio y del Partido Independiente en dicha Cámara y antes con las manos del Partido de la Gente y Unión Popular, los legisladores aprobaron la norma legislativa que supuestamente, en titulares, trajo grandes cambios en la materia.

    Los titulares de la prensa y las declaraciones de los principales impulsores aseguran que con esta ley se termina con la Doctrina de Seguridad Nacional, con la “obediencia debida” se reduce el número “excesivo de coroneles” y se eliminan los tribunales de Honor. Todas estas promesas electorales que desde su campaña en el 2004 la izquierda las tenía pendientes y a pesar de sus mayorías parlamentarias nunca tuvieron tiempo de realizarlo, salvo en este período —previo a las elecciones— donde se hace necesario alimentar a la “barra” de algunos tópicos importantes para que no se apague la llamita y los militantes vuelvan a los comités de base, 14 años pasaron.

    ¿Por qué esta afirmación tan categórica? Hagamos memoria y recordemos las mesas de debate del año 2006, donde con la participación de varios sectores de la sociedad se discutieron muchos temas relacionados a la Defensa Nacional en su conjunto, a las normas militares, a sus misiones, a la estructura del propio Ministerio de Defensa Nacional, a temas tan importantes como la “ley de frontera” y la “ley de inteligencia militar, movilización”, etc.

    Y es así que en el año 2010 se aprueba la Ley Marco de Defensa que definió a la Defensa Nacional como “el conjunto de actividades —civiles y militares— dirigidas a preservar la soberanía y la independencia de nuestro país, a conservar la integridad del territorio y de sus recursos estratégicos, así como la paz de la República, en el marco de la Constitución y las leyes; contribuyendo a generar las condiciones para el bienestar social, presente y futuro de la población”.

    Cuatro años para ponerse de acuerdo en la interna del gobierno para luego llegar a la unanimidad de los partidos políticos y votar dicha ley. Es de suponer que la definición que antecede y que fue conformada por todos los actores políticos no tiene nada que ver con la doctrina de seguridad nacional, supuestamente vigente hasta hace casi una semana. Nos detendremos en este tema por un instante, pero esto ocurrió hace nueve años, sí, nueve años sin modificaciones sustanciales, vaya uno a saber por qué.

    ¿Qué se entiende por doctrina? Y aquí tenemos varias opciones que definen su significado: “Es el conjunto de enseñanzas que se basa en un sistema de creencias” o “conjunto de principios, enseñanzas o instrucciones que se consideran como válidas y que pertenecen a una escuela que puede ser literaria, filosófica, política, militar o al dogma de una religión” o “ doctrina militar se refiere al conjunto de técnicas, estrategias y prácticas destinadas a los enfrentamientos de guerra, con el fin de obtener la victoria.

    Todas las definiciones se enmarcan en el conjunto de enseñanzas e instrucciones o sea la legislación. Entonces nos preguntamos: desde el año 2005 que asume el Frente Amplio por primera vez el gobierno nacional, los superiores seleccionados por ellos mismos enseñaban la Doctrina de Seguridad Nacional? La legislación vigente, incluida la Ley Marco de Defensa, el decreto de la Política de Defensa Nacional (2014) el decreto de la Política Militar de Defensa (2016) se legisló sobre la Doctrina de Seguridad Nacional? La respuesta lógica es negativa, por lo cual es una falsedad que con la nueva Ley Orgánica Militar se haya terminado con la Doctrina de Seguridad Nacional, hasta ahora solo un eslogan político.

    Vayamos ahora al otro aspecto, “la obediencia debida”, y nuevamente nos vamos al año 2006 y encontramos la Ley 18.026 y es importante resaltar algunos artículos para demostrar que nuevamente hace una semana otra falsedad más estaba en las declaraciones en distintos medios de prensa:

    Artículo 9º. (Obediencia debida y otros eximentes). No podrá invocarse la orden de un superior, ni la existencia de circunstancias excepcionales (como, por ejemplo, amenaza o estado de guerra, inestabilidad política o cualquier otra emergencia pública real o presunta) como justificación de los crímenes tipificados en los Títulos I a III de la Parte II de la presente ley.

    Por consiguiente, ni haber actuado bajo órdenes superiores, ni la invocación de circunstancias excepcionales eximirán de responsabilidad penal a quienes cometan, en cualquiera de sus modalidades, los crímenes o delitos referidos.

    Artículo 10. (Responsabilidad jerárquica). El superior jerárquico, funcionario civil o militar, cualquiera sea su cargo oficial o de gobierno, será penalmente responsable por los crímenes establecidos en los Títulos I a III de la Parte II de la presente ley que fuesen cometidos por quienes estén bajo su autoridad, mando o control efectivo, cuando en razón de su investidura, cargo o función, hubiere sabido que estaban participando de cualquier manera en la comisión de los crímenes o delitos referidos y no hubiere adoptado, estando posibilitado para ello, todas las medidas razonables y necesarias a su alcance para impedir, denunciar o reprimir la comisión de dichos crímenes o delitos.

    Artículo 11. (Exclusión de jurisdicción especial). Los crímenes y delitos tipificados en la presente ley no podrán considerarse como cometidos en el ejercicio de funciones militares, no serán considerados delitos militares y quedará excluida la jurisdicción militar para su juzgamiento.

    Queda demostrado ante los artículos que anteceden que esto de la obediencia debida fue otro eslogan electoral y que seguramente al igual que el anterior lo utilizarán para tratar de aumentar en algo su intención de voto que bastante decaída está.

    Vayamos ahora al número excesivo de coroneles, otro eslogan electoral, excesivo ¿para qué? ¿No hubiera sido mejor determinar cuáles son las funciones de los coroneles en el Ejército, qué deben hacer y dónde hacerlo, para luego definir cuántos son necesarios? Esta tarea ¿por qué no se hizo? Y también volvemos a las mesas de debate del año 2006, en casi todas ellas se habló del tema, pero había que esperar unos 13 años para pasar la tijera sin ningún estudio previo. El propio MDN envía el proyecto con una cifra y algunos legisladores entienden que hay que cortar más y achican aun más, solo porque sí, ya que no encontramos científicamente ninguna otra explicación.

    Los oficiales superiores, coroneles, cumplen funciones de mando de tropa de grandes comandos operativos, funciones de asesoramiento en los Estados Mayores de la Fuerza y funciones gerenciales en distintos servicios esenciales para la Fuerza como así también en centros de enseñanza. ¿Por qué no hacer un estudio serio de cuántos coroneles, tenientes coroneles, mayores, etc., se necesitan para cumplir con dichos servicios? A prima face parece no ser redituable políticamente hablando, ya que después de tanto tiempo solo se cobra al grito como en muchos partidos de fútbol, pero esto es mucho más importante, está en juego la Defensa Nacional, la seguridad del país. Queda claro que esta tercera falsedad es solo otro eslogan electoral.

    Solo las declaraciones sobre los tribunales de Honor son ciertas y parece ser lo más urgente ante los recientes hechos ocurridos en la Presidencia de la República de no haber leído correctamente actas de uno de ellos. Este es otro tema para el futuro, ya que aún no se sabe cómo serán aplicados los nuevos instrumentos de ética que remplazarán a los tribunales de Honor.

    Como resumen de lo aquí expresado: desde que la izquierda asumió el gobierno el 1° de marzo del 2005, en aquel momento con los mismos eslóganes, tardaron más de 14 años en modificar la Ley Orgánica Militar, para dicho grupo un monstruo, una criatura que había que modificar. Si tomamos en cuenta la Ley Marco de Defensa, año 2010, se tomaron nueve años más para acribillar al monstruo, mayoría parlamentarias, viento a favor y no hicieron nada, 2018-2019, bajan la intención de voto, bajan las internas, hay que cambiar algo en el circo para que vaya más gente, salió la Ley Orgánica Militar.

    Cnel. (R) Sergio Rico

    Mag. Ciencias Políticas

    Dirigente de la Lista 903 PN