N° 1824 - 16 al 22 de Julio de 2015
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáLa patronal de propietarios de taxímetros reclama conocer si los choferes de sus vehículos o los postulantes para conducirlos tienen o no antecedentes judiciales. Con ese objetivo le ha solicitado al ministro del Interior, Eduardo Bonomi, que le informe el prontuario de esas personas. La semana pasada en el diario “El País” un propietario lo fundamentó: es “un servicio público” y “no está nada bueno que trabajen personas que han delinquido y hayan tenido contacto con presidiarios”.
La patronal argumenta que no tiene forma de saber si los choferes tienen prontuario criminal y que de tenerlo se pone en riesgo la vida del propietario y del público que viaja. Una generalización tan aventurada como desmedida.
Si nos guiamos por ese razonamiento habría unas diez mil personas que cada año están encarceladas y que al salir no podrían trabajar en ese oficio. A estos se les deben sumar los procesados sin prisión. Jornaleros, empleados públicos y privados, profesionales universitarios, jugadores de fútbol y ex gobernantes son entre otros procesados quienes para el gremio patronal, no pueden trabajar como conductores. Ellos no se incluyen. Si los antecedentes judiciales fueran también limitantes para ser propietario de un taxi quizá varios perderían ese derecho.
Como empleadores pueden poner las reglas o restricciones que quieran para contratar. Pero debe quedar claro que no existen normas que restrinjan el trabajo de quienes hayan sufrido prisión preventiva, un proceso sin prisión o una condena. Toda persona que haya saldado su deuda con la sociedad debe continuar con su vida y para ello necesita trabajar. Como conductor de taxi, como dependiente de comercio, en una profesión liberal o en cualquier otra actividad remunerada.
El derecho al trabajo tiene un amplio reconocimiento normativo. En la Constitución surge de los artículos 7, 26, 53 y 54. También en normas del ámbito internacional. Además, los artículos 70 y 72 del Código Penal lo regulan para los reclusos que trabajen estando en prisión. El trabajo es parte de la redención de la pena.
El contacto entre presidiarios, que se esgrime como negativo, es inevitable. Si bien ese vínculo puede tener efectos nocivos para un recluso no puede considerarse una constante. Por algo el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, creado hace 81 años, fomenta, en la órbita del Ministerio del Interior, la reinserción social de procesados y condenados. Es como fomento a esa actividad, que se votó en 2005 la ley 17.897 que establece en su artículo 14 la obligatoriedad de incluir en los pliegos de licitaciones de obras y servicios públicos para tareas de peones o similares, un mínimo del 5% de liberados inscriptos en el Patronato.
Bonomi no podrá entregarle a la patronal el prontuario de los conductores o postulantes a conductores. Son datos reservados a los que no se puede acceder ni siquiera a través del Instituto Técnico Forense del Poder Judicial. Lo prohíbe la ley, salvo cuando lo solicitan los jueces penales o el propio interesado.
Pero no es necesaria la intervención de Bonomi. Si realmente ese es el objetivo de los propietarios, cada uno podría exigirle a un trabajador o postulante a chofer un Certificado de Antecedentes Judiciales, más conocido como Certificado de Buena Conducta, cuya expedición, a pedido expreso del interesado, corresponde a la Dirección Nacional de Policía Técnica.
Los requisitos para solicitarlo son: ser mayor de 18 años y tener la cédula de identidad vigente y en buenas condiciones. Tiene un costo accesible. Para destinos generales, como es el caso, es de 0,10 UR en trámite común, y de 0,20 UR trámite urgente. En el trámite común se entrega transcurridos 15 días calendario y a las 48 horas si el trámite fuera urgente. Tiene una vigencia de 90 días. Más sencillo, imposible.
Por eso sorprende que la patronal pretenda trasladarle al ministro la responsabilidad de informarle sobre los antecedentes judiciales de los choferes o postulantes. Los empleadores pueden reclamarlo y los empleados o postulantes aceptar o rechazar esa exigencia.
La cuestión es llamativa, porque en marzo pasado el Centro de Propietarios de Automóviles con Taxímetro se quejó de que en Montevideo faltan 1.500 empleados para cubrir la demanda de la flota. El presidente de la gremial, Oscar Dourado, advirtió que en el gremio hay escasez de choferes profesionales.
Estas preocupaciones de los propietarios pueden ser comprensibles dentro del marco de creciente inseguridad. Pero aunque son cosas diferentes, bueno sería que pusieran igual énfasis para satisfacer y proteger a los millones de usuarios anuales que utilizan su flota de 3.000 vehículos. Muchos padecemos al ser trasladados en autos desvencijados y sucios, con choferes vestidos como barras bravas y un vocabulario acorde, mientras hablan por celular y hacen caso omiso a otras normas de tránsito. En muchas ocasiones el pasajero también sufre malos tratos si osa reclamar por sus derechos.
Ni hablemos de que para protegerse y proteger la integridad física de los usuarios, lo que reivindican, la patronal debería exigirle a la IMM una inspección a fondo de sus vehículos como las que se realizan en los países en serio. Si la hicieran, un alto porcentaje no circularía.