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    El BCU revierte una anulación del TCA

    Diferendo Consorcio-Pilay

    El jueves 20, al día siguiente de haber sido notificado de un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) que contemplaba el reclamo de la administradora de círculos de ahorro previo Consorcio del Uruguay en su acción contra actividades de Campiglia & Pilay, el Banco Central (BCU) dio vuelta el pronunciamiento con otra resolución.

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    El regulador devolvió a Pilay Uruguay AFISA la autorización para funcionar como Administradora de Fondos de Inversión, inscribiéndola nuevamente en su Registro de Mercado de Valores como Fiduciario Financiero con vigencia desde el 2 de diciembre de 2011, la fecha en que presentó documentación acreditando haber concluido la reforma de sus estatutos. El BCU alegó que “resulta reconocido expresamente” por el propio TCA que a partir de dicha acreditación “no existía ningún reproche de legitimidad para el otorgamiento de la autorización requerida” por Pilay. Añadió que en la inscripción inicial en el Registro del Mercado de Valores no hubo “discrecionalidad”, tal como sostuvo el órgano de contralor administrativo en su fallo (Búsqueda Nº 2.000).

    Por otro lado, el BCU dejó constancia en su resolución del jueves 20 de que los derechos de los terceros de buena fe, titulares de certificados de participación en el fideicomiso financiero Campiglia & Pilay, “permanecen incólumes y sin ninguna afectación”.

    Consorcio se había sentido afectada y en 2012 pidió al BCU que se considerara a Campiglia Pilay como grupo de ahorro previo y que por lo tanto esté sujeto a la misma regulación, lo que fue rechazado por el regulador. Su reclamo llegó hasta el TCA.