N° 1834 - 24 al 30 de Setiembre de 2015
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEl ruido sobre un nuevo Código del Proceso Penal (CPP) fue monumental y su aprobación positiva, pero entre los bombos y platillos queda un saldo deudor del gobierno. Se aplicará desde 2017 pero la decisión de postergar las audiencias orales y públicas deja al proceso rengo y al ciudadano sordo y ciego. No conforma al Poder Judicial ni al Ministerio Público. Pero colocados contra la pared por el dueño del dinero, tienen que aceptarlo. Como saldo favorable queda el sepelio del actual proceso, antidemocrático y medieval.
Un proyecto de ley del Poder Ejecutivo crea un sistema híbrido con los principios y soluciones del nuevo sistema, pero sin la oralidad y las audiencias públicas. En consecuencia, los procesos seguirán de espaldas a la gente y quienes resisten el cambio seguirán actuando como hasta ahora, porque nada dice que las audiencias son nulas si el juez no está presente.
El argumento para diferir la oralidad se basa en que se requiere crear 450 cargos entre jueces, actuarios, defensores de oficio, peritos y fiscales con la consiguiente asignación para salarios. Pudo preverse, pero durante una década de debates nadie tomó medidas. Ahora, ajo y agua.
La Suprema Corte de Justicia ha estimado que para audiencias orales y públicas necesitaría de inmediato una partida fija de U$S 2,5 millones y el año que viene U$S 6 millones destinados a financiar obras. Si se hubiera previsto mientras en el gobierno pastaban vacas gordas y se dilapidaba el dinero la situación sería diferente y la transparencia no sería el último orejón del tarro.
La modificación traslada la oralidad al 2019. Sin embargo es razonable pensar que se trata de venta de humo: en ese momento estaremos en medio de la carrera electoral y la publicidad a pocos le importa. La muestra es este presupuesto en el que al Poder Judicial le darán aguja, hilo y un dedal para que cosa los parches de su vestimenta.
Transcurrieron diez años desde que en 2005 por el artículo 21 de la ley 17.897 el presidente Tabaré Vázquez en su primera administración creó una comisión para definir la reforma. La integraron la Corte, el Ministerio Público, académicos, defensores de oficio, actuarios, funcionarios y un delegado del Ministerio de Economía. Pasaron cuatro años y el proyecto ingresó al Parlamento en setiembre de 2009. Luego de un largo sueño, en los estertores del gobierno de José Mujica, se votó la ley 19.293 que establece que el nuevo CPP regirá desde febrero de 2017.
Durante esa década se realizaron medio centenar de seminarios, conferencias y cursos sin que nadie planteara dudas sobre la oralidad y la publicidad. ¡Cómo hacerlo! El control directo del ciudadano sobre jueces, fiscales y funcionarios es esencial a la democracia. Con acierto se sostiene que la pluma es esclava y la palabra es libre: la oralidad es lo mejor para asegurar los mejores principios del juicio penal. Ya no será. El dinero primero y la transparencia y el derecho del ciudadano, a la cola. Como siempre. “Será como en las películas”, ejemplificaban algunos. No será.
Entre los avances queda la incorporación del sistema acusatorio con los fiscales como investigadores, los defensores en igualdad de condiciones batallando por sus clientes y el juez como tercero imparcial, ajeno a los intereses de esos dos. La prisión preventiva será la excepción y se mantendrá para delitos graves o riesgo de fuga. Una consecuencia será que los presos sin condena —hoy en un porcentaje de 64%— sea menor y la inflación carcelaria puede disminuir. Ahora la tasa de encarcelamiento es de 300 por cada 100.000 personas pero entre cinco y siete mil vuelven a delinquir cuando salen en libertad. “¿Cuánta cárcel resiste el Estado de Derecho?”, alertó el año pasado el ex comisionado de Cárceles, Álvaro Garcé, abogando por el nuevo código. Pero sin otras medidas, preventivas y disuasivas, la delincuencia seguirá igual.
El CPP también aumentará las garantías de las víctimas. Tendrán una participación más activa en el proceso del cual ahora están prácticamente ausentes. Este nuevo proyecto del Poder Ejecutivo disminuye sus posibilidades de estar representados por el Poder Judicial y lo serán por el Ministerio Público.
Pese a la restricción de las audiencias públicas, el CPP regirá con un alto porcentaje de la filosofía para la que fue creado.
No es menos cierto que —aunque algunos lo consideren menor respecto de las ventajas— la oralidad y la publicidad son dos de los instrumentos que permiten combatir al “mayor monstruo que cabalga entre nosotros que es la falta de inmediación que hace que muchas personas vayan al juzgado y no vean ni oigan al juez y que tampoco este los vea o escuche, y que quien los interroga sea un funcionario administrativo”, advirtió durante una conferencia el juez Luis Charles.
A ese aspecto funcional debe agregarse como relevante que la transparencia es el ojo escrutador de los ciudadanos. Cómo se imparte la justicia en una sociedad es un indicador clave para medir un sistema democrático y cómo funcionan los diferentes operadores del sistema.
Sin embargo, esta supresión de los juicios públicos pasa en puntas de pie. Aun para aquellos que cada vez que tiene lugar un proceso controversial lanzan dardos y centellas contra la falta de transparencia.
Ya vendrán tiempos mejores para la transparencia, me dijo esperanzado un fiscal. ¿Vendrán? Difícil que el chancho chifle.