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    Entre negligencia y educación, la ley

    N° 1814 - 07 al 13 de Mayo de 2015

    A mi escuela de Carmelo asistían varios hijos de trabajadores rurales. Sus padres los acercaban temprano a la casa de familiares o amigos del pueblo, quienes los llevaban a la escuela. Al caer la tarde volvían a buscarlos. Otros que vivían más lejos iban a escuelas rurales. Ocurría en un país en el que la escuela pública tenía la solemnidad de un templo que producía milagros laicos. Basta con repasar la historia de la política, la cultura y la ciencia de gran parte del siglo XX. Pero el derrumbe social y cultural va sepultando esos antecedentes.

    De las 1.125 escuelas rurales del país, el 70% tienen un solo maestro. En Paso de los Carros, Paysandú, Raúl llega a clase después de recorrer nueve kilómetros a caballo. Cabalga igual distancia para volver a su casa (360 kilómetros por mes). Es el único alumno de esa escuela y nadie debe controlarlo, según reseñó en julio pasado “El País”.

    Ese es, entre otros similares, un ejemplo fundamental para el mundo laboral y social que exige cada vez más formación. Algunos estudios indican que la falta de educación incide en actividades delictivas (“el delito concertado en la vagancia”, comentó un juez). Se añaden la pérdida del principio de autoridad y el creciente irrespeto de algunos padres y alumnos que, como bárbaros, insultan y golpean a los docentes.

    Todo está relacionado.

    ¿De quién es la responsabilidad? Sin dudas, de los padres. Pero cuando el Estado no controla también es culpable. Esos progenitores negligentes no se olvidan de cobrar la asignación familiar que está condicionada a su obligación de enviarlos a estudiar. El año pasado, el ex presidente del Banco de Previsión Social (BPS), Ernesto Murro, suspendió el pago de miles de asignaciones familiares por incumplir esa ley. Perfecto.

    Las autoridades de la enseñanza implementaron un nuevo protocolo para que los padres cumplan con su obligación de garantizar el derecho a la educación. Según el protocolo, luego de que las autoridades realicen varios controles se puede llegar hasta la intervención de la Policía Comunitaria y de los jueces de familia y/o penales.

    Tanto el Poder Judicial como el Ministerio del Interior advirtieron que eso generará una sobrecarga de trabajo. Puede ser, pero es un tema central; sean uno, diez, cien o mil estudiantes.

    El presidente del Codicen, Wilson Netto, le dio apoyo al ministro Eduardo Bonomi. Descartó que la Policía vaya a cumplir ese rol y que lo hará el Ministerio de Desarrollo Social. El protocolo dice que cuando se agoten los medios se activará el mecanismo de la Policía Comunitaria. ¿Qué tiene de malo que intervenga la Policía Comunitaria como nexo y control? Fue creada con la filosofía de asistir a la comunidad. Una asistencia como la que brindan varios colegios católicos de la periferia a los que algunos energúmenos con anteojeras cuestionan. Nada es suficiente para mejorar la educación, incluyendo la calidad docente.

    El año pasado, a algunos les sorprendió que jueces penales enjuiciaran a madres de menores ladrones y/o rapiñeros. Se les imputó “omisión inherente a los deberes de la patria potestad” (artículo 279 del Código Penal).

    Esa norma tutela a la familia y a la sociedad y se viola cuando los padres dejan de hacer, o no hacen lo que les corresponde y deben: velar por y preservar la salud intelectual y moral de sus hijos. Admitir que roben o que rapiñen es dejar de hacer. También lo es admitir que no estudien.

    El 7 de marzo, “El País” de Madrid tituló una nota así: “Presas por sus hijos. La Justicia uruguaya permite que se encarcele a las madres de menores que han cometido delitos para atajar el problema de la delincuencia juvenil”. Falso. La Justicia no “permite que se encarcele”; lo ordena con el fundamento de la ley. No fueron “presas por sus hijos”. Lo fueron por su propia omisión.

    Esa nota de la agencia EFE aboga contra los procesamientos. Se lamenta por “la indiferencia ante la suerte de estas mujeres”. Destaca, además, que ningún partido político se manifestó en contra. ¿Qué debería ocurrir para que no hubiera “indiferencia”? ¿Manifestaciones populares o una revuelta política contra jueces y fiscales? ¿Por qué tendrían que intervenir los partidos cuando se aplica una ley? ¿Acaso los políticos pueden incidir en las decisiones judiciales?

    En algunos países, ocurre. En Uruguay, no.

    ¿Qué debe hacer el Estado (el BPS, las autoridades de la enseñanza, la Policía y la Justicia) cuando un padre no vela por ni preserva la salud intelectual y moral de su hijo? ¿Mirar para el costado? ¿Hacer de cuenta de que la ley no existe?

    Tal vez para los omisos en enviar a sus hijos a estudiar el caso sea diferente al de los menores delincuentes. La Justicia es el último escalón. De cualquier manera, los padres negligentes deben tener claras las consecuencias de sus omisiones. No solo las referidas a la asignación familiar —que es lo que le interesa a la mayoría— sino también las sanciones penales y civiles.

    Siempre hay justificaciones: que son pobres, que no conocen la ley, que viven marginados, que sus hijos tienen que ayudarlos mendigando, que esto, que lo otro…

    Lo indiscutible es que si a alguien no le gustan las normas, tiene al alcance de la mano los mecanismos para promover su derogación o cambio.

    Mientras eso no ocurra, solo cabe cumplirlas.