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    Salto y la libertad de prensa

    Sr. Director:

    La libertad de expresión está consagrada como uno de los derechos humanos fundamentales en nuestra legislación. La Constitución de la República la ampara en varios artículos, como el 7, que habla de que el Estado deberá garantizar la libertad de los ciudadanos; el 10, que refiere a que lo que no está prohibido está permitido; el 29, que refiere estrictamente a la libertad de prensa y el 332, que establece que la Carta ampara todos los derechos que emanen de la forma republicana de gobierno.

    Si bien en los últimos años en nuestro país hubo avances notorios con respecto a la libertad de expresión y de prensa, ya que con la consagración de la ley de acceso a la información pública, además del respeto consabido y como es debido en líneas generales a los medios de comunicación, sin injerencia del gobierno, solamente en algunos casos puntuales de expresiones desafortunadas de parte de gobernantes y actores políticos, fue suficiente para que Reporteros Sin Fronteras y otras organizaciones internacionales posicionaran a Uruguay, junto a países como Chile, Canadá y Costa Rica como los de mayor libertad de expresión del continente, por encima de Estados Unidos en muchos casos.

    Y a Nicaragua, Venezuela, Honduras y Cuba como los de mayor represión y hostigamiento hacia los periodistas y de nula libertad de prensa, como el caso de la dictadura cubana.

    Pero en nuestro medio, muchas veces esa libertad de prensa se ve amenazada cuando se presentan casos como los vividos por los periodistas los días lunes y martes de la semana pasada en las puertas del juzgado penal de Salto.

    Allí los trabajadores de la comunicación fueron retirados por policías armados desde la vereda del juzgado, por el mero hecho de ser periodistas, cuando en ese mismo momento le estaba siendo permitido al resto de la población poder pasar por ese lugar, cuando a los periodistas hasta, por momentos, se los pretendía excluir de toda la zona cercana al recinto judicial y no solo de la puerta del juzgado penal, para que no pudieran observar los movimientos que se estaban registrando allí, generándose un hecho de discriminación por la condición de reporteros de estos ciudadanos.

    Los trabajadores de los medios en ese momento realizaban la cobertura del operativo policial que llevaba detenidos a los autores del copamiento a las Termas del Daymán, hecho ocurrido el pasado lunes 22 de abril, cuando robaron casi 1,7 millones de pesos del erario, producto de la recaudación de la venta de entradas en Semana de Turismo y que se encontraba en una caja fuerte en el recinto municipal.

    Si bien no tuvieron acceso a la audiencia, que según el nuevo Código del Proceso Penal es de carácter público, porque se apuesta a la transparencia de las acciones judiciales con el fin de garantizar la confianza en el sistema, tampoco los encargados de llevar adelante el proceso dieron declaraciones y explicitaron el motivo por el cual se estaba vulnerando el derecho de la gente y de los periodistas de presenciar las actuaciones, no solo no les dijeron nada, encima los hicieron echar del edificio público por la policía.

    El hecho se repitió el día martes 30, pero esta vez, dos abogados de las partes que estaban implicadas en el caso y que por este motivo, a la postre, fueron formalizadas por sendos delitos, quisieron impedir el trabajo de la prensa, cercenando derechos como la libertad de trabajo, la libertad de prensa y de expresión, y el propio principio que consagra la libertad del proceso, exponiendo como argumento, la presunción de inocencia de sus defendidos. Algo que se caía por su propio peso, ya que ningún medio pretendía endilgarles responsabilidades a los detenidos, más allá de explicitar las razones de su detención.

    Empero, si bien en primer lugar el juez Paulo Aguirre le dio la razón a la prensa, tras hablar con el fiscal Martinicorena solicitó el retiro de los periodistas, hecho que se cumplió por parte de la fuerza policial, que sacó a los periodistas de un recinto público como es un juzgado, exigiéndoles el retiro por razones de seguridad.

    En ese caso, los periodistas se preguntaron si era necesario abandonar el recinto judicial en su totalidad, cuando en ese momento el mismo estaba abierto al público. Pero la Policía de Salto, en connivencia con el fiscal del caso y el juez actuante, una vez más, en un acto discriminatorio y vulneratorio de los derechos al trabajo y a la libertad de prensa, echaron a los trabajadores a la calle, sin darles explicaciones tratándolos como parias.

    Por esto, evocando el 3 de mayo como Día Mundial de la Libertad de Expresión, es buena cosa que las autoridades públicas establezcan un protocolo de acción para actuar sin violencia en estos casos y cuando pretendan que los periodistas no puedan acceder a una instancia judicial, que de pleno derecho es pública, aun esgrimiendo razones de reserva de las actuaciones, den la cara, hablen con los periodistas y les expliquen la línea argumental de sus resoluciones, evitando además que los trabajadores de la comunicación en Salto vuelvan a ser tratados como animales por la fuerza pública.

    Porque desde hace tiempo y con omisión del Poder Judicial en esta ciudad norteña, la Policía es la que manda en el interior del juzgado penal de la calle Artigas 1080.

    Hugo Lemos

    Periodista de diario El Pueblo de Salto