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Motiva esta nota una situación muy dolorosa que se les plantea a múltiples colegas universitarios cuando por diversos motivos dejan de aportar a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios y no tuvieron la precaución de darse de baja de la misma.
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Esta anormalidad que puede deberse a las causas más variadas, descartando la ignorancia de cumplir con esta obligación, por tratarse de gente culta e informada, se pone en evidencia cuando ha pasado mucho tiempo y, en ocasiones, al fallecer el profesional en cuestión los familiares se enteran que están embargados por esa deuda. Llegando al extremo de tener que entregar los bienes inmuebles de la familia, inclusive el domicilio.
Tenemos conocimiento de varios casos de este tipo, lo cual nos llevó a plantear el problema al Directorio de la CJPPU en ocasión de una sesión que se llevó a cabo en la ciudad de Minas hace unos años. Se nos expresó la imposibilidad de resolver este problema, pues se requeriría una ley para cualquier modificación del sistema.
Frente a este panorama considero que sería necesaria una modificación de la norma, que podría consistir en que el afiliado a la CJPPU sea dado de baja al tener un atraso en la cuota mensual de tres meses. De esa forma dejaría de generar deuda pudiendo recuperar el derecho a ejercer profesionalmente cuando ingrese nuevamente al sistema. Algo similar a lo que ocurre en los servicios de asistencia médica con el régimen de prepago.
Se trata de un tema que habitualmente no se trata pero que tiene mucha importancia, porque lo vemos con relativa frecuencia y que afecta a profesionales que pasan por un mal momento económico.
Es mi intención divulgar este problema que merece ser conocido para buscarle una solución, pues es causa de graves perjuicios.