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La Presidencia de la República duda acerca de la constitucionalidad del artículo de la ley antilavado que prohíbe a los jerarcas públicos tener vínculos con sociedades offshore, por lo que todavía no tiene decidido si lo reglamentará, dijeron a Búsqueda fuentes políticas.
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La Secretaría Nacional contra el Lavado de Activos (Senaclaft) envió en los últimos días un borrador del decreto reglamentario a varias asociaciones de profesionales para que lo estudiaran. En ese documento no hay menciones al artículo 9 de la ley aprobada en diciembre del 2017.
Ese artículo establece que los jerarcas “no podrán ser accionistas, beneficiarios finales, ni tener ningún tipo de vinculación, con sociedades comerciales domiciliadas en jurisdicciones de nula o baja tributación, mientras se desempeñan en el cargo público”.
Cuando concurrió al Parlamento el 30 de julio, el titular de la Senaclaft, Daniel Espinosa, informó que el decreto reglamentario estaba en proceso de redacción, lo que incluía el artículo 9. Dijo que su idea era que la Junta de Transparencia y Ética Pública estuviera a cargo de controlar el cumplimiento del artículo sobre las offshore. Opinó, además, que recién cuando estuviera aprobado, la prohibición entraría en vigencia.
La Presidencia de la República, sin embargo, planteó en los últimos días sus dudas acerca de la constitucionalidad del artículo 9 y, por ende, sobre su futura reglamentación, dijeron a Búsqueda fuentes políticas.
Ante esto, la Senaclaft decidió dividir el borrador en dos: uno general, con más de 100 artículos, y otro específico para reglamentar el artículo 9.
Esto permitiría, según los informantes, que el grueso de la ley sea reglamentada mientras el gobierno dilucida qué pasos dar sobre el punto en discusión.