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    Plebiscitosis

    Recientes estudios llevados a cabo en la Pontificia Universidad de Samborombón del Valle (Colombia) han logrado definir una nueva enfermedad que ataca a las sociedades biempensantes y republicanas, que están convencidas de que la democracia directa es un instrumento que no debe desperdiciarse y, por el contrario, debe utilizarse en la mayor cantidad posible de casos.

    La bacteria que causa la plebiscitosis se aloja en los cerebros de dirigentes políticos y sindicales y causa serios cuadros de afección anulatoria de los procesos legislativos o ejecutivos, borra de sus mentes las leyes y los decretos como opciones naturales para legislar o reglamentar y los sustituye por multitudinarias recolecciones de firmas entre los ciudadanos.

    Tal es el caso de lo que está ocurriendo en estos momentos en el Uruguay, donde, sin distinción de sectores políticos o sindicales, los partidos y los grupos de trabajadores promueven una considerable cantidad de opciones para plebiscitar en ocasión de la próxima contienda electoral, dentro de un año.

    Por un lado, tenemos al PIT-CNT, apoyado por unos cuantos sectores del Frente Amplio, quienes promueven una recolección de firmas para modificar la reforma de la ley de seguridad social aprobada por el Parlamento meses atrás, cambiando la edad de la jubilación a 60 años, disolviendo las AFAP y confiscando 22.000 millones de dólares para que los reparta el BPS y no los puedan aprovechar el millón y medio de ahorristas personales que vienen juntando su platita para un retiro digno.

    Tenemos además a los muchachos de Cabildo Abierto, quienes están promoviendo otra recolección de autógrafos con la finalidad de reestructurar las deudas de las personas físicas, castigar la usura y crear el ambiguo concepto de la “deuda justa”.

    Estos dos casos de plebiscitosis se basan en el art. 331 de la Constitución, o sea, hay que juntar firmas hasta llegar al 10% de los inscriptos en el Registro Cívico (unas 280.000 rúbricas) antes del 27 de abril del año que viene, que es el plazo que fija la Carta Magna.

    Además, hay más afectados por esta curiosa enfermedad, tales como los dirigentes del Partido Nacional, antorcha y guía de la Coalición Republicana, que se proponen reivindicar la memoria del Guapo impulsando una enmienda constitucional para permitir los allanamientos nocturnos, que vienen impidiendo una eficiente lucha contra el narcotráfico. En este caso, el plebiscito requiere que sus propulsores consigan los dos quintos del total de votos de la Asamblea General, lo cual implica conquistar 52 votos de 129.

    Hay otro par de casos en marcha, lo que ha permitido a los científicos que estudian la enfermedad alertar que la plebiscitosis podría transformarse en pandemia.

    Uno de ellos es el promovido por el Movimiento Uruguay Soberano, que se identifica como “independiente de cualquier partido político y financiamiento empresarial” y promueve una reforma de la Constitución para incorporar algunas novedades originales en defensa de la soberanía, tales como “regular los contratos de inversión hechos por el Estado, haciendo obligatoria la aprobación legislativa en los casos en que el contrato implique el sometimiento del país a jurisdicción extranjera”, y también “declarar nulo el contrato ROU UPM del 7/11/2017”. Este es el objetivo de la recolección de firmas de estos luchadores.

    Por fin, el valiente navegante solitario Eduardo Lust está trabajando en una propuesta plebiscitaria con el fin de modificar la forma de elección del fiscal de Corte y propone que la vacante de ese cargo deba ser forzosamente llenada dentro de los 90 días de producida.

    Nosotros anduvimos recorriendo las tolderías políticas de todas las tribus de los indios que habitan nuestro fértil y generoso territorio y descubrimos algunas otras iniciativas plebiscitarias.

    Por ejemplo, el Frente Amplio promoverá una reforma constitucional con la finalidad de que se cree el cargo de supremo fiscal de la ética política nacional, independiente de los tres poderes del Estado, designándose en forma vitalicia para tal cargo al Sr. Fernando Pereira, a quien se le ofrecerá una oficina personal en una casa blindada cuya ubicación no será conocida y un teléfono a prueba de pinchazos.

    El Partido Colorado por su lado parece que proyecta proponer un plebiscito para que haya un artículo de la Constitución que le permita a esa fuerza política trasvasar a su caudal electoral entre un 5% y un 10% los votos obtenidos por los demás partidos que participen en las elecciones, siempre que los votos obtenidos en forma auténtica por el Partido Colorado sean menos del 50% de los del partido que ha obtenido más votos en las mismas elecciones. “Ello permitirá —dice el texto de la propuesta— que nuestro partido pueda participar de manera más justa que hasta ahora en los diversos cuerpos electivos nacionales”.

    Los blancos, por su parte, están trabajando en un texto de reforma constitucional que se plebiscitará en las próximas elecciones, según el cual las designaciones en los organismos autónomos, tales como la CARU, la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande y la CARP, sean constitucionalmente cargos propios del Partido Nacional y queden exentos del control parlamentario y del Tribunal de Cuentas, pudiendo designar en los cargos técnicos mejor remunerados a ediles nacionalistas de cualquier junta departamental sin expresión de causa. Y se agrega: “Son asimismo —según el texto del proyecto, al cual tuvimos acceso— perfectamente compatibles la calidad de edil departamental y la de técnico especializado, pudiéndose acumular los ingresos de ambas fuentes sin que ello constituya delito o falta”.

    Parece que el Partido Independiente también andaba proyectando su propio plebiscito, sin que se conozcan los detalles de la propuesta, pero todo indica que desistieron cuando llegaron a la conclusión de que había que juntar 280.000 firmas para llegar a la papeleta.