• Cotizaciones
    martes 11 de agosto de 2026

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
    $ Al año*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
    $ por 3 meses*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * A partir del cuarto mes por al mes. Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
    stopper description + stopper description

    Tu aporte contribuye a la Búsqueda de la verdad

    Suscribite ahora y obtené acceso ilimitado a los contenidos de Búsqueda y Galería.

    Suscribite a Búsqueda
    DESDE

    UYU

    299

    /mes*

    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá

    Embajada chilena se niega a acatar fallo de la Corte uruguaya

    Condenada a pagar US$ 120.500, apela a su “inmunidad” diplomática para evitar un embargo

    El litigio de una exfuncionaria de la Embajada de Chile en Uruguay para cobrar deudas laborales cayó en “una especie de callejón sin salida”. La imagen, dice el abogado que la patrocina, Héctor Zapirain, alude a que, pese a haber logrado una sentencia “firme” del máximo órgano de Justicia uruguayo, no consigue que se ejecute la condena que obliga a la sede diplomática chilena a pagarle a su representada varios miles de dólares.

    Lo que más le preocupa es que no hay en el horizonte perspectivas claras de conseguir el cobro de la condena. El lunes 16 tuvieron una reunión con el encargado de Negocios de la Embajada de Chile, Eugenio del Solar Silva, de la que, según contó el abogado, se llevaron las mismas respuestas que habían obtenido en otras ocasiones. El funcionario diplomático les dijo que la disposición del pago dependía del gobierno central de Chile y que la orden que tenían era la de agotar todas las instancias judiciales.

    “Ahí le dije que las instancias ya se agotaron todas. El juicio se tramitó ante la Suprema Corte de Justicia. Ya quedó agotado. No hay una instancia más desde el punto de vista judicial. Ya no se trata de un litigio sobre un eventual derecho. No. El derecho ya está recogido, está consagrado y está firme en una sentencia”, afirmó el abogado, que se desempeña también como asesor del PIT-CNT.

    El problema radica en que, a pesar de haber agotado las instancias y tener ese derecho reconocido, Zapirain y su representada no logran que se concrete el pago. Su intento de “trabar embargo” contra la embajada se topó con la “inmunidad de ejecución” que otorga la Convención de Viena y así, la diferencia que se arrastra desde hace años, volvió a punto muerto.

    “Abuso” de privilegios.

    El litigio por el que esta exfuncionaria aún sigue esperando su pago tiene sus orígenes más de una década atrás. A partir del restablecimiento de los Consejos de Salarios en 2005, ella y un grupo de trabajadores no diplomáticos comenzaron a reclamar con mayor insistencia que se les pagaran los ajustes salariales, algo que la embajada no hacía desde 1999. Mediante consultas al Ministerio de Trabajo, determinaron que les correspondían los ajustes del grupo “residual” 19 de los Consejos de Salarios.

    Aun así, no lograron tener éxito en las negociaciones con la embajada y, por eso, en 2009 resolvieron iniciar una demanda. Fueron 10 funcionarios los que entraron en litigio y estimaban la deuda en US$ 1.000.000 (Búsqueda Nº 1.714).

    Ya con sentencias favorables de la Suprema Corte de Justicia, en 2017 el embajador Carlos Parker decidió negociar pagos con los reclamantes. La mayoría de ellos, que seguían trabajando en la embajada, aceptaron los acuerdos que les proponían. La representada por Zapirain, que ya no trabajaba allí, rechazó el pago que le ofrecieron porque entendía que era muy inferior al que realmente le debían y siguió adelante con el litigio.

    El 8 de mayo del 2017, la Suprema Corte definió el monto que la embajada le debe a la exfuncionaria. Según la sentencia, los créditos laborales adeudados sumaban US$ 120.528.

    Al no haber señales de cumplimiento de parte de la embajada, el 19 de julio Zapirain pidió que se la intimara al pago que había determinado la sentencia y que, si vencía el plazo sin que eso sucediera, se trabara embargo en sus bienes, derechos y acciones.

    El representante legal de la embajada, Andrés Rivas, decidió entonces invocar la “inmunidad de ejecución” y la “inviolabilidad de bienes” que le otorga la Convención de Viena. Su artículo 22, por ejemplo, determina que “no podrán ser objeto de ningún registro, requisa, embargo o medida de ejecución” los locales de las misiones diplomáticas, su mobiliario, los demás bienes situados en ellos, ni sus medios de transporte.

    Zapirain y su representada, en respuesta, argumentaron que sí era posible embargar las cuentas bancarias ya que no estaban alcanzadas por el artículo 22 de la Convención. Además, señalaron que el uso de la inmunidad como escudo “transgrede los principios de la buena fe y la lealtad” y evidencia la “ausencia de colaboración con la Justicia de un país”.

    El 3 de abril, sin embargo, la Corte comunicó a las partes su pronunciamiento favorable a la posición de la embajada. Por unanimidad y en base al análisis de jurisprudencia nacional e internacional, los ministros entendieron que las cuentas bancarias estaban alcanzadas por la inmunidad de ejecución. Resolvieron “declarar la inmunidad de ejecución diplomática aducida por la Embajada de la República de Chile, con carácter de absoluta”.

    Para Zapirain el estado de situación del proceso se resume en esta frase: “El Estado chileno, a través de su embajada, está incumpliendo una sentencia de condena en nuestro país”.

    Según el abogado, el empleo de ese recurso para evitar el cumplimiento de una sentencia supone, en algún sentido, “un abuso” de los derechos que otorga la Convención de Viena. Para desarrollar la idea, explicó que las inmunidades tienen una “naturaleza de protección” de las misiones que cumplen una función diplomática en otros Estados. Esa función, según su lectura, no debería alcanzar este tipo de casos.

    “El incumplimiento de obligaciones contractuales, sean de la naturaleza que sean, no están en el espíritu de la protección otorgar las inmunidades diplomáticas que tienen otros fines. A ver, ¿qué pasa si mañana una embajada no paga el arrendamiento de un local? Allí hay una responsabilidad y esa responsabilidad no podría escudarse en las inmunidades. El Estado chileno debería cumplir o cumplir”, enfatizó.

    Para intentar ejercer presión sobre la embajada y destrabar la situación, Zapirain dijo que iniciarán contactos con legisladores, con el embajador uruguayo en Chile y con la Central Unitaria de Trabajadores. Si no resulta, evaluarán la posibilidad de iniciar un juicio internacional contra el Estado chileno.