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    Menos denuncias y más importaciones de productos agroquímicos

    Por primera vez el año pasado se sancionó a agrónomos por recetas profesionales

    La cantidad de denuncias por “uso incorrecto” de productos fitosanitarios “recepcionadas” y “atendidas” varió de 51 en 2019 y 58 en 2020 a 39 en 2021, 46 en 2022 y 38 en 2023, según datos de la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) solicitados por Agro de Búsqueda.

    Indican que entre setiembre y octubre del año pasado se inspeccionaron predios vitivinícolas junto al Instituto Nacional de Vitinicultura (Inavi), por “mal uso” de agroquímicos, en este caso con el ingrediente activo denominado firponil, que está prohibido en Uruguay para aplicaciones foliares de “alta toxicidad en abejas”, lo que permitió “bajar las denuncias de 17 el año a solo cinco en 2023”.

    El total de trámites de importaciones de fitosanitarios de 2019 a 2023 fue 10.385, con una tendencia al incremento, ya que en ese período la evolución fue la siguiente:1.988 en 2019, 1.889 en 2020, 1.853 en 2021, 2.338 en 2022 y 2.285 en 2023, muestran las estadísticas oficiales.

    En cuanto a denuncias de irregularidades en la venta de insumos agrícolas en comercios, esa repartición ministerial indicó que según el decreto 482 de 2009 regula la compraventa de productos fitosanitarios comprendidos en las categorías Ia (extremadamente peligroso) y Ib (muy peligroso), según clasificación de la Organización Mundial de la Salud (OMS), solo podrá efectuarse con receta profesional otorgada por un ingeniero agrónomo que autorice su uso.

    La DGSA evalúa que los agrónomos hayan emitido las recetas a tiempo, y en ese sentido informó que “el año pasado fue la primera vez que se sancionaron a técnicos inhabilitándolos de realizar recetas por un período de entre 90 y 180 días por incumplimientos”.

    El MGAP, a través de la DGSA, tiene la facultad, previa evaluación técnica y mediante resolución fundada, de aplicación temporal o permanente de las disposiciones contenidas en los artículos a otros productos fitosanitarios que no se encuentran comprendidos en las categorías toxicológicas Ia y Ib (hoy día neonicotinpoides y clorpirifós), siendo responsabilidad del agrónomo interviniente extender dicha receta solo cuando la situación fitosanitaria del cultivo lo amerite, señaló.

    Y recordó que las firmas vendedoras de productos categoría Ia y Ib deberán efectuar una relación de las compras y ventas que de tales productos se efectúe, corroborar el uso de la receta profesional, así como efectuar el registro de tales operaciones.

    La resolución ministerial 504 de 2020 exige a las empresas importadoras, fabricantes, formuladores e intermediarios a informar mensualmente a la DGSA las cantidades importadas de productos formulados y de ingredientes activos importados y producto formulado final, así como las ventas a las cadenas de distribución y consumidores finales para cada producto comercial, informó.

    Aseguró que exige la venta de productos fitosanitarios a empresas registradas en el Registro Único de Operadores. Anualmente se emitían y validaban manualmente 12.500 recetas, desde 2021, cuando fueron incluidos los neonicotinoides y clorpirifós. “En 2024 se cambió el programa de recetas y ya no es necesario hacer una inspección manual, ya que el nuevo sistema solo deja emitir recetas para cultivo y plagas registrados en cada producto fitosanitarios autorizado”, según la DGSA.

    Aclaró que además la receta incorpora la exigencia de incluir la empresa que va a aplicar los productos fitosanitarios bajo receta profesional.

    Con esta información, el Departamento de Fiscalización sale a inspeccionar a comercios para el cumplimiento de decreto 482 y que los stocks de mercadería en depósito coincidan con las compras efectuadas y las recetas emitidas, advirtió.

    Agro
    2024-03-19T12:32:00