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La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia del Ministerio de Economía y Finanzas dio vista sobre un proyecto de resolución en el que sugiere aplicar una fuerte multa a la cadena de supermercados Grupo Disco por una presunta “distorsión” de la “libre competencia” en el mercado de los alimentos, dijeron a Búsqueda fuentes oficiales.
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El proyecto, que incluye además a cuatro empresas distribuidoras de alimentos, fue comunicado a las compañías para que puedan formular los descargos que estimen pertinentes.
“Se trata de un dictamen preliminar y de un proyecto de resolución que no está firme. No hay ninguna sanción aplicada hasta el momento porque la empresa está en plazo para hacer los descargos correspondientes y evacuar todas y cada una de las inquietudes de la Comisión de Defensa de la Competencia, en lo que ya trabaja”, informaron fuentes del Grupo Disco.
Las fuentes oficiales dijeron que en noviembre de 2010 la Comisión decidió comenzar a estudiar las condiciones de competencia en un sector del rubro alimentos, “en especial en relación a la formación de sus precios”. Casi un año más tarde, en octubre de 2011, la Comisión dispuso el inicio de una “investigación de oficio respecto a la posible existencia de prácticas anticompetitivas” en Montevideo.
Los “presuntos infractores” son, según la Comisión del MEF, el Grupo Disco y las distribuidoras Graba SA, Maosol SA, Cemesa y Greenfrozen SA. La Comisión, precisaron las fuentes, llegó a la conclusión de que de sus análisis se desprendería “la realización por parte de algunos agentes económicos de prácticas, conductas, recomendaciones individuales y concertadas que tuvieron por efecto la restricción, limitación, obstaculización y distorsión de la libre competencia”.
En función de esas y otras consideraciones, la Comisión sugirió la aplicación de fuertes multas a las cinco empresas, aunque el trámite deberá ahora recoger las posiciones de las firmas y, eventualmente, en caso de que finalmente sean sancionadas, puede proseguir con recursos de apelación por parte de éstas ante los organismos correspondientes.
Las fuentes del Grupo Disco advirtieron que “ninguno de los criterios tenidos en cuenta para determinar la sanción se encuentra probado en el expediente: no existe daño patrimonial, el Grupo no es el protagonista de la situación denunciada, no existió intencionalidad de violar las normas de defensa de la competencia, el Grupo no tiene antecedentes porque nunca antes incurrió en violación de ese tipo de normas y, además, adoptó una actitud franca y leal ante el diligenciamiento del expediente”.
“La multa no puede ser la primera sanción ante este panorama porque la propia ley de defensa de la comopetencia establece una gradualidad que va desde la observación, el apercibimiento y, al final, la multa”, agregaron.