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    Codicen revocó sanción a maestra y directora de escuela por vulnerar la laicidad al leer proclama sindical

    La resolución se enmarca en una revisión del gobierno de sanciones impuestas a docentes durante la anterior administración vinculadas a actividades gremiales

    El Consejo Directivo Central (Codicen) de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) está revisando sanciones a docentes durante el anterior período de gobierno y en ese marco este mes revocó las impuestas a una maestra y a la directora de la Escuela 35 República de Guatemala, ubicada en el barrio Buceo, por leer en horario escolar en ese centro de estudios una proclama sindical contra la transformación educativa que impulsaba el gobierno de Luis Lacalle Pou.

    El primer día de clases de 2023, la maestra y la directora leyeron una proclama de la filial de Montevideo de la Asociación de Maestros del Uruguay (Ademu) en rechazo a la transformación educativa, lo que hizo que la Dirección General de Educación Inicial y Primaria (DGEIP) iniciara sumarios y las sancionara con 30 días de suspensión y retención del 50% del salario. Ambas docentes presentaron recursos de revocación y jerárquico contra esta resolución. En setiembre de 2024, DGEIP desestimó sus alegatos y el expediente fue elevado al Codicen. Las nuevas autoridades del órgano rector de la educación resolvieron el 8 de abril hacer lugar al recurso interpuesto por la maestra y la directora, por lo que la sanción queda anulada y la DGEIP deberá proceder a la devolución del importe salarial retenido.

    La reciente resolución de Codicen, a la que accedió Búsqueda, consigna que la DGEIP aplicó las sanciones debido a la “vulneración de normas del ente respecto a velar por el principio de laicidad” y por “infracciones al artículo Nº 42 de la Legislación Escolar, en cuanto al principio que rige de absoluta neutralidad, y el artículo Nº 3 del Estatuto del Funcionario Docente”. Además, recuerda que en sus recursos las docentes alegaron que la administración desconoció los derechos de libertad sindical protegidos por la Constitución de la República, cuestionaron el concepto de laicidad usado por el instructor del sumario y negaron haber violado la laicidad.

    Codicen y el derecho de libertad sindical

    El Codicen citó una resolución de ese mismo órgano de diciembre de 2006, que estipuló que “se reconoce el derecho de reunión, propaganda y afiliación sindical en dependencias de ANEP y dentro del horario de trabajo o fuera de él, siempre que no interfiera en el desempeño de la labor docente y no docente”. También valoró otros elementos: que “la maestra fue autorizada por su jerarquía” y leyó la proclama “actuando según el ejercicio de la libertad sindical”; que el texto leído “fue redactado por Ademu según resolución de su asamblea”, la que propuso “su lectura el día de inicio de clases en las escuelas”; que “si bien” la maestra y la directora “actuaron mientras se encontraban en el horario de funcionamiento del centro escolar, aún no había comenzado el dictado de clases y se encontraban presentes los referentes de los escolares (padres, maestros y el colectivo no docente)”, y que “las acciones que ambas docentes contextualizan en la vorágine del inicio de los cursos del año lectivo se realizan en base al ejercicio de la libertad sindical y del marco de la normativa nacional e internacional vigente”, en alusión a la Constitución de la República y el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1948.

    Por otra parte, Codicen tuvo en cuenta las recomendaciones de la OIT a Uruguay respecto al derecho de libertad sindical.

    La Federación Nacional de Profesores de Educación Secundaria (Fenapes) denunció en 2021 “persecución sindical” ante la OIT por la sanción a seis docentes del Liceo 1 de San José por participar de la campaña del sindicato en contra de la reforma constitucional “Vivir sin miedo” en 2019. A raíz de esta denuncia, el organismo internacional recomendó en 2023 al Estado uruguayo asegurar “la existencia de un equilibrio razonable entre la neutralidad política de los docentes públicos (en el ámbito educativo) y el derecho de las organizaciones de docentes a expresar sus opiniones sobre cuestiones económicas y sociales que puedan afectar a sus miembros”. La OIT recomendó, además, que se puedan difundir estas opiniones en el lugar de trabajo y sin que haya afectación de la educación de los niños, lo que, según Codicen, “se garantizó” en la Escuela 35 “porque una vez leída la proclama de Ademu la jornada académica en el centro escolar se desarrolló con normalidad”.

    Codicen, Fenapes y Ministerio de Trabajo
    Autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Codicen y Fenapes

    Autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Codicen y Fenapes

    Revisión

    La resolución del Codicen del 8 de abril que hace lugar a los reclamos de la maestra y la directora de la Escuela 35 se enmarca en una revisión por parte del gobierno de sanciones impuestas durante la anterior administración a docentes por asuntos vinculados a la actividad gremial.

    El ministro de Trabajo y Seguridad Social, Juan Castillo, y el subsecretario de esa cartera, Hugo Barretto, recibieron el lunes a autoridades de Codicen y Fenapes para analizar las sanciones aplicadas a profesores de San José por la mencionada acción sindical y la recomendación de la OIT a raíz de la denuncia del sindicato. Tras la reunión, Barretto dijo en rueda de prensa que la recomendación de OIT “abrió la posibilidad de que se revisen las sanciones aplicadas a los trabajadores, en la medida en que el organismo pidió, de alguna manera, que el gobierno uruguayo accione en esa dirección para salvaguardar adecuadamente el derecho a la libertad sindical y el derecho de expresión de pensamiento”.

    El Codicen tiene a su estudio el tema y el presidente de Fenapes, José Olivera, manifestó a la prensa que el 2 de junio comienza la próxima reunión de la OIT en Ginebra, instancia en la que el sindicato pretende que el caso se pueda cerrar. El Estado uruguayo debe dar respuesta en esta instancia a las recomendaciones planteadas sobre libertad de expresión y libertad sindical.

    A la vez, Daysi Iglesias y Elbia Pereira, consejeras de Codicen, informaron a Búsqueda que ese órgano rector prevé revisar la sanción al exdirector del IAVA Leonardo Ruidíaz, quien fue sancionado durante el anterior período de gobierno con 150 días de suspensión y pérdida de salario por “insubordinación” en el marco del desalojo del salón gremial de los estudiantes del liceo, el que fuera solicitado por las autoridades para construir allí una rampa de acceso para discapacitados, obra que finalmente no se realizó.