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Yo maté para no morir

En un país donde la violencia de género es un flagelo creciente, hay mujeres que debieron tomar la más drástica decisión para no ser un número más en las estadísticas.

En un país donde la violencia de género es un flagelo creciente, hay mujeres que debieron tomar la más drástica decisión para no ser un número más en las estadísticas.

"Lo maté porque me estaba golpeando. Lo maté porque me iba a matar". Así recibió Gabriela (39) a la Policía en su casa, en San Martín y Luis Alberto de Herrera; a la misma Policía que ella había llamado. Minutos antes, ese tremendo domingo 23 de setiembre de 2018, había matado de tres disparos con una Glock semiautomática a su marido, Richard (42). "Los voy a picar a todos", fueron sus últimas palabras que ella sabía que las iba a transformar en hechos. Era su esposo desde el año anterior y su pareja desde hacía 12. En algún momento se transformó en el peor carcelero, verdugo y torturador de ella, de los hijos que ella tenía de una relación anterior y del hijo de ambos. Él, integrante de la banda Los Chingas según la prensa que cubrió el caso, la insultaba, la golpeaba y la aislaba. El infierno que vivían, escondido detrás de la fachada de una familia normal, en una vivienda con barbacoa, mesa de pool, lujos varios y seguridades reforzadas, podía desencadenarse ante cualquier excusa. En esta última y fatal ocasión, la chispa fue la brutal granizada que el día anterior cayó sobre Montevideo y dañó severamente el techo de su auto. Tan nervioso y tan descontrolado quedó Richard por esa situación que al día siguiente se descargó a piñazo limpio en el rostro de su mujer.

Gabriela tenía consigo una picana eléctrica que había tenido que adquirir para protegerse de su propio marido en su propia casa. Con ella se defendió primero, en la barbacoa de su inmueble. En las últimas semanas el infierno se había vuelto más aterrador: Gabriela sospechaba que Richard abusaba de su hija mayor. El petitorio de sobreseimiento, del fiscal Juan Gómez, habla de una "singular obsesión (del hombre) por la hija adolescente de la imputada". El choque eléctrico apenas lo aturdió, porque reaccionó y atacó. Ella tomó un cuchillo y le infligió una herida superficial. El hombre primero intentó huir y luego se volvió hacia ella, embravecido. Gabriela ya había conseguido hacerse de una de las dos pistolas que había en la casa. Era ella o él. Y fue ella.

A fines del año pasado, Gabriela -que había sido formalizada por homicidio especialmente agravado el 24 de setiembre de 2018, con un arresto domiciliario por 150 días como medida cautelar- fue sobreseída por la Justicia. Esta aceptó el planteo del fiscal de que la mujer actuó por "legítima defensa" (artículo 26 del Código Penal). De la víctima fatal se indicó que "su carácter violento" da "otra dimensión a la reacción de la mujer en ese momento, que no solo quiso protegerse ella sino proteger a sus hijos y enmarcan la necesidad racional del medio empleado en sus circunstancias".

En Uruguay, donde el 30 de diciembre pasado el gobierno decretó el estado de emergencia nacional en materia de violencia basada en género, que entre 2015 y 2019 tuvo 130 víctimas de femicidio y que en 2019 registró un femicidio o un intento de femicidio cada 10 días, hay mujeres que han debido matar para no morir. Son casos extremadamente raros. "Son francamente excepcionales. Todo está dado para que una situación de violencia intrafamiliar sea crónica y se sostenga por años o que, si hay un herido o muerto, sea la mujer", dice a galería la abogada Marina Morelli Núñez, presidenta de Mujer Ahora e integrante de la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual.

En un estudio realizado por el Ministerio del Interior divulgado en 2017, se reveló que mientras 68,7% de los homicidios a las mujeres ocurridos entre 2012 y 2016 ocurrían en el ámbito doméstico (o sea, siete de cada diez); en los hombres era 9,6%. De las 640 mujeres presas que hay en Uruguay, al 28 de febrero 95 lo están por homicidio, según datos brindados a galería por el Sistema de Gestión Carcelaria. Quien hasta este sábado era directora del Instituto Nacional de Rehabilitación (INR), Ana Juanche, dijo que la información que manejan es "la imputación delictual genérica" y no quiénes fueron sus víctimas. De cualquier forma, todos los actores consultados sostienen que son contados los casos de mujeres que han matado a los hombres que las maltrataban.

Y así como las leyes y la sociedad en general han cambiado su postura sobre la violencia contra las mujeres (antes primaba el "no te metas" y "el hogar es un sagrado inviolable", lo que hizo que en 2019 el Ministerio del Interior registrara una denuncia cada 13 minutos), también ha evolucionado respecto a estos contados casos.

Evolución de la ley. Desde hace poco, la violencia contra las mujeres basada en género dejó de considerarse un tema privado para pasar al ámbito legislativo con la Ley 19.580, de 2017, y a generar políticas de Estado. También estas situaciones excepcionales comenzaron a considerarse de un modo distinto. Legalmente, el artículo 82 de esa norma faculta a un juez a exonerar a un agresor de una pena de lesiones o aun de homicidio si se comprueba que actuó en un "estado de intensa conmoción provocada por el sufrimiento crónico producto de violencia intrafamiliar", siempre y cuando se cumplan unos requisitos (ver recuadro) que deben ser probados ante la Justicia. Esto es lo que en otros países se ha llamado, no sin polémicas intensas, homicidio liberador.

"Es algo difícil de conceptuar, pero se coincide en que se da en casos en los cuales la persona homicida ha sido víctima durante mucho tiempo de violencia de género. El tiempo tiene que ver con el sufrimiento crónico que causa la violencia. El homicidio liberador no ocurre ante un hecho aislado. Es cuando nos enfrentamos a mujeres absolutamente rotas, heridas, con secuelas psicológicas y sometidas. Más vulneradas porque en algún momento pudieron requerir ayuda y esta no fue eficaz", explica Morelli Núñez, sobre esta nueva norma. Esta es la diferencia con la legítima defensa, que requiere una "agresión ilegítima" por parte de la futura víctima (que puede ser puntual), una "falta de provocación" del victimario (que puede no ser necesario en caso de que se actúe en defensa de un familiar) y una "necesidad racional" del medio empleado para defenderse.

Es difícil que haya un ejemplo de mayor evolución legal, relacionada con los distintos espíritus de los tiempos, que la que refiere al artículo 82 de esta nueva ley comparado con el texto que modifica, el artículo 36 del Código Penal de 1934. Este está muy lejos de exonerar a un agresor para zafar de un calvario (algo que no involucra únicamente a las mujeres; se han dado casos de hijos que han matado a sus padres tóxicos y violentos), sino que justificaba al homicida por "la pasión provocada por el adulterio". Obviamente, esta última resultaba una norma mucho más beneficiosa para los hombres que para las mujeres.

Las leyes, en todo caso, son textos, negro sobre blanco. Técnicamente son homicidas, personas que quitaron la vida a otra. El delito existe y es innegable. "Es inimaginable para el común de la gente introducirse en la realidad de estas mujeres", apunta Morelli Núñez, presidenta de Mujer Ahora. "Para estas mujeres que conservan pedazos de lo que fueron antes de iniciar esa relación, el homicidio puede ser la única salida. Desde afuera es difícil de comprender. Al más guapo de todos los guapos le temblarían las piernas la idea de vivir 24 horas en esas condiciones, aterrorizarse cuando la llave en la cerradura suena de determinada manera, cuando el perro ladra distinto, tener que dormir con un cuchillo bajo la almohada...".

Dos ejemplos valen para demostrar la evolución legal. En 2005, hace apenas 15 años, Mary, una joven madre de 20, mató a tiros a su padre en su casa en el asentamiento Isla de Gaspar. El hombre era un agresor contumaz de su esposa, sus hijos y sus nietos. El objeto ocasional de sus iras era su mujer, que había ido a ver a su hijo al Comcar vistiendo una pollera demasiado corta para su modo de ver. Mary, hija de ambos, llegó en auxilio de su madre ante los gritos. No tuvo éxito en disuadir el ataque. Tomó un arma que había en esa vivienda precaria y apuntó hacia él, buscando que se calmara. Tampoco logró amedrentarlo. Ella, que también sufría cotidianamente su violencia, le tiró dos veces. En ese escenario tétrico, el hombre malherido se le fue encima solo para recibir un tercer balazo en el rostro, que fue fatal.

Ese último disparo, recuerda a galería quien fuera el abogado en segunda instancia de la joven, Ignacio Montedeocar, fue clave para que la Justicia en primera instancia la procesara por homicidio especialmente agravado por parentesco y por uso de arma de fuego. El juez interpretó -y la defensa de oficio poco hizo para contrarrestar- que eso fue más un tiro de gracia que un desesperado intento, casi instintivo, de salvarse. La condena fue de 13 años.

Montedeocar conoció a Mary en la Cárcel de Cabildo, donde ya tenía varias patrocinadas, y llevó su defensa en una apelación que resultó airosa, tomando como telón de fondo la violencia reinante dentro del hogar. "En la legítima defensa, el Código Penal permite la defensa de terceros. Además, cuando se habla de racionalidad de los medios también se toma en cuenta que era una mujer joven contra un hombre mayor, las fuerzas no pueden compararse", resume el abogado. En setiembre de 2007, la joven quedó libre, semanas antes de poder dar a luz a su tercera hija. Pudo ser mamá libre. "Eso para mí fue un motivo adicional de satisfacción". Al año siguiente, la Suprema Corte de Justicia avaló en forma ya definitiva este fallo.

El siguiente caso, el martes 10 de setiembre de 2019, tuvo características muy similares, de ahí su utilidad para la comparación. Ese día terminó de estallar la violencia que se vivía en una casa de Juan Jacobo Rousseau y Pan de Azúcar, en la Unión. El tirano familiar era un hombre de 51 años, trabajador de la construcción, alcohólico y violento. Ese día trajo un arma de fuego a su casa, para terror de sus dos hijas, de 26 y 27 años, habituales blancos de sus iras al igual que su madre. Dentro de todo el infierno que vivían, eso era algo nuevo y más terrorífico. Mientras iba a buscar al trabajo a su esposa, las otras dos mujeres la escondieron. Al regresar, borracho como era habitual, reclamó furiosamente el revólver; como se negaron a dárselo, las amenazó con un cuchillo, avanzando hacia ellas. "Dijo que iba a matarlas a todas", cuenta a galería el fiscal de Homicidios Juan Gómez. Los antecedentes de violencia sobraban ahí. En el forcejeo con una de sus hijas -a quien el hombre la hostigaba día sí y otro también porque aseguraba que era lesbiana, algo denigrante para él-, ella logró desarmarlo y le asestó una puñalada fatal.

La conclusión tan distinta del caso reflejó el nuevo zeitgeist. La joven -sin trabajo ni amistades y sí muchos indicadores de ser víctima de violencia crónica, según las pericias- fue dejada en libertad al día siguiente. "Se puede decir que técnicamente no es inocente, pero que tenía una justificación. En ese caso, legítima defensa", agrega Gómez, quien puntualiza que la investigación no concluyó aunque no se esperan grandes modificaciones. En ese mismo final de año, Gabriela fue sobreseída y la emergencia nacional por la violencia de género era declarada gubernamentalmente.

Cambios en la sociedad. Los cambios legales responden a reclamos sociales. "La ley ha avanzado pero la sociedad también. Hay una conciencia mucho mayor de los niveles de violencia que sufren las mujeres y los riesgos inminentes que corren, ¡hay 30 femicidios al año!", dice Soledad González, referente de Cotidiano Mujer. Esto, a su criterio, incluye la óptica con que el resto de la sociedad ve este tipo de homicidios.

"Sin duda que se ha evolucionado. Cuando esto pasaba, antes, se decía que seguramente lo había matado para cobrar una pensión o algo así. No se la escucharía, ahora sí se escucha qué fue lo que pasó", asegura.

La doctora Marina Morelli Núñez, en cambio, cree que los cambios son más discursivos y simbólicos que reales. "Dudo que se las comprenda y se entienda en verdad qué motiva el desenlace fatal. Falta mucho para que haya una real comprensión", afirma. Además, lo "liberador" que tiene ese homicidio solo se queda en esa expresión oximorónica. "El después suele ser más difícil todavía. No solo por lo que significa dar muerte a alguien sino por dar muerte a alguien con quien se tuvo una relación. Si una mujer llegó a esa situación es porque hubo complicidad de mucha gente, incluso integrantes de esa misma familia. Y muchas veces, las personas que sabían de ese contexto de violencia y no hicieron nada, que callaron y no se metieron, son las que terminan juzgando con más severidad. No se trata solo del peso de la Justicia", sentencia la abogada. El tema de los hijos, muchas veces el motivo porque estas mujeres aguantan todo, es otro factor a analizar. "Mi mamá mató a mi papá", es un razonamiento común; a no olvidar que ellos también han sido criados en un ambiente donde ella fue menospreciada.

"Si quiere que le cuente todo, que revuelva todo para atrás, desde ya le digo que no". Al otro lado del teléfono, la artesana y microemprendedora Gilda (64) suena, a la vez, amable y seca. Ella estuvo seis años presa en Piedra de los Indios, en Colonia, hasta 2012, por el asesinato de su marido. Con él, le dijo a este periodista a principios de ese año, pasó "31 años de matrimonio y de calvario". Se sintió más presa en la casa que compartió con el hombre con quien tuvo dos hijos que en la cárcel departamental. "Lo peor era la violencia psicológica, que es la que se ve menos, la de puertas adentro. Y si se lo contás a alguien, vos sos la loca, porque nadie escucha, porque nadie ve, porque nadie cree. Ahora, por suerte, se está empezando a creer un poco más", le cuenta a galería.

Entre las personas con las que convivió en la cárcel estaba Cinthya-, una joven que en enero de 2012, cuando tenía 32 años, asesinó en Nueva Helvecia a su pareja, también para evitar ser ella la víctima de un hombre que desoía las medidas cautelares que se le habían impuesto por haberse cansado de golpearla. Procesada por homicidio, hoy está de nuevo en libertad. Amablemente, se excusó de hablar.

"Era o él o yo. Una aguanta, aguanta, aguanta, por los hijos aguanta. Hasta que se casaron los hijos... y decidí seguir viviendo", cuenta, sucintamente, Gilda. Parte de su historia estuvo incluida en el libro gráfico Soy, 75 historias, 75 mujeres, de Susette Kok. Su marido siempre intentó golpearla, una vez incluso la atacó con un machete, pero ella se resistía. "Yo no me puedo arrepentir, hay gente que me dice que había otro camino, pero fue lo que me pasó, fue lo que me tocó. La vida continúa, pero para seguir viviendo hay que arrinconar lo más posible la mochila. Digo arrinconar porque no me la puedo sacar. Tiene que estar lo más silenciosa que se pueda para que me deje vivir". Saluda y corta.

EXONERACIÓN DE PENA DIFÍCIL DE PROBAR

El abogado Ignacio Montedeocar -que hoy integra el equipo de la Fiscalía Letrada Penal de Delitos Económicos y Complejos de Montevideo de 2º turno- recordó que cuando consiguió la absolución de su defendida, puntualizó en cuanto medio de prensa lo entrevistó, dado lo novedoso del caso en momentos que nadie hablaba de "agenda de derechos" o términos similares, que eso "no debía tomarse como una canilla libre o carta blanca para que una mujer pueda dar muerte a su marido o a su padre alegando violencia doméstica". "En este caso, agregó, los antecedentes eran un plus, pero mi caso se resolvió en una defensa estrictamente apegada al Código Penal, a la legítima defensa", resaltó.

Una modificación como la impuesta por el artículo 82 de la Ley 19.580, que, según Soledad González, configura -sin nombrarlo- lo que ha dado en llamarse "homicidio liberador", provocó enormes debates. La periodista Mariana Contreras escribió en Brecha en junio de 2016, cuando todavía la redacción estaba en debate: "Suponer que las mujeres aprovecharían una figura de este tipo para salir a matar alegremente a sus parejas creyéndose exculpadas de antemano es una guarangada tan grande como aquella que sostenía -y muy seriamente- que despenalizando el aborto las mujeres saldríamos enloquecidas y felices a dar fin a los embarazos, porque sí, por caprichito nomás".

El nuevo texto habla de la existencia de tres requisitos que es necesario probar judicialmente. Primero, la muerte o las lesiones deben cometerse "por el cónyuge, excónyuge, concubino, exconcubino, descendiente o ascendiente de estos o de la víctima, o por persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación de noviazgo o convivencia". El autor de la muerte debe probar además haber "sido sometido a intensa y prolongada violencia por parte de la víctima o tuviera conocimiento de igual sometimiento de sus descendientes, ascendientes u otras personas bajo su guarda o cuidado con quienes mantuviera fuertes vínculos afectivos". Al igual que en la legítima defensa, puede actuar en defensa de sus hijos. Finalmente, se tiene que dar que "el autor u otras personas pudiendo solicitar protección, lo hubieran hecho sin que las respuestas hubieran resultado eficaces".

De acuerdo con González, de Cotidiano Mujer, esto no se limita solamente a una denuncia policial previa; pueden también ser registros médicos de agresiones que debían ser elevados a las instituciones o las declaraciones de testigos.

Más allá de la evolución social y legal que ella percibe, Soledad González resalta, tanto para la legítima defensa ("que es más por una respuesta a algo del momento", asegura) como para la exoneración de pena expresada en esta ley de violencia de género, que hay que juntar un importante caudal de pruebas para que la Justicia la avale.

De hecho, asegura, ella ha estado detrás del caso de una joven de 20 que fue condenada a seis años y nueve meses de cárcel por matar a su pareja, varias veces denunciado por violencia de género, luego de que él vaciara en ella un termo con agua caliente, con esta ley ya promulgada. "Ella, que venía de un contexto de mucha vulnerabilidad, ya tenía un antecedente por agredir a su hermano con un cuchillo. Y acá se defendió con un cuchillo y no se configuró legítima defensa. El saber defenderse le jugó en contra...", lamenta.

LAS ÚLTIMAS CIFRAS

El 25 de noviembre de 2019, el Ministerio del Interior presentó los últimos datos estadísticos sobre violencia de género y doméstica. De enero a octubre de ese año, se habían registrado 32.721 denuncias; o sea, 108 por día, una cada trece minutos. En ese mismo período en años anteriores, la estadística indicaba 32.759 en 2018, 32.447 en 2017 y 27.850 en 2016.

El 64,3% fueron conflictos con parejas, exparejas u hombres con los que mantenían un vínculo sexual; el resto fueron con vínculos familiares sanguíneos y políticos.
Según los datos oficiales, 48,8% de los casos denunciados son por violencia psicológica, 45,9% por violencia física, 2,6% violencia sexual, 2,4% patrimonial y económica y 0,3% por identidad de género u orientación sexual.

75,3% de las víctimas eran mujeres y 24,7% varones.

Hasta octubre incluido, en 2019 se habían registrado 36 homicidios a mujeres; 52,8% (más de la mitad) fueron por violencia doméstica; de estos últimos, 79% de los homicidas fue su pareja o expareja.