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    “Garrá lo libro que no muerden”

    N° 2058 - 06 al 12 de Febrero de 2020

    Desde hace décadas se presentan miles de denuncias que relatan hechos con apariencia delictiva y con esa formulación lo expresan. Los damnificados o víctimas solicitan a la Justicia que por esos hechos investigue a los involucrados para confirmar o descartar eventuales delitos.

    No es una novedad. Como en casi todo el mundo ese concepto se aplica sin hesitación. El nuevo Código del Proceso Penal lo reafirmó en 2017 en el artículo 54: “Recibida una denuncia o conocido por cualquier medio el acaecimiento de un hecho con apariencia delictiva, la autoridad administrativa (la Polícía), de acuerdo con la gravedad del hecho informará inmediatamente y por el medio más expeditivo al Ministerio Público (fiscales)…” .

    También surge del artículo 48 de la Ley de Procedimiento Policial que el proyecto de urgente consideración propone modificar aunque sin eliminar ese concepto.

    El denostado artículo 42 del proyecto de urgente consideración del gobierno electo dice: “La Policía deberá conducir a dependencias policiales a cualquier persona cuando existan fundados indicios de que esta ha participado en un hecho con apariencia delictiva y puede fugarse del lugar donde el mismo se ha cometido, o entorpecer la investigación policial incidiendo en perjuicio de los elementos probatorios”. Y abunda: “Si en ocasión de procedimientos tendientes al esclarecimiento de hechos con apariencia delictiva, se verifica la negativa de personas implicadas o de testigos a concurrir a dependencias policiales, la Policía podrá conducirles y mantenerles en tales dependencias con un término máximo de 24 horas”.

    Las denuncias refieren a hechos con apariencia delictiva porque a quienes les corresponde tipificar un delito no es a los denunciantes sino a jueces y fiscales. Su uso no se limita a los particulares. Lo han utilizado desde siempre gobernantes y organismos del Estado y lo seguirán haciendo.

    También le compete a la Policía durante sus tareas de vigilancia y control valorar hechos con apariencia delictiva e intervenir. A no confundirse: en todos los casos la decisión final la toma la Justicia como en cualquier sociedad democrática con separación de poderes.

    Pese a los antecedentes, estalló un disparatado debate sin base a pesar de que los redactores del proyecto no escatimaron en citar varias veces que se trata de hechos. Además del artículo 42 lo hacen en los artículos 75, 94 y 450.

    No pretendo que algunos periodistas o políticos hagan un curso sobre normas penales ni sobre su filosofía. Sería arar en el mar. Si pese al uso y explicaciones reiteradas siguen confundiendo procesado (ahora se salvan con “formalizado”) con condenado, es inútil pedir más. Los olmos no dan peras.

    Cualquier programa periodístico de televisión que presuma de seriedad se planifica. Hubiera sido elemental que los conductores de La tarde en casa de Canal 10 estudiaran el proyecto y sus antecedentes porque se convirtieron en el disparador de una falsedad que provocó reacciones con intencionalidad política. Con los detalles que he reseñado más arriba no tenían cómo equivocarse. ¿Fue solo un error?

    Ese programa alentó a muchos militantes zopencos que en las redes sociales se subieron al carro para descalificar al futuro gobierno. La excusa fue quejarse porque el proyecto apuntaba a detener a las personas por su apariencia física, indumentaria o color de piel.

    Asalta mi memoria un latiguillo utilizado por el actor argentino Mario Fortuna en un programa radial de los años 60. Interpretaba al Ñato Desiderio, un ignorante de barrio que se jactaba de saber de todo. Dictaba “cátedra” ante otros ignorantes a quienes luego les reprochaba su incultura: “Garrá lo libro que no muerden”. Pero no “garran” los libros ni las leyes.

    Hace dos semanas el senador nacionalista electo Jorge Gandini asistió a ese programa. La periodista Denise Mota le dijo: “Hay un término que me causa preocupación como mujer negra y que vive en un barrio negro como Palermo, que es lo de apariencia delictiva”. Para reafirmar su preocupación sostuvo: “Entrás a una tienda y hay miles de personas pero hay un negro y el guardia de seguridad va a mirar a un negro”.

    Cualquier extranjero que oiga o lea esa opinión sin conocer la pacífica convivencia entre diferentes razas y religiones pensaría que Uruguay es como la Sudáfrica del Apartheid y que el barrio Palermo es un gueto negro. Falso y avieso además de que la calificación de “barrio negro” es claramente discriminatoria.

    Viví en Palermo más de 20 años y varios familiares desde 1940. Mota debería saber que los límites de Palermo son las calles Ejido, Canelones, Jackson y por el sur la Rambla República Argentina.

    Gandini buscó aclarar que los hechos con apariencia delictiva no se refieren a la apariencia física sino a actitudes. Es sobre “la sospecha de que puede haber una conducta que termine en un delito. (…) Yo no tengo problema de que me paren en el auto y me pidan el documento”.

    La periodista María Inés Obaldía le salió al cruce con ironía burlona: “Usted es hombre, blanco y viste traje”. Lo hizo para respaldar a su compañera Mota y también cuestionar detenciones por la apariencia de las personas.

    Es indiscutible que Mota, Obaldía y su equipo de producción no estudiaron el proyecto. Si lo hicieron, lo tergiversaron. Tampoco buscaron información sobre los antecedentes históricos y su aplicación.

    Es razonable suponer que confundir hechos con apariencia delictiva con personas de apariencia delictiva no fue un error. Es posible confundir el aserrín con el pan rallado, equivocarse al tomar un ómnibus o equivocarse con la hora de una cita. No se puede confundir algo histórico, escrito y reescrito, que se utiliza judicialmente todos los días sin distinción de partidos.

    Llama la atención que luego de décadas de su uso se lo cuestione sin fundamentos a un mes de cambiar el gobierno y antes de que se debata en el Parlamento. ¿No le siente mal olor?

    La cuestión no terminó ahí. También causó la intervención de algunos políticos que se integraron a la ofensiva militante.

    Luego del programa el intendente de Montevideo, Christian Di Candia, tuvo tiempo suficiente para hacer consultas serias sobre el fondo. Sin embargo, subió a las redes una foto suya con un filtro de Instagram. Aparece con aros, piercings, maquillaje y esmalte en las uñas. Argumentó que pretendió demostrar que así podría parecer alguien con apariencia delictiva. Les mintió a los votantes frenteamplistas y al resto de los ciudadanos. Patética e infantil bufonada.

    El secretario general del depreciado Partido Socialista, Gonzalo Civila, también reaccionó: “Los dichos sobre la ‘apariencia delictiva’ desnudan lo peligroso de la discrecionalidad para reprimir. El ‘porte de cara’ es una de las peores formas del estigma y la criminalización. Se aprovechan del miedo para institucionalizar el abuso”, dijo este profesor de Filosofía. ¡Madre mía! Así nos va.