N° 2070 - 07 al 13 de Mayo de 2020
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáNingún código en la historia ha sido tan debatido, elogiado y cuestionado como el nuevo Código del Proceso Penal (CPP). Y no se debe a que su análisis no haya sido profundo. Todo lo contrario. El estudio formal comenzó hace más de 30 años y en 1998 se concretó la primera reforma, obra del ex fiscal de corte Oscar Peri Valdez y el penalista Amadeo Ottati.
¡Ojo que no fue el primer estudio! Lo comenzó en 1986 una Comisión Nacional Honoraria que designó el entonces presidente Julio María Sanguinetti para un código que sustituyera al de 1980, aprobado durante la dictadura entre gallos y medias noches. Fue un parche del Código de Instrucción Criminal de 1878.
Nadie podría argumentar que hasta llegar a la reforma se hubieran omitido las opiniones de fuste. Los analistas no eran nenes de pecho: Eduardo Piaggio Soto, Ofelia Grezzi y Bernadette Minvielle (Poder Ejecutivo), Juan Mariño y Ricardo Harriague (Suprema Corte de Justicia), Luis Alberto Viera (Udelar) y Alejandro Abal Oliú (Colegio de Abogados).
En 1995 se elaboraron dos proyectos que sirvieron de base al código Peri-Ottati, pero este nació cuestionado. Tanto que su vigencia fue prorrogada en tres ocasiones por el Poder Ejecutivo hasta que murió de inanición. El presidente Jorge Batlle —enfrentado entonces a problemas políticos más graves y urgentes—, con la excusa de objeciones judiciales y de no tener recursos económicos, en 2002 lo suspendió indefinidamente. Nadie se quejó.
Dentro del marco de la llamada “ley de humanización del sistema carcelario”, en 2006 el presidente Tabaré Vázquez creó una comisión para redactar un código. La integraron representantes del Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, la Udelar, las asociaciones de jueces, fiscales, abogados y defensores de oficio. Todos juristas de primera línea, entre otros, Jorge Chediak, Dardo Preza, Alberto Reyes, Beatriz Scapusio, Adriana Edelman, Raquel Landeira y Ope Pasquet.
Esos expertos presentaron en 2009 un anteproyecto y en 2014 se aprobó el actual que rige desde 2017. Sustituyó al medioevo normativo mediante un modelo garantista y acusatorio basado en los principios de oralidad e inmediación. Así la investigación criminal quedó a cargo exclusiva de los fiscales y el juez pasó a ser un tercero imparcial, lo que ahora en algún aspecto se pretende cambiar.
La oralidad cerró las puertas al misterio, al secreto con el que jueces y fiscales vestían el proceso penal y que varios operadores del sistema esgrimían como excusa.
Este CPP tuvo el respaldo de todos los partidos y décadas de estudio previas de los principales especialistas del país. Sin embargo, casi de inmediato a su vigencia, hace poco más de dos años, se produjeron marchas y contramarchas. Se aprobaron modificaciones parciales o se añadieron nuevos caminos para casos especiales.
¿Cómo es posible que una norma elaborada durante décadas por los principales especialistas y avalada por el sistema político haya derivado en quejas, protestas y, especialmente, cambios? La respuesta es compleja, pero desde 2017 cada vez que un sector interesado —corporativismo mediante, bombardeos en las redes sociales y simpatías y antipatías personales— sangraba, se optó por ponerle curitas en lugar de una cirugía definitiva. Aunque siempre es difícil conformar a todos, en el mundo de las decisiones académicas y políticas puede admitirse todo menos hacer el ridículo.
Ahora en la ley de urgente consideración (LUC) se proponen nuevos cambios. El fiscal general, Jorge Díaz, un combatiente de la reforma, reclama que se midan las consecuencias de algunas “soluciones” que se proponen, especialmente la referida a los procesos abreviados, según dijo en una entrevista de Victoria Fernández (Búsqueda Nº 2.050).
Díaz está convencido de que la reforma es irreversible y sostiene que es falso “el relato que se instaló” según el cual las penas que acuerdan los fiscales (con los abogados defensores) son más benignas que las del sistema anterior. “Antes ni siquiera se sabía cuáles eran las penas. (…) Cualquier procesado por hurto salía a los dos o tres meses. Y nadie se enteraba”.
En el nuevo gobierno varios de sus dirigentes fueron duros críticos del sistema. El código estará otra vez en revisión a través de la LUC y por eso la Asociación de Magistrados Fiscales del Uruguay lanzó un alerta sobre la modificación de varios artículos. La presidenta de ese gremio, Mirta Morales, dijo que, si bien esos artículos son mejores que el borrador inicial de la LUC, igual le provocan una “enorme preocupación”. Así lo advirtieron los fiscales en un documento que remitieron a los legisladores.
Abordar en este espacio un análisis de los cuestionamientos podría resultar, con razón, jactancioso e incomprensible para los legos cuando ni siquiera en tres décadas los especialistas se pusieron de acuerdo. Ahora los políticos transitan por los corredores del Palacio Legislativo con una caja de curitas para heridas profundas.
Por eso los fiscales advirtieron que “se continúa aplicando una mala técnica legislativa para diseñar el proceso penal” mediante “una vertiginosa carrera de reformas parciales”.
Aunque admiten que el sistema acusatorio vigente desde 2017 enfrenta problemas de implementación, “ninguno de esos problemas es abordado ni solucionado por el proyecto” de la LUC que, en cambio y para mal, puede añadir problemas de implementación a los existentes. Entre otros, algún artículo que para conformar a los jueces introduce parcialmente el sistema inquisitivo en el proceso.
Albert Einstein, ajeno al mundo de las leyes pero cuyo razonamiento era más agudo que el de todos los políticos, sostuvo: “Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo”. Pero está claro que rara vez los intereses políticos se basan en el sentido común y en cambio apuntan a complacer algunos intereses, como ocurrió desde 1986.