N° 1661 - 10 al 16 de Mayo de 2012
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáNo se trata de un criterio novedoso. Ha sido la constante con diferentes integraciones de la Suprema Corte de Justicia. Fue implementado hace décadas para que nadie se sintiera molesto y para que todos los jueces se consideraran —al menos en la teoría— en igualdad jerárquica y funcional y que nadie supusiera que hay jueces de primera, de segunda o de tercera.
Según la cúpula judicial los jueces letrados —nos referiremos solo a Montevideo por tratarse del escalón previo a ministros de los tribunales de apelaciones— tienen el mismo grado, jerarquía e igual salario. Se afirma que no hay diferencias entre unos y otros. Para que se entienda: que los jueces de las materias civil, trabajo, contencioso administrativo, menores, aduana, penal y crimen organizado, son iguales en la consideración de la Corte y ante los ciudadanos. Y es verdad. Lo son desde el punto de vista formal y presupuestal.
Pero la realidad es diferente. Históricamente la Corte ha considerado que los jueces de la materia civil tienen (o deben tener) una formación y capacidad superior a los restantes. La inteligencia emocional —que es superior al coeficiente intelectual— no se toma en cuenta. Entienden que la idoneidad debe adecuarse a lo que los cenáculos académicos —además de las presiones personales y el creciente impulso de organizaciones privadas— los consideren merecedores de desempeñar esos cargos. Tanto es así que es excepcional que quienes no se hayan dedicado a las materias civil o procesal lleguen a cargos claves como, por ejemplo, la dirección del Centro de Estudios Judiciales (CEJU) o la Secretaría Letrada de la Corte.
En otras áreas es diferente. Cuando algún juez penal comete una irregularidad o es inepto y no amerita una sanción formal, para evitar cuestionamientos públicos y disimular el “castigo” se lo ha traslada a un juzgado civil, que se considera superior. En cambio, cuando la publicidad del “castigo” no preocupa, el traslado se produce a juzgados laborales o de familia, como lo admitió en febrero de 2010 el ex ministro de la Corte, Leslie Van Rompaey: “es valorado como una sanción”. (Búsqueda, Nº 1.547)
En otras ocasiones, cuando la Corte considera que un juez es “rebelde” o “poco flexible”, se espera el momento oportuno para trasladarlo de materia sin argumentos. En cambio, cuando un magistrado genera alarma pública y además es merecedor de una sanción, la Corte busca evitar cuestionamientos partidarios y demora en tomar medidas a la espera de que baje la espuma. Así me lo admitieron por separado dos ex ministros de diferentes épocas.
“Es cierto que todos los jueces son iguales, pero algunos son más iguales que otros y como es un órgano colegiado hay que negociar y transar”, admitió uno de ellos.
Por lo dicho, sorprende que para las dos vacantes en los juzgados del crimen organizado la Corte insista en convocar a los jueces de cualquier materia a que presenten por escrito su aspiración para esas vacantes. Un observador medianamente informado podría considerar que es una medida democrática, abierta, generosa.
Algunos potenciales aspirantes saben que jamás serán elegidos por sus antecedentes jurídicos o por falta de respaldo de los ministros. Por eso no se presentan. Al resto no se les exige rendir ninguna prueba de conocimientos o someterse a un test psicológico, algo tan clave como los conocimientos académicos.
Si todos los cargos y materias son iguales, ¿por qué se llama a aspirantes para crimen organizado? ¿Cuál es la razón para no proceder igual para vacantes en los juzgados de las materias penal, familia, trabajo, contencioso administrativo, adolescentes, aduana o civil? ¿Acaso, sin admitirlo, se considera que los juzgados de crimen organizado tienen superior categoría? ¿No puede un magistrado sentir pasión, vocación o dedicación por determinada materia sin considerar que una es de superior jerarquía que otra? ¿Hay algo que genere más productividad que trabajar con placer en lugar de hacerlo a disgusto? ¿Qué sucede si la Corte entiende que entre los aspirantes ninguno tiene condiciones para desempeñar el cargo? ¿Igualmente deberá elegir entre ellos por haber formulado un llamado o designará a quienes considere más capaces? Si, en cambio, sabía de antemano quiénes serían los jueces elegidos, ¿por qué disfraza las designaciones convocando aspirantes sin requisitos precisos que se adecuen al desempeño en esa materia?
Es cierto que los asuntos que deben atender esos jueces especializados tienen especial envergadura: suelen involucrar a gobernantes, narcotraficantes, empresarios y delincuentes de elite. Pero también es cierto que los jueces penales —por citar a los de mayor exposición pública y de hechos que generan la actual inseguridad— están permanentemente sometidos a presiones, a largas horas en los turnos, padecen como pocos el brutal aumento de los delitos y son víctimas laborales de la cada vez menos eficiente labor policial y de la paupérrima infraestructura edilicia judicial.
No tengo respuestas para ninguna de esas interrogantes planteadas. Salvo que no es cierto que todos los juzgados, jueces y materias sean iguales.