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    Celulares, mafias y derechos

    N° 2054 - 09 al 15 de Enero de 2020

    Encontrar una solución ideal sobre el uso de celulares en las cárceles es complejo porque se mezclan argumentos instrumentales del Estado, la seguridad pública y los derechos de los reclusos. En esa área hay más situaciones que requieren soluciones, como por ejemplo terminar con el hacinamiento, que el Estado le ofrezca al recluso adecuada asistencia médica, odontológica y psicológica y planificar alternativas laborales para cuando obtiene su libertad.

    Importantes, sin duda, pero lo de los celulares no es una cuestión menor. Está comprobado que su uso indiscriminado, clandestino y sin control permite que desde la cárcel se planifiquen delitos, pero también se deben considerar derechos constitucionales y humanos. Estos obligan a la administración a garantizarlos, aunque puede establecer limitaciones para la estabilidad del funcionamiento carcelario y la protección de la sociedad.

    Es indiscutible que los celulares son utilizados tanto en forma individual como por organizaciones mafiosas para el contrabando, narcotráfico y lavado de dinero, entre otros delitos. Así, las mafias mantienen sus actividades delictivas desde el lugar al que la Justicia los envió para garantizar la seguridad de la sociedad. Una paradoja.

    La realidad es porfiada y sin vueltas. Lo demuestra en Búsqueda la semana pasada una nota de Juan Pablo Mosteiro y Juan Pittaluga. El caso más reciente es el que planificó el ex barra brava de Peñarol, Erwin Parentini, con antecedentes por tráfico de drogas, hurtos, asociación para delinquir y homicidio. Desde el Penal de Libertad planificó y ordenó mediante el uso de su celular que el sicario Esteban Costa asesinara al hincha de Nacional Lucas Langhain.

    El blanco no era Langhain sino cualquier hincha, por razones bastardas, como casi todas las deportivas. Para Parentini el atentado debía realizarse “por lo que pasó, por lo que perdimos (la derrota ante Nacional), porque son ellos, porque somos distintos a los demás”, según argumentó el sicópata. (Búsqueda Nº 2.052 y 2.053).

    Los inhibidores de frecuencia para impedir el uso de celulares tuvieron eficacia con aparatos telefónicos 2G o 3G (sigla con la que se establece la generación del celular) pero quedaron inútiles a partir de la 4G. Con la irrupción de los 5G (y las futuras generaciones perfeccionadas) los inhibidores pasarán a integrar el paleolítico de los controles. Si se dispusieran inhibidores en esos casos tendrían que ser de tal potencia que afectarían las comunicaciones de vecinos de las zonas carcelarias.

    La directora del Instituto Nacional de Rehabilitación, Ana Juanche, valoró en Búsqueda que la política de permitir el uso de celulares (en unidades de mínima seguridad con la restricción de registrar fotografías) es la adecuada porque una prohibición a rajatabla “genera unos mercados paralelos que son impresionantes (…) Necesitamos la lucha contra la corrupción (…) los celulares entran con la visita, entran con funcionarios, entran en camiones de proveedores…”.

    La cuestión va a más. Aunque en Uruguay aún no son de uso corriente, en el mercado internacional se venden celulares del tamaño de un encendedor Bic. Sus dimensiones son de seis centímetros de largo por dos centímetros de ancho. Tienen un costo unitario de US$ 30 y se promocionan en Amazon y en eBay como Beat the boss (derrota al patrón). En este caso el patrón es obviamente la autoridad carcelaria.

    Debido a sus minúsculas dimensiones para ingresarlos familiares o amigos de reclusos han llegado a ocultarlos en cavidades corporales como lo han constatado funcionarios en prisiones en Europa.

    El reconocimiento de las comunicaciones del preso como un derecho constitucional obliga al legislador a regularlo mediante una norma que establezca las circunstancias que pueden limitar su ejercicio de uso. También está obligada la administración a garantizar el acceso en virtud de principios constitucionales (artículos 28 y 29).

    Un ejemplo es la sentencia (T-276) de la Corte Constitucional de Colombia. En 2017 le ordenó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario y al Ministerio de Tecnologías para la Información y las Comunicaciones que modifiquen el sistema de telefonía en las cárceles.

    Deben permitir que entren llamadas a los celulares y deben eliminar los bloqueadores. La sentencia tuvo su origen en el reclamo de un recluso que señaló sus dificultades para comunicarse con sus familiares a través de cinco teléfonos fijos instalados en el patio carcelario y ante la desaparición de correspondencia escrita. Hasta ahora en Uruguay a nadie se le ha ocurrido hacer un planteo legal.

    Quizá esta cuestión sobre la delincuencia mafiosa y los derechos integre estudios del futuro director de Inteligencia del Estado, Álvaro Garcé, por su experiencia como comisionado parlamentario penitenciario que podrá coordinar con el actual comisionado, Juan Miguel Petit.

    En varios países se han proyectado cambios radicales sobre el concepto tradicional de prisión. El Ministerio de Justicia británico prevé para Inglaterra y Gales la desaparición de barrotes en las celdas sustituidos por vidrios templados, ampliación de las zonas exteriores y espacios verdes y el fin de celdas compartidas: derechos, privacidad y calidad de vida. Las prisiones, dice el artículo 26 de la Constitución, no son para mortificar.

    En un intento por reducir la reincidencia e impulsar la rehabilitación de los reclusos el proyecto británico busca fomentar los lazos familiares, y dentro de ese marco habilitar los teléfonos celulares mediante números previamente aprobados por la administración y por cuyo uso los internos deban pagar las facturas.

    En otros países la exploración en la búsqueda de soluciones toma otros caminos. Francia está desarrollando un proyecto cuyo campo de pruebas se ejecutó en la prisión de Montmédy mediante la instalación de teléfonos fijos en las celdas de 300 presos. Tras un resultado exitoso el plan está en marcha y el gobierno apunta a equipar con teléfonos fijos a más de 50.000 celdas de todo el país. Los reclusos estarán habilitados exclusivamente a realizar llamadas a números que hayan sido previamente autorizados por un juez o por la administración penitenciaria. Quienes cumplan sus penas en zonas disciplinarias no tendrán teléfono en sus celdas.

    Para el Cuerpo de Seguridad Penitenciaria del Instituto Nacional de Rehabilitación el uso de celulares concentra en Uruguay gran parte de su tiempo, y por más requisas que se lleven a cabo los teléfonos reaparecen.

    Algunos operadores del sistema —dice la nota periodística— ironizan que la única forma de evitar los celulares en las prisiones es que no haya presos. Digno de Perogrullo. El mismo concepto tienen las autoridades que desde hace una década intentan infructuosamente al menos no prohibir, pero si controlar el uso de los teléfonos móviles por parte de reclusos.

    Toda solución global en este terreno requiere dinero, mucho dinero. También que los políticos y la sociedad, en lugar de considerar a la cárcel como una revancha y una inversión inútil, la asuma como objetivo para reeducar y evitar que los presos cuando salen en libertad regresen a su entorno y vuelvan a delinquir.

    Soñar no cuesta nada.

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