Irregularidades en llamado a concurso de Presidencia. Agradezco la posibilidad de publicar mis líneas en este semanario.
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáSurgió un llamado a concurso de oposición y méritos en la modalidad de contrato temporal de derecho público, convocado por la Presidencia a través de Uruguay Concursa. El mismo cubría la vacante de licenciado en administración - contador (sector público).
Dicho llamado (0056/2012), al que se puede acceder en la página web www.uruguayconcursa.gub.uy, surge para la provisión de un profesional que ejerza en la Unidad Ejecutora 001 (Presidencia de la República y Unidades Dependientes) del Inciso 02 (Presidencia de la República) bajo el amparo del art. 53 de la Ley 18.719 (de fecha 27 de diciembre de 2010), Decretos 55/011 y 56/011 (del 7 de febrero de 2011).
Tres fueron los concursantes que arribaron a la etapa de oposición y entrevista con el Tribunal el día 22 de mayo de 2012 (ver Acta 2), siendo uno de ellos, quien suscribe. Luego de la prueba, se pasó al Tribunal compuesto por cinco personas, entre ellas un representante de la Oficina Nacional de Servicio Civil, uno de la Unidad Ejecutora 001 del Inciso 02 y una veedora de COFE. Al llegar a la entrevista se me comunicó que no hacía falta dado que carecía de los 25 puntos que se asignan por formación valorada dentro de los requisitos específicos (ver punto 1.2 Inciso c - Bases del Concurso).
La razón que esgrimió el Tribunal fue que no contaba con un curso de más de 20 horas de Gestión Humana por fuera de mi carrera universitaria. Al releer las bases, confirmo que el curso no necesariamente debía ser de Gestión Humana sino que en la Bases se establece que puede ser en cualquiera de las siguientes temáticas: Gestión Humana, Negociación o Administración. Si el Tribunal hubiera leído el legajo que me acompaña, habría confirmado la existencia de un curso de Administración de 30 horas por fuera de la currícula universitaria.
Quizás haya sido un error por parte del Tribunal, pero considero una injusticia haber perdido los 25 puntos sabiendo que califico para los mismos.
Quien suscribe,
Lic. Thomas Gordon-Firing