Nº 2157 - 13 al 19 de Enero de 2022
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáDesde noviembre de 2019 la Operación Océano está en el centro de la atención pública. Algunas opiniones se salieron de un cauce procesal para cuestionar la honorabilidad personal y profesional de abogados que asesoran a 32 investigados por presuntos delitos de retribución o promesa de retribución económica por actos sexuales eróticos contra mujeres menores de edad.
La repugnancia de esos delitos conmueve y conduce a muchos a darle la espalda al derecho de defensa garantizado por ley. Un presupuesto de la democracia, del Estado de Derecho y del debido proceso. Igual que el de las víctimas de denunciar.
Recordemos al procesalista Adolfo Gelsi Bidart: “El hombre sujeto al proceso penal pone en juego su nombre y su libertad, ambos encomendados al regular funcionamiento del proceso y a la vigilancia y defensa de su abogado. Quienes han sido demandados en el proceso penal, saben por propia experiencia, que toda su esperanza se cifra en el defensor. No porque todo lo puede conseguir, como a veces erróneamente se piensa, con lo cual todos los fracasos se le atribuyen, con igual equivocación, sino porque es un elemento indispensable en el sistema de garantías en que el proceso consiste”. Para este delito como para cualquier otro.
La ofensiva contra los abogados ha tenido su mayor expresión en las redes sociales. Otros también cuestionan el derecho de defensa con argumentos sin fundamento jurídico.
En el centro se ubica la fiscal Darviña Viera. El proceso penal establece que los medios de prueba que llegan a la causa deben ser controlados por la defensa, se debe informar al indagado que se lo está investigando y está prohibido interrogar como testigo a un indagado. La fiscal ocultó pruebas e investigó a testigos sin advertirles que estaba indagando. Cuando algún testimonio no le servía la grabación se perdía y también el contenido de celulares y filmaciones de las víctimas, argumentan los abogados.
La jueza penal María Noel Tonarelli constató “graves irregularidades” en la actuación de la fiscal que afectaron el ejercicio de la defensa. En octubre del año pasado fue denunciada al fiscal adjunto de Corte, Juan Gómez. Una semana después dispuso el traslado de Viera por razones médicas y la sustituyó la fiscal Mariana Alfaro. Ésta informó que, pese a ser obligatorio, Viera no ingresó en la carpeta investigativa muchos documentos sobre actuaciones policiales, declaraciones de testigos y análisis de peritos. Un desastre en cascada.
El ciudadano de a pie puede ser dominado por sus emociones o la erupción volcánica de la revancha ante el abuso de poder social y económico. Pero la ignorancia de la ley no sirve de excusa y nada puede darse por cierto hasta una sentencia ejecutoriada. Con personas formalizadas no alcanza, salvo para la información periodística. Si en el futuro hay sentencias ejecutoriadas que cada culpable cargue con sus aberraciones.
Por eso sorprende una suerte de manipulación de quien no es un ciudadano de a pie. En los últimos 36 años desempeñó cargos de primera línea: legislador y presidente de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación, de AFE y del Tribunal de Cuentas. Al comienzo por el Partido Comunista, ahora en la Alianza Progresista junto al exvicepresidente Rodolfo Nin Novoa. Me refiero a Leon Lev.
No me atrevo a calificar su desempeño como empleado del Estado porque pasó sin pena ni gloria. Pero durante esos 36 años, por el ejercicio de sus funciones, necesariamente debió aprender cómo funciona el sistema de Justicia, las reglas del proceso penal y reafirmar el Estado de Derecho. Debió hacerlo, además, porque a su lado varios correligionarios corruptos ejercían sin cortapisas el derecho de defensa antes de ser condenados.
Luego de leer en Búsqueda sus opiniones bajo el título En defensa de una fiscal valiente (Cartas al director Nº 2155) hay que concluir que nada aprendió. Y si lo aprendió lo omite en aras de un populismo demagógico. Una engañifa para lectores desprevenidos. Apela a emociones baratas sin formular un solo argumento jurídico, lo que corresponde. Otra cosa es ser barra brava desde la tribuna.
Lev desarrolla una melodramática biografía de Viera: nació en el interior, perdió a su padre a edad temprana, trabajó como empleada doméstica, fue madre soltera, terminó el liceo en condición de libre y mientras fue empleada en un estudio jurídico estudió derecho en Salto y en 2007 se recibió de abogada. Todo cierto, pero ¿la sufrida y triste trayectoria vital de una persona debe considerarse al evaluar su capacidad o incapacidad intelectual o su desapego por el proceso penal? ¿Todo es justificable ante padecimientos pasados?
Con el mismo tono argumenta Lev que “su honestidad y su lucha marcan una actitud y se convierten en un ejemplo a seguir”. ¿Son esos pasaportes para actuar de espaldas al código?: “Todo imputado podrá hacer valer hasta la terminación del proceso, los derechos y garantías que le confieren la Constitución de la República y las leyes”.
Sostiene que los abogados defensores tuvieron un comportamiento agresivo durante una audiencia judicial impulsados por una “misoginia heteropatriarcal conservadora e hipócrita” por la cual la fiscal fue “transformada en blanco de esos varones soliviantados: por su condición de mujer, por su origen humilde, por su valentía al haber desafiado a los poderosos que se creen impunes”.
En su carta discrimina (que consiste en seleccionar excluyendo, dice la academia) porque solo cita a abogados hombres y omite a las mujeres que en ese mismo expediente ejercen el derecho de defensa: Cecilia Salom, Carolina Bautel, Ana Frontán y Dahiana Abrazinskas. Tan grave como descalificar implícitamente a la jueza Tonarelli por falta de control en el desarrollo del proceso. Es lo que denuncia.