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    El águila del Graf Spee

    Sr. Director:

     El infeliz asunto del águila del Graf Spee. Hace varios años una periodista uruguaya se contactó conmigo para que averiguara, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores alemán (Auswärtiges Amt), cuál era la posición oficial respecto al Graf Spee. La respuesta que recibí, y que le comuniqué por correo electrónico a la periodista, fue que el barco le pertenecía a Alemania de acuerdo a normativas internacionales según las cuales los barcos de guerra cuentan con inmunidad soberana, hundidos o no, salvo que hayan sido capturados en guerra por el enemigo. Esto último no ocurrió en el caso del Graf Spee, que fue hundido por sus propios tripulantes precisamente para que no cayera en manos del enemigo. Asimismo, me informaron que la voluntad alemana era que el barco no se tocara ni se sustrajeran piezas del mismo.

    Posteriormente, durante su visita al Uruguay, el ministro de Relaciones Exteriores alemán, Guido Westerwelle, reiteró la posición de su país en ese asunto, coincidente con la que recibí de un funcionario de su Ministerio.

    La legislación y la jurisprudencia uruguayas apuntaron en otra dirección: la regulación para barcos hundidos se apresura a considerar como propiedad del país restos de naufragios ocurridos en aguas jurisdiccionales uruguayas anteriores a 1973, aunque se trate de barcos de bandera extranjera. Hace unos días la Suprema Corte dictaminó sobre la propiedad del águila, otorgando la misma al Estado uruguayo, pero nada se dice respecto a un posible reclamo alemán. Esta postura es contraria a una normativa internacional a partir de la que existen ya fallos favorables al país de bandera de la nave de guerra hundida.

    Un fallo muy publicitado fue el referente al navío español Nuestra Señora de las Mercedes, que naufragó en 1804 frente a Gibraltar, en aguas internacionales, y fue rescatado por una empresa con sede en Tampa (Florida). Un tribunal norteamericano, el Undécimo Tribunal de Apelación de Estados Unidos, con sede en Atlanta, le otorgó a España la inmunidad soberana de los restos del buque de acuerdo a la Ley de Inmunidad de Soberanía Extranjera de 1976, en consonancia con la normativa internacional. Llama la atención que la prensa uruguaya, los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los juristas especializados en Derecho Internacional no hayan señalado la discordancia existente entre la legislación uruguaya y los estatutos internacionales sobre buques de guerra, que serían vinculantes. En el caso del Graf Spee se ignoró además la posición alemana que se funda en la normativa internacional.

    El agravante, en el caso del Graf Spee, es que se trata de un barco de guerra del Tercer Reich y de un águila con una esvástica, el símbolo más notorio y conocido de un régimen que practicó el genocidio como elemento central de su existencia. Permitir que el águila se subaste como una pieza de colección cualquiera equivale a desentenderse del contenido histórico y el juicio moral que rodea al régimen que la produjo.

    Un dato que permite ilustrar la sensibilidad que estos temas provocan en las comunidades judías: el Museo del Holocausto de Jerusalén, Yad Vashem, cuenta con piezas con símbolos nazis, pero decidió no exhibirlas mientras permanezcan con vida los últimos sobrevivientes directos del Holocausto.

    No vivimos en un mundo sellado al vacío. Somos parte de la comunidad internacional, a la que adherimos de múltiples maneras. Eso nos exige responsabilidades morales sobre asuntos sensibles, que afectan a muchísima gente en varios países, incluido el nuestro, donde encontraron refugio ciudadanos perseguidos por el régimen nazi.

    Si Uruguay quisiera mostrar en estos temas la misma responsabilidad histórica y moral que asumió la comunidad internacional después de la Segunda Guerra, debería ofrecerle el águila y las demás piezas extraídas del barco a alguna institución que hiciera un uso adecuado de las mismas. Mi propuesta es que se las done al Museo de Guerra británico con sede en Londres. Al fin de cuentas, el Graf Spee fue acorralado por barcos británicos que obligaron a sus tripulantes a hundirlo.

    Martín Peixoto

    CI 1.116.305-1