La “ley de faltas” aprobada en agosto de 2013 estuvo desde el inicio envuelta en la polémica. El Ministerio del Interior fue el principal defensor de la norma, que formó parte de las 15 medidas de seguridad que presentó el gobierno luego del asesinato de un empleado de La Pasiva que generó indignación entre la población. Pero en la propia interna del Frente Amplio la discusión para aprobar la ley fue ardua y hubo sectores que la votaron por disciplina partidaria. También organizaciones sociales y académicas criticaron la ley por apostar a una política represiva y punitiva, y desde la Justicia cuestionaron que se recurriera a la vía penal para castigar ofensas menores.
Tres años más tarde, la norma sigue generando discusiones. Es que su aplicación no estuvo exenta de dificultades y los organismos involucrados discrepan sobre su efectividad.
La ley estableció la posibilidad de sancionar con trabajo comunitario a quienes duerman en espacios públicos, tiren basura, conduzcan en grave estado de ebriedad o sin libreta, vandalicen contenedores, entre otros. La norma prevé prisión para quienes incumplan las sanciones.
El martes 8, en una mesa redonda organizada por el Poder Judicial, representantes de las Intendencias, de la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev), fiscales, defensores y jueces debatieron sobre la aplicación de la norma. Mientras para algunos “hay un antes y un después” de la ley, otros plantearon que no hay evidencias que demuestren su efectividad y señalaron que solo ha sido eficaz con las faltas vinculadas al tránsito.
Según los datos que presentó el Poder Judicial, en 2015 se iniciaron 12.620 expedientes en el marco de la “ley de faltas”. En el 90% de los casos se trató de faltas relacionadas con el tránsito (conducir sin libreta, sin casco, o en grave estado de ebriedad). El 3,8% se debió a la ocupación de espacios públicos, el 1,34% al abuso de alcohol o estupefacientes y el 1,13% a la provocación de desórdenes en espacios públicos. El resto de las faltas es menor a 1%.
Del total de expedientes, solo el 29% de los casos terminó con sentencia definitiva, mientras el 31% se clausuró y el 27% se declaró prescripto.
Al comienzo del debate, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Ricardo Pérez Manrique, advirtió que la nueva posición de la Corte es que la ley de faltas es inconstitucional, porque carece de una instancia de apelación. “Con esta jurisprudencia, tenemos el inconveniente de la posibilidad de que se interpongan recursos de inconstitucionalidad”, advirtió.
Drogas.
“A pesar de las dificultades que pueda tener, nos parece una ley muy bienvenida a nuestro sistema legal”, afirmó la abogada Verónica Quebral, de Jurídica de la Intendencia de Montevideo (IMM).
En 2014, la comuna presentó 851 denuncias ante los Juzgados de Faltas. La mayoría fueron por conducir en estado de grave ebriedad y en segundo lugar por falta de documentación. De ese total, 201 personas fueron condenadas a realizar trabajos comunitarios (24%).
En 2015, la IMM presentó 427 denuncias, lo que evidenció un “descenso de las infracciones constatadas”, explicó Quebral. Además, la mayoría de las infracciones fueron por falta de documentación, y se redujeron las espirometrías positivas. El porcentaje de sentencias aumentó de 24% a 44%. En los 10 primeros meses de 2016 se presentaron 202 denuncias, principalmente por conducir sin documentación. El porcentaje de sentencias subió a 64%.
“De los datos surge que año tras año se nota una menor cantidad de infracciones constatadas y por ende de denuncias realizadas, y una mayor concientización de la ciudadanía. Entendemos que esa concientización corresponde en gran medida al reproche legal que impuso la ley, más allá de las sanciones administrativas”, valoró la abogada.
“También es de destacar la proporción cada vez mayor de sentencias definitivas, lo que da a entender que respecto a estas faltas la ley va siendo cada vez más eficiente”, agregó.
Por otra parte, Quebral planteó que si el “espíritu” de la ley es penalizar conductas problemáticas para la sociedad y “que apuntan a un cambio de actitud de la población”, es “fundamental hablar de los conductores que manejan bajo los efectos de los estupefacientes”.
Informó que en 2015 la Intendencia detectó 41 casos de personas que manejaban bajo efectos del cannabis u otras drogas, y en 2016 detectó 38 casos. “Esta es una situación que nos parece realmente grave y que debe ser debatida por todos los actores involucrados, para buscar de alguna manera incorporar estos casos dentro de la ley de faltas”, afirmó. “Nos parece que es muy importante poner sobre la mesa este tema. Es sabido que manejar bajos los efectos de la droga constituye un riesgo para el conductor, para la población en general, y que provoca efectos negativos a la hora de conducir un vehículo. Provoca conductas perturbadoras, afecta los sentidos, la percepción de los riesgos cambia, y por lo tanto es un tema que desde la Intendencia preocupa y entendemos que debería tener un reproche legal”, agregó.
Debate.
El presidente de la Unasev, Gerardo Barrios, también tuvo una valoración positiva sobre la norma. “Hay un antes y un después de la ley de faltas”, afirmó. “Dificultades hay, pero hay que sortearlas basándose en las buenas prácticas. La evidencia demuestra que la ley ha sido un éxito absoluto”, dijo.
El sociólogo y asesor del Ministerio del Interior, Gustavo Leal, también defendió la utilidad de la norma. “La ley de faltas es un instrumento importante, entendemos que puede ser perfectible, pero también entendemos que no podemos volver a entrar en la discusión de la necesidad de eliminar la ley. Porque en muchos operadores está ese tema arriba de la mesa y es bueno poder plantearlo con franqueza”, afirmó. Leal sostuvo que “las dificultades de la aplicación de la ley en algunos ámbitos tienen que ver con la actitud de algunos organismos”, más que con temas “estrictamente de procedimiento”.
Para el fiscal adjunto de Corte, Ariel Cancela, “hay muchas cuestiones que podrían resolverse más eficientemente en la forma administrativa y no por este camino”. También planteó que puede haber una “contradicción” entre la “ley de faltas” y el nuevo Código del Proceso Penal, que comenzará a regir en julio de 2017, y que tiene varios instrumentos que evitan la persecución penal.
La defensora pública Sylvia Landeira hizo un planteo similar. “Estamos frente a un Derecho Penal de intervención mínima y me cuesta pensar que se concilie con un procedimiento de faltas donde la única sanción posible es el trabajo comunitario, y el no cumplimiento implica prisión de 24 horas”, opinó. Además dijo que no tenía elementos para considerar que hay un nexo causal entre la ley de faltas y la reducción de accidentes. “Eso habría que demostrarlo”, afirmó. Y añadió: “Como defensora tengo mis reservas de que esto se pueda considerar algo positivo”.
“Si estamos acá reunidos es porque algún problema tenemos con la ley”, dijo por su parte el director de Jurídica de la IMM, Ernesto Beltrame. Informo que dos meses atrás se reunió con el presidente de la SCJ para expresarle la “preocupación” de la Intendencia “sobre como venía evolucionando la ley de faltas”, ya que “evidentemente no había sido todo lo efectiva” que se pretendía.
El jerarca celebró la decisión de instalar una mesa de trabajo, pero dijo que espera que “estén todos los temas sobre la mesa, y no sea solo una visión desde el tránsito”.
“Hay un elenco de faltas que no hemos abordado y que tal vez son las que preocupan más, porque es donde hemos tenido menos efectividad”, afirmó. “Creo que es mucho más profundo y que la ley va mucho más allá. Y que ha tenido un equilibrio un poco inestable porque ha funcionado con algunas figuras y otras no. Esa es la preocupación que pongo sobre la mesa”, concluyó.