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El acceso a los medicamentos de alto costo para el tratamiento de distintas enfermedades —las oncológicas son las más frecuentes— es un debate recurrente en la agenda sanitaria. Un camino que se ha vuelto habitual para que los pacientes puedan costear fármacos que por lo general llegan a superar los $ 200.000 por mes es el de la Justicia. Los recursos de amparo contra el Ministerio de Salud Pública (MSP) se han multiplicado en los tribunales en los últimos años. Todos con distinta suerte. Hay fallos que no le dan la razón al usuario y hay otros que condenan al Estado a hacerse cargo de pagar la medicación ordenada por un profesional tratante. La judicialización de la medicina es una piedra en el zapato para las autoridades sanitarias de este y el anterior gobierno, que tienen la firme postura de financiar únicamente lo que esté incluido en el Formulario Terapéutico Médico (FTM).
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Con este escenario de fondo, en las últimas semanas surgió una vía intermedia, poco explorada hasta ahora, para que los pacientes accedan a fármacos caros: la posibilidad de compartir los gastos.
Al menos cinco sentencias judiciales, dictadas entre los últimos meses de 2018 y los primeros días de este año, obligaron al MSP a financiar en conjunto con los pacientes diversos tratamientos oncológicos. La modalidad del copago fue determinada en tres ocasiones por el juez Pablo Eguren, y en dos por la jueza Estela Jubette. En dos de estos casos un tribunal de apelaciones terminó revocando el dictamen. Los porcentajes del copago varían de acuerdo con los recursos económicos que tenga el paciente y la voluntad del juez. Pero siempre es superior la carga del Estado. Hay sentencias que establecen una relación del 60% financiado por el MSP y el 40% a costo del usuario, otras que son del 70% y 30%, y otras del 85% y 15%.
El diputado nacionalista Martín Lema propuso en 2015 al MSP que adoptara esta modalidad de copago. Su propuesta fue recogida en el artículo quinto de una ordenanza ministerial que establecía la posibilidad de “considerar la situación económica del peticionante para evaluar diferentes alternativas de financiamiento”. Esta ordenanza, sin embargo, fue luego dejada sin efecto. La nueva normativa sanitaria nada dice sobre la posibilidad del copago.
Una lectura moderna
El abogado Juan Ceretta, docente del consultorio jurídico de la Facultad de Derecho, llevó dos de los casos que tuvieron una sentencia favorable a compartir los gastos. Para Ceretta, un abanderado en la causa del acceso a fármacos de alto costo, se trata de un criterio judicial “compatible” con la Constitución. “Hay una lectura moderna de la Constitución“, resaltó en diálogo con Búsqueda. “Es una interpretación valedera. Yo puedo no tener toda la plata necesaria para costear un tratamiento largo”, señaló. Y observó que se trata de un camino intermedio entre la postura jurídica del MSP, que dice cumplir con el artículo 44 de la Constitución –derecho a la salud– al admitir que hay leyes como la de no financiar nada extra a lo que está en el FTM que lo reglamentan, y la de ese propio artículo que consagra el “deber” de los pacientes a cuidar de su salud.
“El copago es más compatible con los criterios establecidos por la Constitución que la política jurídica del MSP a través del Fondo Nacional de Recursos, que de hecho cuando incluye algo es costo cero para quien sea. No importa si sos millonario”, explicó.
Para determinar si la persona tiene o no los recursos necesarios para afrontar el tratamiento, la Justicia maneja información sobre las cuentas bancarias, los ingresos personales y el patrimonio del paciente. “Es un terreno resbaladizo”, reconoció Ceretta. Hubo un caso que estaba prácticamente resuelto a favor del paciente hasta que el juez preguntó si además del dinero que tenía en la cuenta en pesos uruguayos, había más. Y entonces el paciente admitió que había omitido informar sobre una cuenta con cientos de miles de dólares a su favor.