• Cotizaciones
    domingo 26 de julio de 2026

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
    $ Al año*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
    $ por 3 meses*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * A partir del cuarto mes por al mes. Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
    stopper description + stopper description

    Tu aporte contribuye a la Búsqueda de la verdad

    Suscribite ahora y obtené acceso ilimitado a los contenidos de Búsqueda y Galería.

    Suscribite a Búsqueda
    DESDE

    UYU

    299

    /mes*

    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá

    La Terminal de Contenedores y TCP-Katoen Natie

    Sr. Director:

    Recientemente, en la controversia suscitada por el contrato del 25 de febrero de 2021, por el cual se prorrogó la concesión de la terminal de contenedores del puerto de Montevideo a TCP-Katoen Natie hasta el año 2081, se ha insistido en establecer que el marco jurídico de esa concesión, admite o habilita un régimen preferencial de atraques afectando la libertad de competencia.

    Tuve el honor de participar, como Presidente del Directorio de la ANP, en gran parte de ese proceso y creo necesario establecer que, bajo la dirección del Ministro de Transporte y Obras Públicas que lo era el Ingeniero Lucio Cáceres, se formó un equipo de especialistas que proyectaron todo el marco jurídico al que debía someterse la empresa que resultara mejor oferente en la subasta que se efectuó en el año 2001.

    Por la A.N.P., participaron, en esa tarea, el Dr. Carlos Rompani Delmond, lamentablemente, fallecido a fines del año 2000 y el Dr. Edgardo Amoza que, con especialistas del MTOP de alto nivel, entre los que recuerdo al Dr. José Pedro Pollak, elaboraron todo el marco jurídico referido, en consulta permanente con el Ministro Cáceres y conmigo. Fue tan relevante, esa gestión de los doctores Amoza y Rompani, que, en el año 2001, publiqué un libro titulado “Transporte Marítimo”, a la Memoria del Dr. Carlos Rompani Delmond y con prólogo del Dr. Amoza, donde hago un análisis de toda esa normativa.

    Pues bien, nada de la misma habilita el establecer un régimen preferencial de atraques como el recogido en el contrato del 25 de febrero de 2021. Por el contrario, allí se hace especial hincapié en el respeto a la libertad de competencia como resulta del art. 20 de la ley No.17.243 de 6 de julio de 2000 que establece: “Se asegurará la prestación de servicios en igualdad de condiciones a todos los que los soliciten manteniendo la continuidad y regularidad de los mismos y no se comprometerá restricciones para operar en otros sectores del puerto de Montevideo”. Lo que fue refrendado por el par. 3.5 del Régimen de Gestión (Dec.137/2001) que establece: ”La terminal prestará servicios en condiciones de libre competencia con otros operadores que actúen en otros muelles del Puerto de Montevideo””

    El Senador Dr. Alejandro Atchugarry, en ocasión de la interpelación al Ministro Cáceres por el Frente Amplio en 2001, manifestó, al respecto, que la normativa aprobada “consagra la libertad de opción no haciendo ninguna excepción dentro del Puerto. O sea que la Administración mantiene en libertad a cualquier privado, ya que en el muelle B -o multipropósito, como le dicen ahora- habrá cierta cantidad de armadores que hoy podrán tener un acuerdo, pero su concurrencia es absolutamente libre, para otro armador o para cualquiera”

    A “confesión de parte, relevo de prueba”, porque que ello fue admitido expresamente por TCP Katoen Natie, en la nota del 17 de octubre de 2001, firmada por sus representantes el Contador Orlando Dovat y el Ing. Rodolfo Laporta, dirigida a la ANP, donde declaró :”Que todos los servicios que pretende prestar serán en régimen de igualdad de condiciones para todos aquellos que lo soliciten y en libre competencia con otros prestadores de servicios que fueran habilitados, asimismo declara que se compromete a no inducir ni realizar en forma directa o indirecta acto alguno que atente contra la libre y leal competencia del mercado”.

    Con esta declaración que implica un compromiso, cabe preguntarse si hubiera tenido alguna probabilidad de éxito la demanda por U$S 1500 millones de dólares, con que amenazó TCP Katoen Natie al Estado uruguayo alegando que la competencia que le planteaba otra empresa era ilegítima.

    Dr. Edison González Lapeyre