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    La carta marcada de Bonomi

    N° 1725 - 08 al 14 de Agosto de 2013

    Los policías suelen confundir su relación con el Poder Judicial. La responsabilidad es de los jerarcas que, para granjearse sus simpatías, fomentan esa incomprensión que se acentuó desde que Eduardo Bonomi está al frente del Ministerio del Interior. No estoy diciendo que todo lo que hace el ministro esté mal, sino que muchas veces por ignorancia, irrespeto institucional visceral o desmedida ambición, entrevera los papeles en ese vínculo. Con un errático deambular —producto, además, de la embriaguez del poder— olvida o desconoce algo central: la Policía fue, es y debe ser un auxiliar de la Justicia y el ministro debe estar a su servicio sin condiciones. Si algunas de sus acciones y dichos no se deben a las razones expuestas, sino a un complejo de inferioridad mal resuelto, bueno sería que se tratara, en beneficio de todos.

    En los últimos años, la Suprema Corte de Justicia y algunos magistrados han intentado “aceitar” la relación Justicia-Policía mediante reuniones de coordinación y análisis. Naturalmente surgieron objeciones. Algunos jueces, como los ministros de Tribunal, Angel Cal y Jorge Catenaccio, cuestionaron recientemente con energía y razón durante una de las reuniones determinadas actitudes policiales.

    Otros jueces penales me han expresado en reserva (“para evitar problemas”) su preocupación porque el ciudadano pueda imaginar que existe una dependencia del Poder Judicial al Poder Ejecutivo. O que los propios policías así lo supongan.

    Cualquiera sea la opinión, cuando de caballeros y personas bien avenidas se trata, dentro de un marco de diálogo y análisis no cabe otra cosa que realizar consultas a la contraparte antes de emprender cualquier modificación de fondo en la que ambos estén involucrados. Particularmente cuando en medio están los jueces, responsables de la situación jurídica y procesal de los reclusos. Eso es juego limpio.

    Sin embargo ocurrió lo contrario: el Poder Ejecutivo (Ministerio del Interior) incluyó en el proyecto de Rendición de Cuentas el artículo 117: “Facúltase al Instituto Nacional de Rehabilitación a autorizar la salida fuera del establecimiento de reclusión de personas privadas de libertad, dentro del marco de programas de rehabilitación vinculados a formación o trabajo”.

    Sorprende, porque pese a que el gobierno dice estar en las antípodas de la dictadura, el texto se inspira en el artículo 63 de la ley 14.470 de diciembre de 1975 del gobierno militar: “La salida transitoria será otorgada por la autoridad carcelaria por resolución fundada, previo conocimiento directo y personal del recluso. Dicha comunicación se hará saber al juez de la causa quien podrá prohibir o suspender totalmente las salidas cuando por su excesiva frecuencia y otras razones, considere inconveniente que se las conceda, expresando los fundamentos en que se base”.

    A partir de ese momento ocurrieron abusos y coimas para conceder salidas y facilitar fugas. Hasta que en julio de 1995, durante el gobierno de Julio María Sanguinetti, se votó la ley 16.707 de Seguridad Ciudadana, que en su artículo 29 revirtió esa situación y les otorgó la exclusiva competencia a los jueces, previo informe de las autoridades penitenciarias.

    Ahora, ante la insólita inclusión del artículo 117, el presidente de la Corte, Jorge Ruibal, cuestionó la propuesta y expresó en “El País” su disgusto porque no haya existido una consulta previa, considerando la “relación cordial y muy fluida” entre la Corte, Bonomi y el director de la Policía, Julio Guarteche. Traducido al lenguaje popular: “Traiciona el que no avisa”. También traiciona quien coloca una carta marcada en el mazo.

    Ruibal advirtió: “La salida transitoria es una competencia exclusiva del juez, pero no quita que el Instituto Nacional de Rehabilitación le prepare informes a los magistrados sobre la situación de cada interno”.

    Las obligaciones del Ministerio del Interior son mantener el orden público, preservar la seguridad, prevenir y reprimir el delito y planificar, elaborar y gestionar las políticas carcelarias. Nada más.

    Pero no las ha cumplido. La inseguridad campea porque no existe prevención ni represión del delito. Tampoco ha revertido el hacinamiento carcelario (aunque tenga planes para disminuirlo), ni los reclusos, que en muchas cárceles conviven como animales y no reciben la atención sanitaria adecuada. Esos hechos, que violan los derechos humanos, son de su exclusiva responsabilidad, como lo han señalado inspecciones internacionales.

    Rara vez se sabe quién o quiénes son los iluminados cerebros que entre bambalinas redactan o aconsejan medidas como la del artículo 117 y que luego se tratan de “pasar” clandestinamente en las rendiciones de cuentas como una carta marcada. Menos se entiende, porque en esto el gobierno tiene en sus filas especialistas de nota a quienes consultar.

    Es que esta iniciativa, además de pisar la inconstitucionalidad, provoca el rechazo de quienes saben de la materia: los jueces y los abogados.

    La afirmación de Bonomi al retrucar algún cuestionamiento sobre el riesgo de que la Policía conceda esas salidas, rompió el equilibrio: “El juez tampoco da garantías”, afirmó, y citó algunos errores judiciales.

    Habrá que ver si luego de estas puñaladas la Corte vuelve a relacionarse con el Ministerio del Interior con la misma “cordialidad y fluidez” que destacó Ruibal o, si ante la carta marcada, opta por aplicar aquello de “el que manda, manda, y el que no, obedece”. Como debe ser.

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