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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEsta semana comenzó, con gran intensidad, el debate parlamentario del proyecto de ley de urgente consideración remitido por el Poder Ejecutivo. En paralelo a las múltiples dudas que han sido expresadas sobre la forma en la que se emplea el mecanismo de urgencia y las características generales de la iniciativa, se ha abierto la discusión de sus contenidos específicos. Lamentablemente, ese debate se verá muy perjudicado por la exagerada extensión del articulado y los temas abordados en relación con los exiguos plazos que habilita el tipo de tratamiento definido por el oficialismo.
El proyecto ofrece, como uno de sus principales ejes, una sección sobre seguridad pública que despierta enorme preocupación. Principalmente porque, con la declarada intención de contrarrestar la incidencia de la delincuencia, pone en riesgo aspectos relevantes del Estado liberal de derecho y propone alternativas que, de acuerdo con lo que indican los especialistas en la materia, lejos están de garantizar efectividad en el logro de sus objetivos.
La reflexión que propongo parte de reconocer que la seguridad pública constituye uno de los principales problemas para nuestra sociedad. Problema que todos los gobiernos desde la recuperación de la democracia han intentado controlar, en términos generales con resultados insatisfactorios. Problema, además, que se cobra vidas y afecta nuestros niveles de convivencia y bienestar personal, familiar y comunitario. Y que, por ese mismo impacto dramático en nuestras vidas, tiene que ser abordado con inteligencia, con mirada estratégica y de largo plazo y poniendo en juego las mejores capacidades y herramientas que la política pública pueda desarrollar.
Para estar a la altura de esos complejos desafíos, la historia nos ha demostrado que no existen atajos. Y que cuando, a partir del miedo que el incremento del delito provoca en la población, se responde con medidas oportunistas, de sesgo autoritario, sin el adecuado respaldo en la evidencia disponible y pretendiendo establecer una frontera inquebrantable entre buenos y malos ciudadanos los resultados difícilmente sean positivos.
Tampoco pueden esperarse buenos resultados cuando se establecen, de forma poco o nada sistemática, innumerables intervenciones puntuales en leyes y códigos que fueron diseñados con lógica integral y están dotados de ciertos niveles de coherencia interna. No pueden esperarse impactos positivos cuando las alternativas propuestas reposan, casi como única respuesta, en el aumento la discrecionalidad de la acción policial y en el encarcelamiento como única forma de sanción.
Persecución y represión al delito sí, tanta como sea necesaria, pero profesionalizando la institución policial y con los equilibrios y controles que corresponden a un Estado de derecho. Combate frontal al delito sí, pero incrementando y mejorando también, y en partes iguales, la prevención, la disuasión y el trabajo terapéutico y educativo con los penados.
Cabe preguntarse: ¿nos hará una sociedad más segura imponer limitaciones a garantías individuales y derechos civiles básicos, duplicando el tiempo que las autoridades pueden mantener detenida a una persona sin dar cuenta al Ministerio Público?
¿Nos hará una sociedad más segura que funcionarios policiales y militares retirados y en edad de descansar de sus funciones porten sus armas reglamentarias por las calles y eventualmente hagan uso de ellas para intervenir en un delito en proceso? ¿Qué seguridades se nos proporciona de que esas personas mantengan intactas sus capacidades para accionar armamento letal? ¿Quién se hará cargo de las balas que lleguen a un destino equivocado?
Cabe preguntarse también: ¿qué implica exactamente “menospreciar” o “agraviar” a un funcionario policial (verbos que se utilizan para crear el delito de “agravio a la autoridad policial)? ¿No abre esto un peligroso margen a un tipo de aplicación autoritaria que podría ser mal empleada por un eventual gobierno que quisiera criminalizar la protesta social? ¿No queda esto en evidencia al proponer como agravante cuando la conducta referida “se ejercite por tres o más personas”?
¿Es razonable dar un nuevo giro en la regulación de un tipo de proceso penal recientemente aprobado y que no cuenta aún con una evaluación completa de su implementación? ¿Se han preguntado los legisladores que defienden esta iniciativa qué impactos podrían tener estas modificaciones en el corto, mediano y largo plazo en las instituciones encargadas de administrar la justicia?
¿Qué efectos puede tener sobre un sistema penitenciario ya sobrecargado la eliminación casi total de penas alternativas o de la posibilidad de redimir parte de la pena para quienes más tiempo dediquen en el estudio y el trabajo? ¿Encierros más prolongados de forma indiscriminada para casi todos los delitos, eliminando la necesaria progresividad de las penas, nos permitirán apuntalar una sociedad más segura? ¿No han tomado nota los proponentes de las duras experiencias del crimen organizado alimentado en las cárceles hacinadas de buena parte de América Latina?
Esta sección de la LUC aborda uno de los temas que sin duda plantea urgencias reales. Pero ubica las respuestas en los lugares equivocados. El sistema penal debe basarse en equilibrios y garantías recíprocas que al mismo tiempo resguarden la seguridad pública y protejan las libertades. Esto requiere de roles institucionales claros y diferenciados y no un sobredimensionamiento del campo de la acción punitiva a costa de la capacidad de incidencia de otros actores del sistema. La noción de autoridad en una democracia debe basar su legitimidad en la confianza, el respeto y la cooperación de la ciudadanía y no solamente en la coacción o el miedo que se pueda generar por la vía de estrategias de mano dura. He allí un espacio donde los caminos se bifurcan y en la LUC la opción por uno de ellos es clara.
Ningún partido político puede exhibir una gestión de la seguridad pública completamente exitosa. Todos debemos estar convocados a la autocrítica, a la mesura y a un estudio detenido del tema, capaz de tomar la mejor evidencia disponible antes de procesar nuevas reformas en el terreno legal. Nada de esto está presente en el proyecto que actualmente está a estudio del Parlamento.
Diego Martín Olivera Couto
CI 3.194.264-9