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    La renuncia de Sendic (I)

    Sr. Director:

    El sábado pasado fuimos informados por los medios de comunicación de que el vicepresidente procedería a renunciar a su cargo y así lo había comunicado en el Plenario del Frente Amplio.

    ¿Cómo debía procederse constitucionalmente? ¿Ante quién correspondía a Sendic presentar su renuncia? ¿Cómo sería la sucesión?

    Los cuestionamientos fueron inmediatos y nadie dudó en recurrir a la Constitución. 

    El buscar estas respuestas en la Constitución parece, quizás, algo obvio. Sin embargo, no siempre fue así, y tampoco lo es en otros Estados, algunos de gran cercanía geográfica con Uruguay.

    Quedaron explicitadas las distintas posiciones e interpretaciones, y la forma en la que se procederá. Sin ahondar en ello —que ya fue objeto de desarrollo en los medios—, cabe sí detenerse en la indudable recurrencia a la Constitución, por todos los actores. Así lo hizo el partido de gobierno, la oposición y, muy especialmente, los medios de comunicación.

    Se habló primeramente de una “crisis institucional”, aunque la terminología fue rápidamente desechada. La recurrencia a las disposiciones constitucionales para resolver el cómo proceder fue el hecho que hizo descartar este calificativo, por no adecuarse con la realidad.

    Un hecho que parece obvio, aunque no siempre lo es, y que por ello merece sea destacado. 

    María Paula Garat