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    Lo político y lo jurídico

    Sr. Director:

    A propósito (y no por casualidad) de aquella imperdonable expresión del Presidente de que “lo político prima sobre lo jurídico”, se han venido gestando en los últimos tiempos, diferentes sucesos que, en general, le han ido enmendando la plana al gobierno para terminar finalmente posicionando lo jurídico por sobre lo político.

    En primer lugar, comprendamos el alcance de la expresión presidencial. En principio, lo político forma lo jurídico, porque las normas jurídicas —constitucionales, legislativas, administrativas— no son sino el producto de la elaboración que los legisladores y gobernantes —seres políticos por definición y función— realizan para regular una sociedad determinada. Pero una vez que la norma jurídica existe, a ella deben sujetarse todos los integrantes de la sociedad, entre ellos, los mismos políticos. La norma adquiere independencia respecto de sus autores y todos están obligados a respetarla.

    En segundo término, no existe nada más antidemocrático que lo político prime sobre lo jurídico. Tal afirmación o la conducta en tal sentido, supone un desprecio absoluto por las normas; y despreciar, desobedecer, incumplir, saltearse la normativa vigente es no ser demócrata. En el estilo de vida democrático, las normas deben ser creadas, respetadas y cumplidas, voluntaria o forzadamente.

    En tercer lugar, las normas que nos hemos ido creando a lo largo de nuestra existencia, establecen controles a los efectos de enderezar posibles desviaciones de su cumplimiento.

    Entre dichos controles está el de la regularidad constitucional de las leyes nacionales y departamentales.

    Por norma constitucional, aquellos que se sientan lesionados en sus derechos o en sus intereses directos, personales y legítimos, pueden presentarse ante la Suprema Corte de Justicia para que ésta estudie la norma impugnada y decida para el caso concreto, si dicha ley es acorde a la Constitución o contraria a ésta.

    Pues eso fue lo que hicieron quienes reclamaron ante la Suprema Corte de Justicia la situación de inconstitucionalidad de varias leyes dictadas por este gobierno.

    En respuesta a dichas demandas de inconstitucionalidad, la Suprema Corte de Justicia en la mayoría de los casos (impuesto a la concentración de inmuebles rurales, proceso laboral, interpretación de la caducidad de la pretensión punitiva del Estado, ley de Pluna) hizo lugar a dicha inconstitucionalidad; y en otros casos, no amparó el reclamo.

    El gobierno no debería sorprenderse por tales inconstitucionalidades, pues en todos y cada uno de los procesos de formación de dichas leyes, los expertos jurídicos le fueron advirtiendo de las mismas. El gobierno con su manejo absolutamente carente de profesionalidad y con la política entre ceja y ceja, desdeñó tales advertencias.

    Por tanto, lo que sucede ahora con la ley de Pluna y antes con las demás leyes referidas, no resulta ser sino el reestablecimiento del Estado de derecho, violado por el gobierno y reinstalado por la Suprema Corte de Justicia.

    Constituye todo un orgullo contar con una Suprema Corte de Justicia digna, independiente, resistente a las presiones gubernativas, sindicales y corporativas de cualquier tipo, aplicadora del derecho y en tanto tal, respaldo insoslayable de un Estado de derecho democrático y republicano. Cuando entendió jurídicamente procedente amparar inconstitucionalidades, lo ha hecho; cuando entendió jurídicamente que correspondía su rechazo, lo llevó adelante. A veces, las decisiones se dieron por mayoría, en otras oportunidades por unanimidad, pero en todo caso en forma soberanamente independiente, solo sujetas al imperio de la norma de derecho, lo que significa: en absoluto respeto a la ciudadanía que les dio vida jurídica a través de sus representantes políticos (parlamentarios y gobernantes).

    Como ya lo he hecho en otras oportunidades: felicitaciones a la Suprema Corte de Justicia (un orgullo) y a cada uno de sus cinco ministros (un respaldo).

    Monty Fain Ajdelman