Es indiscutible. El candidato presidencial de Cabildo Abierto, Guido Manini Ríos, no puede alegar ignorancia sobre su obligación de denunciar a la Justicia el delito que conoció como comandante en jefe del Ejército. No puede por su formación académica (militar y licenciado en Historia), por la jerarquía de su cargo y porque tres generales le advirtieron que debía denunciar la aberrante confesión de José Nino Gavazzo.
Es una omisión que sanciona el Código Penal desde hace décadas. Tanto que el 10 de agosto de 2010, el ministro de Defensa, Luis Rosadilla, recordó por circular a los funcionarios del ministerio que tienen la obligación de denunciar irregularidades o delitos. Manini fue notificado.
Quien viole el artículo 177 del Código Penal (Omisión de los funcionarios en denunciar delitos) —remarcó la circular—, puede ser castigado con una pena de tres a 18 meses de prisión. Esa obligación, añadió, también surge del artículo 175 del decreto 500 de 1991.
Manini ignoró la recomendación de los generales José González, Gustavo Fajardo y Alfredo Erramú, integrantes del Tribunal de Honor, que tenían la obligación de reserva. Por ello le informaron a Manini, que era el responsable de la acción ante la Justicia.
Gavazzo admitió que en 1973 tiró al río Negro el cadáver de Roberto Gomensoro, un militante tupamaro muerto bajo tortura en una unidad militar. Fajardo se lo reveló al fiscal Rodrigo Morosoli. Es más, añadió que los tres generales le aconsejaron a Manini: “Hay que pasarlo a la Justicia. No hay vuelta”.
Pero lo desestimó. Según Fajardo, porque consideró que la declaración de Gavazzo era una “chicana”.
En buen romance, voluntaria y conscientemente Manini omitió denunciar. Buscó trasladarle esa responsabilidad a la Presidencia de la República a través del ministro de Defensa de la época, Jorge Menéndez. ¿Por qué lo hizo? ¿Por cobardía? ¿Para que militares en actividad y retirados no lo tildaran de delator? ¿Para obtener beneficios en una carrera política que venía planificando clandestinamente?
Veamos algunos indicios cronológicos que conducen a esa tercera opción: su búsqueda dolosa de un resultado político.
Cabildo Abierto se presentó ante la Corte Electoral a comienzos de este año y fue admitido el 10 de marzo. El 12 de marzo, durante una reunión privada, el presidente Tabaré Vázquez cesó a Manini Ríos por afrentas contra la Justicia. De inmediato, el 3 de abril, aceptó ser el candidato presidencial del flamante partido. Récord mundial.
La jueza penal Marcela Vargas, dentro del plazo que le marca la ley, citó a Manini, que comparecerá hoy jueves, para declarar sobre la eventual violación de la ley penal. Eso no le impide participar en las elecciones del domingo 27.
El exministro de la Suprema Corte de Justicia Jorge Chediak opinó en Todo pasa de Océano FM que la rápida decisión del fiscal (cinco meses) “ha dado pie para la sospecha” y que debió considerar el proceso electoral.
¿Quién o cómo, al margen de las normas procesales, marca los tiempos de las investigaciones judiciales? ¿Para actuar fiscales y jueces deben considerar eventuales intereses políticos? En coincidencia con Chediak, el expresidente José Mujica valoró como un “error político” la decisión del fiscal y el senador Rafael Michelini ironizó: fue una “casualidad” temporal. Ambos suponen que esta instancia puede beneficiar electoralmente a Manini. Poco les importa la muerte de Gomensoro y la responsabilidad de Gavazzo.
¿Qué debió hacer Morosoli? ¿Esconderse y esperar hasta después de las elecciones? ¿Tomarse unos días hasta después del balotaje? ¿Anunciar su decisión después de la asunción del nuevo gobierno? Dislates.
Lo político siempre antes que lo jurídico.
Hay quienes sostienen que el fiscal hizo mal en no establecer responsabilidad penal para Vázquez o para el secretario de la Presidencia, Miguel Toma. Se puede discrepar, pero lo fundamentó. No fue una decisión arbitraria, y en cuestiones jurídicas siempre (afortunadamente) hay más de una biblioteca. También más de un interés político y más de un payador.
La jueza puede imputarlo antes de las elecciones, aunque los abogados de Manini jugarán su partido e intentarán tirar la pelota para adelante. Si pretende procesarlo después de las elecciones deberá pedir su desafuero, porque ya será senador. Quien suponga que un desafuero es posible padece alguna patoogía psiquiátrica. ¡Interesante de ver cómo votan!
Ante esas trabas la Justicia deberá esperar a 2024 cuando cese como senador. Siempre y cuando no sea reelecto.
Aunque el procesamiento se produjera tampoco sería posible condenarlo. Según el artículo 114 de la Constitución, “ningún senador o representante, desde el día de su elección hasta el de su cese, podrá ser acusado criminalmente, sino ante su respectiva Cámara, la cual, por dos tercios de votos del total de sus componentes, resolverá si hay lugar a la formación de causa y, en caso afirmativo, lo declarará suspendido en sus funciones y quedará a disposición del tribunal competente”.
Todo se presta al juego sucio. Pese a ser consciente de su inmunidad, Manini utiliza esta instancia ante la Justicia para disfrazarse de perseguido. Politiza lo jurídico. En realidad, lo prostituye.
Así cuestionó a las fiscalías porque “es indudable que son dependencias del Poder Ejecutivo que actúan como tal” (siguen sus órdenes) y “hay fiscales que me generan dudas” y actúan “mandatados”. Desde agosto de 2015 (Ley Nº 19.334), la Fiscalía General de la Nación es un servicio descentralizado. Miente entonces cuando dice que los fiscales dependen del Poder Ejecutivo. Lo sabe, pero le resulta conveniente engañar a los electores. Aprende rápido en su nueva profesión.
Como contraposición trató de quedar bien con el Poder Judicial, en cuyos jueces dice que confía. En seis meses se dio vuelta como una tortilla.
En marzo, en su informe a Vázquez afirmó que en las investigaciones sobre militares la Justicia “en muchas oportunidades se apartó de los más elementales principios del Derecho y no dando garantías a los acusados (…) muchos de los imputados han sido condenados sin pruebas (…) el militar que es citado como indagado es considerado culpable aun antes de ser juzgado, no tiene las garantías del debido proceso y es condenado en base a conjeturas o convicciones inadmisibles, sin pruebas fehacientes y en muchos casos fraguadas o inventadas”.
No hay dos lecturas. Para él, los fiscales y jueces que han intervenido en esos actos delictivos son corruptos que con mala fe perjudican a los militares investigados por delitos de lesa humanidad.
En esos juicios —en diferentes etapas y sedes— han intervenido una treintena de jueces y fiscales además de la Suprema Corte de Justicia y el fiscal de Corte. ¿Todos conspiraron para perjudicar a los condenados?
De repente, todo el razonamiento anterior es inútil y la jueza Vargas decide que no hay delito y archiva. El fiscal puede apelar. Ahí empieza otro teleteatro, pero siempre bajo el escudo de los fueros de Manini.