N° 1874 - 07 al 13 de Julio de 2016
N° 1874 - 07 al 13 de Julio de 2016
Accedé a una selección de artículos gratuitos, alertas de noticias y boletines exclusivos de Búsqueda y Galería.
El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEs domingo y un predicador expone ante los fieles en una ceremonia religiosa de una de las iglesias no tradicionales de Montevideo. Durante la semana ese religioso trabaja como juez del Poder Judicial. En sus sermones suele vincular ejemplos de la ley con la Biblia.
Unos días más tarde, durante un fin de semana, otro juez, como lo hace con frecuencia, parte con destino a Buenos Aires. Lo acompaña un hombre, su pareja desde hace años. Viajan para presenciar espectáculos teatrales y comprar textos de Derecho en librerías especializadas.
Varias decenas de hombres y una veintena de mujeres jueces participan activamente en la masonería. Cada tanto exponen sobre temas filosóficos o jurídicos respondiendo a consultas genéricas.
Ninguno de ellos ha hecho pública su condición de religioso, de homosexual ni de integrante de la Masonería. Tampoco ha sido denunciado por esas actividades íntimas ni ha tenido sanciones del Poder Judicial derivadas de estas.
La Corte de Justicia de Paraguay planteó ante la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial una interrogante: ¿La pertenencia a logias masónicas afecta la independencia de los jueces? La Comisión concluyó en que si bien no hay “incompatibilidad” es conveniente desde el punto de vista ético que antes de asumir el cargo los magistrados declaren “a qué asociaciones u organizaciones no judiciales están afiliados”. Una especie de declaración jurada sobre su intimidad. Un streap tease sobre su alma, sus convicciones y sus principios filosóficos.
Paraguay es Paraguay y está todo dicho. Hace unos meses, la Corte de ese país, pese a las advertencias recibidas por otros países debido al FIFA Gate, mantuvo su decisión de organizar la Cumbre Iberoamericana en el hotel propiedad de la corrupta Conmebol. La ética es de goma.
Al ser consultado por la periodista Victoria Fernández sobre la posición de la Comisión, el presidente de la Suprema Corte uruguaya, Ricardo Pérez Manrique, dijo que “comparte la decisión”. Lo fundamentó en que “está en línea con la necesaria transparencia en el funcionamiento del sistema de Justicia” (Búsqueda Nº 1.873)
Menudo intríngulis. Desde que tengo uso de razón, en cada ocasión que los jueces toman una decisión en casos con determinado peso no faltan políticos o ciudadanos que, sin ningún fundamento, las atribuyan a “la influencia de la Masonería”. Una idea fija. Casi una paranoia. Ninguno de esos críticos considera que los fallos están sometidos a un sistema de controles y que deben ser fundados. Los amigos masones podrán soplar en el oído de algunos, pero no decidir.
En 1907 la entonces denominada Corte Suprema de Justicia se creó con un fuerte respaldo de la Masonería. Esta institución le regaló al Poder Judicial muebles tallados con símbolos alusivos. Por lo menos tres de sus primeros integrantes, Benito Cuñarro, Teófilo Piñeyro y Julio Bastos, fueron connotados masones.
Bastos fue Soberano Gran Comendador. Desde entonces, como me admitió hace varios años el ex gran maestro Carlos Bolaña, “muchísimos jueces son masones y tenemos una relación estrecha”. Transcurrió más de un siglo desde la creación de la Corte y no existen antecedentes o denuncias concretas de ilegalidades, irregularidades o abusos de jueces por su condición de masones.
¿A partir de la postura judicial iberoamericana dónde dejamos la intimidad? ¿Qué hacemos con el artículo 10 de la Constitución?: “Las acciones privadas de las personas que de ningún modo atacan el orden público ni perjudican a un tercero, están exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la República será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”.
Por lo tanto, que los jueces declaren públicamente lo que anida en su fuero íntimo es tan fantástico como proponerlo.
El abogado y filósofo español Ernesto Garzón Valdés, profesor emérito de cinco universidades, ha sostenido que el debate entre intimidad y privacidad ha sido fuente de discusiones poco profundas “o de enfoques morales que atribuyen el derecho a la privacidad a una jerarquía prejurídica. Es decir, que lo volvería inmune a toda regulación jurídica positiva. Lo público necesita y produce el derecho; la privacidad puede y debe estar sujeta a límites y a normas; la intimidad, tajantemente, a ninguna”, sostiene (1).
“No tener intimidad, no tener secretos, es perder el control acerca de cómo los demás nos miran y quedamos librados a la coerción (la coacción, la restricción). Por eso solo desnudamos nuestra intimidad a nuestros íntimos”, razona la veterana filósofa moral sueca Gissela Bok.
Aunque pueden existir conspiraciones de grupos masónicos de jueces, también pueden desarrollarlas los grupos sociales, homosexuales o lesbianas que integran la magistratura, o grupos religiosos que respalden a jueces que los integran.
Llevar a la práctica la iniciativa paraguaya es peligroso. Se abre una puerta sin límites.
Vale recordar aquella frase mal atribuida a Bertolt Brecht: “Primero vinieron a buscar a los comunistas, y yo no hablé porque no era comunista. Después vinieron por los socialistas y los sindicalistas, y yo no hablé porque no era lo uno ni lo otro. Después vinieron por los judíos, y yo no hablé porque no era judío. Después vinieron por mí, y para ese momento ya no quedaba nadie que pudiera hablar por mi”.
(1) “Lo íntimo, lo privado y lo público” en “Claves de razón política”, Madrid 2003