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    Procedimiento policial en Salto

    Sr. Director:

    Las garantías constitucionales, la ley y el jefe de Policía de Salto. A partir de una insustancial denuncia anónima (nadie se ha hecho cargo de ella), la Jefatura de Policía ha generado en Salto una situación alarmante. La posibilidad de un atentado “contra la vida” del intendente, a cargo del sexagenario periodista Luis Giovanoni (director de Radio Arapey), es inverosímil y nadie en Salto puede considerarlo más que como un disparate.

    No obstante, a partir de esa supuesta denuncia, el jefe de Policía dispuso dos procedimientos, que comenzaron con el intento de detención de Federico Giovanoni (hijo del supuestamente denunciado), encañonado por un grupo de policías al grito de “arriba las manos” cuando el joven empresario ingresaba a la Intendencia, citado por autoridades del gobierno departamental a una reunión por temas publicitarios.

    La exhibición de armas, la violencia innecesaria y teatral del procedimiento, que somete a la persona que es objeto de él a una tremenda violencia moral y al “escarnio público”, constituye un claro abuso de autoridad.

    No conforme con esa “pifia”, esa misma noche, a las 23 horas, un nuevo procedimiento a cargo de un comisario, con un par de camionetas y abundante personal policial, ingresaron a la chacra donde tiene su vivienda Luis Giovanonni, con la pretensión de conducirlo “a declarar en averiguaciones”.

    Dejemos de lado la posibilidad de una maniobra política pretendiendo el descrédito del periodista con una denuncia falaz y anónima; dejemos de lado la violencia intimidatoria a que fue sometido su hijo por parte de la autoridad policial y enfoquemos la atención en este último suceso.

    La Constitución de la República establece en su artículo 11: “El hogar es un sagrado inviolable. De noche nadie podrá entrar en él sin consentimiento de su jefe, y de día, sólo de orden expresa de Juez competente, por escrito y en los casos determinados por la ley”.

    El jefe de Policía de Salto ha violado una de las más importantes garantías constitucionales, el carácter sagrado de hogar de un ciudadano; lo ha hecho con premeditación, porque mediaron horas entre el lamentable procedimiento fallido y la decisión de la nueva acción que por fuerza debe haber sido meditada, y además lo ha hecho con nocturnidad, que es un nuevo agravante.

    El hecho que Luis Giovanoni sea un conocido periodista no le quita ni le agrega al asunto, excepto por el mérito de haber hecho público el atropello, de los que siempre ocurren cuando quienes confunden poder con autoridad se quieren llevar por delante a la gente.

    No conforme con lo anterior, y enfrentado a la denuncia del hecho (condenado enérgicamente por el periodista Leonardo Silva en su programa radial a la mañana siguiente), el jefe de Policía envió a un subordinado suyo acompañado de un escribano a reclamar la grabación del programa; olvidando (¿o ignorando?) que esa requisitoria debe hacerla el juez competente.

    El jefe de Policía de Salto ha demostrado con la elocuencia de los hechos que está incapacitado para desempeñar las responsabilidades y ejercer el poder que le ha confiado el Ministerio del Interior; que habrá de pronunciarse a la brevedad sobre esta situación, definiendo con claridad su compromiso con las instituciones de la República y los derechos que esta garantiza a sus ciudadanos.

    M. J. Llantada Fabini

    CI 4.197.378-1

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