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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEn la edición de Búsqueda del 28 de agosto de 2014, Andrés Cikato afirma en una columna de su estudio de abogados que “la protección del producto del intelecto humano es propiedad intelectual” y que “creadores e inventores descubren en los derechos de autor, marcas y patentes un albergue que cobija el esfuerzo y la habilidad reformadora”.
En mi opinión, las creaciones culturales y científicas deben protegerse promoviendo su creación y utilización. Sin embargo, la propiedad intelectual consiste en una serie de derechos exclusivos para sus titulares, o, dicho de otra manera, una serie de restricciones para los usuarios.
La tecnología actual permite mandar archivos digitales en segundos a cualquier parte del mundo e imprimir cualquier objeto tridimensional en horas. Pienso que las restricciones que impone la propiedad intelectual atentan contra el desarrollo de la sociedad.
Por ejemplo, los derechos de reproducción y distribución del autor significan que está prohibido realizar copias de dichas obras y distribuirlas a otras personas sin permiso del titular. Incluso en algunos países democráticos, el Estado obliga a las empresas de telecomunicaciones a espiar los mensajes de sus usuarios para detectar infracciones y sancionarlos con reducciones o cortes en los servicios, todo ello sin supervisión judicial. Muy atrás quedó el secreto de la correspondencia.
En tanto, las patentes implican que solamente el titular puede decidir quién puede fabricar, utilizar y distribuir dicho producto. Han aparecido empresas dedicadas a tramitar patentes ridículamente vagas de productos que jamás fabricaron, para luego demandar a otras empresas por violar sus derechos. Las grandes empresas tramitan miles de patentes al año, no para proteger sus innovaciones ante sus competidores, sino para evitar que las demanden.
Se supone que las leyes de propiedad intelectual ayudan a que los creadores puedan vivir dignamente de su trabajo y fomentan la creación de obras nuevas. Sin embargo, varios ejemplos contradicen esa teoría.
En Uruguay, los derechos de autor vencen 50 años después de la muerte del autor y varios tratados internacionales imponen plazos aún más largos. En general las obras tienen valor económico durante unos pocos años, los titulares no necesitan un plazo tan largo para beneficiarse. Además, dicho beneficio incentiva a los creadores a dormirse en los laureles luego de lanzar un éxito, en vez de seguir realizando obras nuevas cada año.
También se advierte en la farmacéutica que una enorme parte del gasto en innovación se destina a buscar mejoras mínimas en los medicamentos actuales. El sistema de patentes no sirve para enfocar la investigación en áreas de interés general, como medicamentos para enfermedades sin tratamientos conocidos.
Por otra parte, no todos los autores aplican dichas restricciones a sus obras. La enciclopedia Wikipedia, el sistema operativo Linux y el servicio de mapas OpenStreetMap son ejemplos de productos exitosos que utilizan licencias de uso libre. Las comunidades que desarrollan esos proyectos tomaron esa opción para animar a los usuarios a copiar, distribuir, usar y modificar sus obras libremente.
Y no se trata solamente de amateurs. Numerosas empresas informáticas distribuyen programas con licencias libres y aprovechan la mayor difusión para ofrecer servicios personalizados a más clientes. También hay una enorme cantidad de artistas que publican sus obras con licencias libres, para conseguir más seguidores y así ganar dinero mediante conciertos, merchandising o donaciones.
A lo largo de la carta usé el término “titular” en varias ocasiones. No lo hice para variar, sino porque muchos creadores firman contratos con empresas para transferirles sus derechos de propiedad intelectual. Los principales beneficiarios de las leyes de propiedad intelectual son intermediarios entre los creadores y los usuarios.
Por ejemplo, es sabido que las asociaciones de autores tienen costos de administración altísimos, por lo que a los autores les llega un pequeñísima parte de la recaudación de la asociación. Además, los sistemas de reparto benefician a los autores más exitosos, al punto que los de menores ingresos ni siquiera pueden votar en las elecciones de la asociación.
Pienso que debería estudiarse una reforma a las leyes de propiedad intelectual para que la sociedad entera pueda beneficiarse de la innovación tecnológica.
Ignacio Bettosini
CI 4.557.676-7