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La ausencia de concursos para ingresar o ascender en la carrera judicial ha provocado debates a lo largo de los años. En el Poder Judicial hay quienes argumentan que la urgencia de llenar las vacantes hace que sea difícil instrumentar concursos, y defienden la idoneidad del sistema de designaciones de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) basado en evaluaciones de los magistrados superiores. Del otro lado, cuestionan la discrecionalidad de las decisiones y piden que la carrera se “profesionalice”.
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“Los militares ascienden por concurso en tiempos de paz; en tiempos de guerra, lo hacen por su desempeño en el campo de batalla. Los jueces estamos prácticamente siempre en el campo de batalla”. Con ese ejemplo ilustró el ministro Jorge Chediak las dificultades que observa la Corte para implementar concursos para el ascenso de los jueces durante una sesión de la Comisión de Asuntos Administrativos del Senado en la que se discutió un proyecto de ley elaborado por el senador del Frente Amplio Charles Carrera.
El legislador es uno de los principales impulsores de que se establezcan concursos de oposición y mérito para los jueces, y redactó un proyecto para modificar la Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales (Nº 15.750) que el oficialismo presentó en el Parlamento en 2018. Ayer miércoles la comisión aprobó el texto por unanimidad. Ahora pasará a estudio del Senado.
“Un país democrático y moderno debe apostar a la creación de normas que le permitan al funcionario público ingresar y ascender de manera transparente y clara”, dice la iniciativa en la exposición de motivos. Propone, entre otras cosas, que “la única vía para ingresar a la judicatura sea a través del concurso de oposición y méritos”.
En la actualidad los jueces son designados por la Corte, aunque desde hace unos años los ministros acordaron solo nombrar a candidatos egresados del Centro de Estudios Judiciales (CEJU), que brinda una formación de dos años a los abogados que aspiran a la judicatura. Los ascensos son resueltos por la Corte, que elige entre los magistrados que integran la lista para ascender. Esa lista se elabora por una comisión asesora integrada por representantes de la Corte, del Colegio de Abogados y de la Asociación de Magistrados, a partir de las evaluaciones de los jueces que hacen sus superiores procesales.
Durante la sesión, realizada la semana pasada, Carrera reconoció el “compromiso político” de los ministros de no aprobar ningún ascenso o ingreso a la magistratura si no se salva el concurso del CEJU. Sin embargo, dijo, ese requisito debe quedar sentado en una ley.
La Corte, por su parte, advirtió sobre eventuales inconstitucionalidades del texto legal. “Hemos estudiado el proyecto en el acuerdo y hemos advertido que, posiblemente, se incurra en alguna inconstitucionalidad”, dijo el presidente de la corporación, Eduardo Turell. También el senador colorado Pedro Bordaberry planteó dudas acerca de la “constitucionalidad” de la norma.
Es que la Constitución otorga amplias potestades a la SCJ para nombrar, promover y destituir a los jueces, y el proyecto de ley las limitaría.
Turell explicó que “para evitar un pronunciamiento que luego sea considerado un prejuzgamiento”, no emitirían opinión sobre la norma. De todos modos, los ministros explicaron algunas dificultades que enfrentan a la hora de definir traslados y ascensos.
Durante la implementación del nuevo Código del Proceso Penal en 2017 debieron hacerse 130 traslados, 178 ascensos y 33 ingresos, planteó Chediak, quien señaló que la rapidez para concretarlos fue clave y que dejar juzgados vacantes por un periodo significativo es “caótico”. Además, debido a la gran necesidad de ingresos, quedó en evidencia que “establecer que sea necesario el egreso absoluto del CEJU también es un problema”, dijo. “¿Qué fuimos haciendo para no dejar un número enorme de juzgados vacantes en la pirámide? Fuimos nombrando a los que estaban cursando el CEJU antes de que terminaran porque, de lo contrario, aún hoy estaríamos con déficit”, explicó.
Por otra parte, el ministro planteó que hacer obligatorios los concursos para los ascensos llevaría a evaluar a los jueces por el resultado de pruebas teóricas, cuando para la Corte “es muy importante y determinante el desempeño efectivo del juez en el lugar en donde se encuentra”. Debido a eso consideró fundamentales las calificaciones de los superiores procesales inmediatos. Los ministros Turell y Luis Tosi añadieron que actualmente la Corte fundamenta todos los ascensos y traslados.
Desde el gremio de los jueces, en cambio, ven con buenos ojos la iniciativa. El presidente de la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU), Alberto Reyes, dijo a Búsqueda que es “un avance” y que va en línea con reclamos históricos de los jueces de dar más claridad y transparencia a las decisiones. “La ley lo que viene a hacer es provocar cambios que la Corte los podría haber asumido bastante antes”, evaluó.
En ese sentido, contó que a principios de los 90 el gremio logró que se elaborara una lista de ascenso con los jueces mejor evaluados, que se ordenaba de acuerdo a los puntajes más altos. Pero luego la Corte eliminó ese orden y dispuso uno alfabético, por lo que puede elegir entre cualquiera de los que la integran. De ese modo “recuperó discrecionalidad”, dijo Reyes. Por eso la asociación planteó en la comisión del Senado que el proyecto especifique que la lista de ascenso debe ordenarse de acuerdo a los méritos.
“Nosotros aspiramos a que la ley, de alguna manera, paute esa idea de que no es una bolsa de donde se puede elegir a cualquiera, sino que hay un orden que va a ser el resultado del proceso calificativo”, dijo Reyes ante los legisladores.
“Siempre hubo planteos de la asociación que reclamaban ajustar esos criterios, y que hubiera un orden claro para los ascensos”, añadió a Búsqueda.
Incorporar los concursos para determinar los ascensos es “más saludable”, opinó Reyes, porque las evaluaciones de los superiores no siempre dejan conformes a todos y generan desconfianza entre quienes no consiguen integrar la lista. El proyecto de ley propone una combinación de ambos sistemas, lo que Reyes evaluó como positivo.
Los traslados también son vistos como opacos, en particular cuando implican el cambio de una materia a otra. “Eso siempre ha sido motivo de suspicacia”, dijo Reyes. Por eso plantearon a los legisladores que los traslados que no sean parte de una reorganización, como, por ejemplo, la reforma del proceso penal, deben ser consentidos por los jueces. “Creemos que se ha descuidado la inamovilidad como parte de la independencia interna”, opinó.