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    Sombrillas en las playas

    Sr. Director:

    Reglamentación municipal. En febrero de 2015 escribí una carta a Búsqueda titulada “Arenas comunes de uso exclusivo”, refiriéndome a la llamativa situación que se daba en las playas de Punta del Este, donde algunos edificios se apropiaban de las arenas públicas ubicando sombrillas y reposeras a través de un servicio contratado.

    Las mismas se ubicaban en la primera línea, imposibilitando que otros usuarios de la playa tuvieran acceso a ese sector, tan demandado.

    Lo que no es aceptable en esta situación es que los edificios manden colocar esos implementos sin que sean ocupados en el momento.

    En algunos casos, se ocupan horas después ya que son colocadas muy temprano en la mañana, como forma de asegurar el mejor espacio a los habitantes del edificio en cuestión.

    Hace unos días, en Montevideo Portal, leí la noticia de que la Intendencia de Maldonado había recordado a 160 administradoras de edificios la reglamentación vigente. La nota titulaba que la Intendencia llamaba la atención a edificios por “abuso de sombrillas” y seguía diciendo que la Intendencia de Maldonado dio un “tirón de orejas” a edificios que se apropian de la playa colocando de forma permanente sombrillas y reposeras.

    También vi la noticia en televisión, en uno de los noticieros de la noche, lo cual me reafirmó de que el tema se consideraba y que se estaban ocupando.

    Me pareció una buena iniciativa de parte de la comuna.

    Para ilustrar sobre la reglamentación, el artículo 5º dice lo siguiente:

    5º)  Antes de la hora 9:00 a.m. se podrán instalar hasta tres (3) sombrillones y seis (6) reposeras a una distancia no inferior a los 10 metros de la línea de la rompiente de la ola. Los implementos señalados deberán ser retirados de inmediato al producirse el retiro de los usuarios. Solo podrán instalarse implementos que excedan los mencionados a solicitud de usuarios que ocupen inmediatamente los mismos.

    El domingo pasado, a las 9:30 a.m., ingresé a la playa en la bajada que está a la derecha del parador Papa Charly, frente al edificio Tiburón I.

    Quedé sorprendido al ver 16 sombrillones, cada uno con 2 reposeras, desarrollados en 2 líneas y muy cerca del agua. Todos tenían la inscripción EDIFICIO TIBURON l. De los 16, solo 3 estaban ocupados. A las 11 de la mañana varios seguían desocupados.

    No medí la distancia a la rompiente de las olas pero parecía bastante menor a los 10 metros y en ningún momento se retiraron sombrillas y reposeras vacías.

    No entiendo cómo puede suceder esto, si las administraciones y los edificios fueron notificados.

    Tal vez podemos pensar que lo que vi es una excepción, pero no es así. A un par de metros del campamento mencionado se desarrollaba otro, de un edificio que ni siquiera está sobre la rambla. Basta caminar por esa zona para ver que el incumplimiento es importante.

    Tal vez sea bueno que alguien de la Dirección General de Higiene y Medio Ambiente se dé una vuelta por la playa.

    Me parece que es una buena forma de controlar. Si no, podemos pensar que los reglamentos no se cumplen, los edificios hacen lo que quieren y no pasa nada.

    Espero que no sea así, que de una vez por todas se respete y si no, se sancione, ya que se trata del “uso de un espacio público frágil y acotado, por lo que corresponde ordenar y regular dichas actividades en atención al interés comunitario”.

    Nelson R. Barreto

    CI 1.402.524-6