N° 1935 - 14 al 20 de Setiembre de 2017
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáLa antigua fábula medieval dice que, agotados sus recursos, un rey inglés les ordenó a sus secuaces que aumentaran la recaudación entre la población y que si no pagaban les arrebataran sus pertenencias. Fue cuando surgió Robin Hood, el justiciero. Aquí el gobierno busca arrebatarles a sus acreedores el dinero que tienen derecho a cobrar y para impedirlo, el papel de fantasía de Robin Hood lo asumirá en la realidad la Suprema Corte de Justicia.
No voy a decir nada que un ciudadano atento no haya leído u oído sobre el artículo 15 del proyecto de Rendición de Cuentas que el gobierno quiere aprobar contra viento y marea. En la Cámara de Diputados esa arrebatiña logró los votos con el apoyo del diputado colorado Fernando Amado, que metió un pie en el oficialismo de espaldas a la Constitución.
El artículo proyectado dice: “El Poder Ejecutivo podrá comprometer gastos de funcionamiento o de inversiones sin que exista crédito disponible, cuando se trate del cumplimiento de sentencias judiciales, laudos arbitrales, o situaciones derivadas de lo establecido en los artículos 24 y 25 de la Constitución de la República, salvo que ello afecte la atención de los servicios a su cargo. En este último caso, el Poder Ejecutivo quedará eximido de los plazos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en otras normas legales”.
La propuesta alcanza los casos del art. 400 del Código General del Proceso (CGP), en los cuales el Poder Ejecutivo-Ministerio de Economía y Finanzas es el agente de pago. No comprende a los organismos que pagan con su plata.
Varios secuaces, que antes de gozar del poder vivían a menos diez, se sienten con autoridad para arrebatarles sus derechos a trabajadores, como lo fueron ellos. Anteponen los intereses políticos a la ley y al derecho de los acreedores.
Todos sabemos —los especialistas del gobierno en primer lugar— que si se aprueba esa norma a los diez minutos se planteará su inconstitucionalidad, que será votada por la Suprema Corte de Justicia. No es un pronóstico aventurado. Se basa en lo disparatado de la iniciativa y en que a la Constitución hay que respetarla. Se acabaron los golpes militares y las insurrecciones revolucionarias.
No hay un solo especialista que diga que ese artículo se ajusta a la Carta. Por su precisión elegí una síntesis en el semanario Crónicas del director del Departamento de Derecho Constitucional y Derechos Humanos de la Universidad Católica, Martín Risso.
“Es inconstitucional porque viola el principio de separación de poderes. Hay una distorsión del principio y una concentración de poder en el Ejecutivo y afecta el derecho constitucional y convencional de acceso a la Justicia y tutela judicial efectiva que incluye el derecho a que las sentencias se ejecuten”, argumentó el jurista.
El artículo 15 es como legalizar por ley la estafa, el hurto o la rapiña. O todos juntos.
Risso no duda de que si ese artículo se sanciona será declarado inconstitucional, pero de acuerdo con el trámite promedio en la Corte, recién ocurrirá a mediados de 2019. Mientras tanto, el gobierno seguirá con la bicicleta. La principal deuda es con 3.800 funcionarios judiciales de a pie a quienes el gobierno debería pagarles US$ 40 millones que se arrastran desde 2012. Rechaza hacerlo pese a la orden judicial. El gobierno intentó por diversos caminos que los trabajadores aceptaran una quita pero los judiciales se mantuvieron en sus trece. Han tomado diversas medidas gremiales que afectan el funcionamiento del Poder Judicial. Están en su derecho.
Si no fuera porque la maniobra camandulera es tan burda habría que reírse a carcajadas. Luego de que se promulgó la ley de presupuesto que por ignorancia supina habilitó esa deuda, el gobierno intentó dar marcha atrás con normas que la Corte declaró inconstitucionales. Ahora pretenden jugar al rango con otra ley inconstitucional para dilatar ese y otros pagos. Siguen especulando con la necesidad de los funcionarios para torcerles el brazo. Por ahora no parecen dispuestos a perder la pulseada, y si es necesario reclamarán ante organismos internacionales por ese acto corrupto.
Quienes decían ser los defensores de los pobres, de quienes ganan menos, de los necesitados y de los desamparados, se colocan en la vereda opuesta a aquellos principios y los atacan. Se revuelven las tripas.
Varios servidores del gobierno responsabilizan a la Corte por haber juzgado en un tema que la involucra para declarar inconstitucionales las modificaciones. Una trampa dialéctica para confundir al ciudadano. En esos fallos no intervinieron jueces involucrados en la deuda, sino otros. ¡Qué pretenden, que decida el Tribunal de Penas de la AUF o los justicieros del Quincho de Varela!
Los elogios del rey a la valentía, la honestidad y la dedicación al trabajo del vicerrey Raúl Sendic, hablan no solo de falta de vergüenza, sino sobre la filosofía ética del gobierno. Sendic se va cobrando US$ 13.000 mensuales y a los judiciales pretenden arreglarlos con migajas.
A dos meses de conocerse el artículo 15 apareció el Colegio de Abogados del Uruguay con el objetivo de lograr “el funcionamiento normal del Poder Judicial”. Como abogados es su objetivo principal.
El lunes 4 se expidió sobre la cuestión con la base de lo que calificó como “diferendo” entre los funcionarios judiciales y la reiteración de los fallos de la Corte que han declarado inconstitucionales las leyes aprobadas por el Parlamento que pretendieron revertir el derecho al cobro. Por ello, los abogados exhortan al gobierno a “cambiar su enfoque concentrándolo en la más irrestricta defensa del orden jurídico, que presupone, en primer término, el cumplimiento de los fallos judiciales”.
Con esa misma línea expresan “como ciudadanos y como abogados” ser “firmes defensores del principio republicano de separación de poderes y del ineludible cumplimiento de las decisiones jurisdiccionales basadas en autoridad de cosa juzgada por parte de todas las personas, sean estas físicas, jurídicas, públicas o privadas”.
Habrá que ver si ante la sucesión monolítica de los especialistas el rey abandona el camino que lo conducirá, irremediablemente, hacia otra declaración de inconstitucionalidad.