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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáLa flexibilización del secreto bancario, la imposición a ciertas rentas de los no residentes, la desaparición de las SAFIs, la suscripción de tratados de intercambio de información con varios países, sumados a la ley 18.930 que regula la identificación de los accionistas al portador, han significado un proceso del Uruguay, como política de Estado, tendiente el cumplimiento de pautas y lineamientos sugeridos por organismos de la comunidad internacional.
El artículo 26 del Modelo de Convenio OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) proporciona un amplio marco para el intercambio de información entre los estados firmantes, sin limitar las formas en que puede realizarse, siendo las principales el intercambio previa petición, el automático y el espontáneo. Uruguay aprobó la Fase 1 de la Revisión entre Pares adoptando las medidas referidas precedentemente para adecuar su marco normativo.
La discusión interna sobre la necesidad o conveniencia de ajustarnos a los lineamientos sugeridos fue un poco superficial (salvo honrosas excepciones) y el trámite parlamentario fue una ráfaga de proyectos de ley sobre acuerdos bilaterales de intercambio de información tributaria. Más allá de la vertiginosa carrera legislativa, el tema era y es más complejo.
En la Fase 2 se evaluará si con tales medidas es posible un eficaz intercambio de información o si son necesarias otras. En cuanto al mecanismo utilizado para el intercambio, los convenios para evitar la “doble imposición” en materia tributaria suscritos por Uruguay sólo prevén el de previa solicitud.
Uruguay ingresó el viernes 30 de octubre al Centro de Desarrollo Económico de la OCDE y el presidente Tabaré Vázquez afirmó en París, en el marco de su visita oficial a Francia, que el país “hizo la autocrítica necesaria y ahora cumple con todas las exigencias internacionales de transparencia”.
Tras los cambios efectuados y la firma de acuerdos de intercambio de información fiscal, atrás quedó la inclusión del país en una “lista gris” de estados que no hacían lo suficiente para luchar contra la evasión impositiva y el lavado de activos.
El ingreso de Uruguay como observador en el Centro de Desarrollo Económico de la OCDE y la invitación para integrar el Comité de Asuntos Fiscales de la organización se encuadran en una integración necesaria, en este caso a uno de los organismos económicos internacionales de cooperación. Conviene distinguir entre organismos de cooperación, que se limitan a formular recomendaciones y propuestas sin que haya por tanto reducción significativa de la soberanía de los estados miembros, y organismos de integración con objetivos más ambiciosos.
Entre los 34 estados miembros plenos, figuran sólo dos latinoamericanos: México desde 1994 y Chile desde 2010. Colombia, Brasil y Perú están encaminados al ingreso a la organización e integran más de 20 comités de las misma. Brasil, Argentina y Perú integran el Comité de Inversiones de la OCDE, en estatus de miembros adherentes de la Declaración sobre Inversión Internacional y Empresas Multinacionales, lo que marca el camino a la participación en ámbitos de relevancia de acuerdo a los intereses nacionales, dentro de la comunidad internacional, más allá de procesos de integración regional, que se puedan dar, como puede ser el caso del Mercosur o de la Unión Europea.
En el transcurso de la segunda guerra mundial, cuando Estados Unidos no participaba aún en la misma, se propusieron analizar ideas para crear instituciones que fomentaran la paz entre naciones. Esta idea nació en 1941 con la llamada “Carta del Atlántico”, propiciada entre dos leyendas de la política internacional de la época: Winston Churchill y Franklin Roosevelt. Más de 60 años después, la vigencia y necesidad de pertenencia a estos relacionamientos de la comunidad internacional otorgan seriedad y credibilidad al Uruguay, sello de fabrica de nuestra nación desde su nacimiento mismo.
Lejos queda el año 2009, cuando el presidente de Francia, Nicolas Sarkozy, (previa reunión con la presidente argentina, valga la “causalidad”), nos incluyera en una “lista gris” de países con características legislativas de “paraísos fiscales” (olvidando a su vecino, el “Principado de Mónaco”). La lejanía mencionada se da más en lo cualitativo que en lo cuantitativo de los años.
En estos días, el presidente francés, François Hollande, felicitó al presidente uruguayo, Tabaré Vázquez, por el nuevo estatus del Uruguay en el concierto económico internacional.
Ironías de la vida del Derecho Internacional Público, que generalmente se dan en procesos de décadas y debe primar la prudencia y la paciencia, pero buena cosa ha sido que en este caso, los episodios mencionados se hayan dado en un parpadeo dentro de los parámetros de los tiempos internacionales de integración.
Por último, y dejando pendiente para otro artículo su análisis, cabe destacar la elección del Uruguay como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, lo que no es irrelevante y apareja responsabilidades y profesionalismo de parte de nuestro Estado, para no caer en el ignorante concepto de que “todo es lo mismo” y “no pasa nada, ni cambia nada” cuando en la comunidad internacional, minuto a minuto se definen temas relevantes en los que siempre más vale estar que no estar.
Como nos dejara de enseñanza el Papa Benedicto XVI, no nos dejemos pisar por la “Dictadura del relativismo”, es decir, por la idea de que todas las opiniones (por ser respetables) son válidas; nada es mejor ni peor, ni nada está mal ni bien, sino que todo depende de “donde se mire”.
Nos negamos a esa indiferencia que esconde ignorancia, donde es más fácil no estudiar, profundizar y conocer de un tema, para dar opiniones fundadas y, en cambio, se opina “al grito” sobre todos los temas, porque así lo impone la mencionada referencia papal.
Esto en nada afecta el legítimo derecho a opinar y expresarse, pero nos ofrece a los receptores, el deber-derecho de distinguir unas opiniones de otras.
Dr. Marcelo Maute Saravia
Profesor Adscripto de Derecho Internacional Público
Universidad Católica del Uruguay