Ni un borrador
En 2006 el país ratificó la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, en la que se establece que cada Estado parte, “de conformidad con los principios fundamentales de su derecho interno”, deberá adoptar medidas “para prevenir la corrupción y mejorar las normas contables y de auditoría en el sector privado, así como, cuando proceda, prever sanciones civiles, administrativas o penales eficaces, proporcionadas y disuasivas en caso de incumplimiento de esas medidas”.
Pese a haber ratificado la convención, Uruguay “no posee un marco anticorrupción para el sector privado”, advierte la ONU en un documento sobre el país.
Otros países sí avanzaron y han profundizado sus normas para combatir la corrupción privada. En 2018, por ejemplo, Chile aprobó una ley que creó un nuevo delito de corrupción dentro del mundo privado, estableció penas de cárcel para empleados o mandatarios de compañías que soliciten o acepten un beneficio para favorecer la contratación de un oferente por sobre otro.
A fines del periodo pasado, semanas antes de las elecciones nacionales de 2019, el Parlamento uruguayo aprobó por unanimidad una ley que modificó el sistema de declaraciones juradas de los funcionarios públicos con el objetivo de darle mayor transparencia y mejorar los controles. Estableció además que la Jutep debía preparar “un anteproyecto de ley que analice y prevea medidas para prevenir la corrupción en el sector privado, el cual podrá incluir mecanismos de declaraciones juradas de ingresos y activos de particulares que administren fondos públicos o mantengan vínculos contractuales con la administración pública, entre otros instrumentos”. La propuesta debía ser remitida “en un plazo máximo de 90 días” contando a partir el 1° de marzo del 2020, fecha de entrada en vigencia de la ley.
Llegaron las elecciones, cambió el gobierno y también la integración de la junta, y el “plazo máximo” para presentar el anteproyecto fue largamente superado.
El nuevo Directorio de la Jutep asumió en julio del 2020, después de que el organismo estuviera paralizado por falta de autoridades. La Memoria Anual del Poder Ejecutivo presentada a fines de ese año informaba entonces que, entre otras cosas, los jerarcas de la junta estaban “avanzando en la elaboración” del anteproyecto “que introduzca medidas de prevención de la corrupción en el sector privado”. La denominada “junta anticorrupción”, sin embargo, hasta ahora no tiene armado ni siquiera un borrador, según supo Búsqueda.

Alejandro Astesiano durante una audiencia en el juzgado. Foto: Mauricio Zina / adhocFOTOS
“Le tiro unos mangos”
La necesidad de legislar el tema no solo responde a los compromisos internacionales que asumió el país, dijo a Búsqueda la abogada Carla Arellano, experta en temas de cumplimiento y anticorrupción en el estudio Ferrere. “También es necesario por el tema económico, porque la corrupción es mala para la economía de los países”, explicó. La corrupción privada, según estudios internacionales, cuesta 3% del Producto Bruto Interno mundial, un dinero que podría usarse para proveer mejores servicios a la población.
Arellano dijo que hay empresas multinacionales de mediano y gran porte que operan en Uruguay, que cotizan en bolsa, fondos de inversión que “ya están aplicando sus normas que refieren a la corrupción en el mundo privado”. Esas regulaciones responden a las exigencias establecidas en los países que alojan a sus casas matrices, en los que la corrupción privada está legislada.
En ocasiones, según la experiencia de Arellano, las multinacionales enfrentan problemas a la hora de conseguir proveedores locales que cumplan con sus estándares anticorrupción. Es que sus regulaciones suelen incluir exigencias que también deben cumplir las empresas que subcontratan. Es habitual que las multinacionales exijan a sus proveedores tener capacitación anticorrupción y conocer cómo actuar para evitar conductas irregulares. “Y si lo mirás del otro lado, ese proveedor está en desigualdad, porque va a firmar el contrato y no va a tener ni idea de lo que tiene que cumplir y de los riesgos de hacer cosas que provoquen que les rescindan el contrato”, añadió Arellano. “El regular equipara a todos”.
Consultado por Búsqueda, Sebastián Ramos, secretario de Pacto Global Uruguay y abogado de Ferrere, dijo que si bien Uruguay está bien parado en los rankings internacionales que miden la percepción de corrupción, el cambio legal sigue siendo necesario.
“Cuando vos pagás a un funcionario público para que haga algo que tiene que hacer, es cohecho; y si le pagás para que haga lo que no tiene que hacer, es un soborno. Esas dos figuras, que son las típicas, en el ámbito privado no existen”, explicó. “Si a un gerente de una empresa le tiro unos mangos para que compre mis productos o para que no compre los de la competencia, pese a que son mejores, no incurro en delito por eso”.
La legislación actual permitió condenar a Figueredo por las coimas que recibió, pero se trató de un esquema “muy grosero” a nivel empresarial que permitía hablar de una estafa, un “estratagema” sofisticado para apropiarse de algo. “Estamos hablando de otros números, de otro maquillaje”, que no es tan habitual, dijo.
Después de que Búsqueda le planteara como ejemplo el caso de Alejandro Astesiano, excustodia del presidente Luis Lacalle Pou, investigado, entre otras cosas, por tráfico de influencias por temas grandes y pequeños, Arellano dijo que Uruguay es de “los mejores cuando se mide corrupción a gran escala, pero en el chiquitaje no. Lo que pasa es que mirás la megacorrupción en los países vecinos y quedamos chicos, pero los actos de corrupción que se dan a nivel de Uruguay son importantes pensando en que somos tres millones”.

Evento organizado por Pacto Global, UNODC y Ferrere Abogados el pasado 7 de diciembre sobre medidas para prevenir la corrupción en el sector privado
Responsabilidad de las empresas
Para cumplir con el objetivo previsto en la ley y elaborar un anteproyecto, la Jutep decidió pedir la colaboración de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc, por sus siglas en inglés).
En el marco de esa asistencia, la Unodc, Pacto Global Uruguay, una red de empresas asociada a la ONU y al cumplimiento de sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, y el estudio Ferrere organizaron una jornada de discusión el 7 de diciembre. En la actividad participaron representantes de la Cámara de Comercio y Servicios, la Unión de Exportadores, la Asociación Nacional de Micro y Pequeñas Empresas, la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, y de empresas nacionales y extranjeras.
Un resumen de la actividad divulgado por Ferrere indica que hubo acuerdo general entre los presentes en cuanto a que el anteproyecto debería incluir la tipificación de nuevos delitos como “el soborno local y transnacional, tráfico de influencias (incluyendo la regulación del lobby o grupos de presión), colusión, peculado o malversación de bienes, blanqueo de capitales (incluyendo la corrupción privada como delito precedente), y conductas que atenten contra la transparencia en los registros contables”.
Arellano sostuvo que una vez que se empiece a legislar al sector privado también van a quedar expuestas falencias en el control del área pública. Mencionó, a modo de ejemplo, la ausencia de regulación del lobby.
Ramos, por su parte, dijo que a la hora de elaborar el proyecto se debe tener en cuenta las particularidades del país. El 97% de las empresas son pequeñas y medianas, recordó. “No podés disparar una bazuca a una pecera”.
Arellano coincidió en que “las obligaciones deberían ser más pesadas para aquellas que tienen un porte económico que lo permite, pero para el que no lo tiene deberías tener la capacitación”.
La recomendación surgida del evento de diciembre es que se elabore un análisis de riesgo por sector de actividad para definir el grado de contralor que se exigirá por sector. “Todos los que contratan con el Estado, farmacéuticas, aduanas, servicios logísticos, puertos” deberían cumplir con ciertas exigencias.
“A la pequeña y mediana empresa no hay que dejarla fuera de la legislación”, opinó Arellano. “Capaz que ellos no tienen la posibilidad económica de tener un manual de cumplimiento, una matriz de riesgo y una capacitación. Se entiende, pero quizás al otro sector, el privado que tiene mayor capacidad económica, se le puede poner la responsabilidad de capacitar al proveedor, para que el proveedor pueda estar en el sistema”, evaluó la experta.
El avance de la elaboración de una norma que establezca el delito de corrupción privada provoca inquietud en el sector privado. El presidente de la Cámara de Comercio y Servicios, Julio César Lestido, dijo durante la apertura de la actividad en diciembre que “es importantísimo que Uruguay tenga reglas claras en este tema” y pidió trabajar “en conjunto” en su redacción. “Tenemos que tener en cuenta que en Uruguay el 97% de las empresas son micro o pequeñas empresas, no hay conciencia de anticorrupción o de corrupción”, dijo. Y advirtió que si el empresariado no es tenido en cuenta, después puede pasar que reaccione de manera negativa ante la nueva legislación.
Lestido sostuvo que es importante que haya controles y procesos de investigación, pero que toda esa fiscalización no puede recaer sobre las empresas. También cuestionó uno de los puntos que puede generar más polémica y que está contemplado en otros países como Estados Unidos: la posibilidad de que las personas jurídicas sean objeto de responsabilidad penal.
La legislación uruguaya “no prevé la responsabilidad penal de las personas jurídicas, solo las personas naturales son pasibles de responsabilidad penal, adhiriéndose así al consagrado principio ‘societas delinquere non potest’ (una sociedad no puede delinquir)”, resume la ONU sobre Uruguay.
Durante la actividad de diciembre en Montevideo, hubo una posición mayoritaria de que no debería modificarse ese criterio. En la futura legislación, la responsabilidad penal por corrupción debería regir solo para las personas físicas, mientras que las personas jurídicas enfrentarían sanciones administrativas. Con ese esquema, los delitos deberían ser derivados a una Fiscalía especializada, mientras que las faltas administrativas podrían ser controladas por la Jutep, según las recomendaciones del encuentro.
Las sugerencias recogidas en el resumen del evento, cuyas conclusiones finales recibirá la Jutep de manos de Naciones Unidas, incluyen “imponer un régimen gradual de sanciones” y un “sistema de créditos y disminución de sanciones a favor de empresas que tengan programas eficaces de prevención en la corrupción, y el eventual otorgamiento de ciertos beneficios al momento de competir en sistemas de contratación con el Estado”.
Consultado por Búsqueda acerca de las conclusiones del evento y de la elaboración del anteproyecto, el vicepresidente de la Jutep, Guillermo Ortiz, dijo que están a la espera de recibir los insumos de la Unodc para trabajar sobre ellos. Aclaró, sin embargo, que el proceso enfrentará otras dificultades en su concreción. La denominada “junta anticorrupción”, dijo, espera “completar el equipo de asesores letrados este año” y así “agiliza” los procesos. Además, recordó que tras la renuncia de la anterior presidenta de la Jutep, Susana Signorino, en noviembre, su reemplazante todavía no asumió el cargo.
Información Nacional
2023-01-18T22:35:00
2023-01-18T22:35:00