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    Cadena perpetua

    Sr. Director:

    Las penas deben estar en consonancia con la realidad en la cual vivimos. Las penas de privación de libertad tienen varios componentes combinados en diferentes porcentajes según los momentos históricos. La venganza, el castigo, ser ejemplarizante para los demás, la peligrosidad del delincuente y la posibilidad de rehabilitación. Los dos últimos, peligrosidad y rehabilitación, son los que interesan para lo que trataremos a continuación. Los delitos que conmovieron a la opinión pública hacen saltar de nuevo la cadena perpetua al debate público. Ya se han conocido algunas opiniones, la primera la del presidente Tabaré Vázquez, quien dijo que era contrario a esta pena, sin dar una argumentación que sostuviera su negativa. Expresó también que la legislación uruguaya prevé una pena máxima de 30 años y 15 de medidas eliminativas (medidas que no permiten recuperar la libertad al delincuente por su peligrosidad) que sumándolas dan un total de 45 años, lapso suficiente según su criterio. Al comentarle un periodista que eso nunca ocurrió, contestó: “Eso es un problema del Poder Judicial”. Los jueces solo aplican el derecho ajustándolo al caso concreto. Las leyes son votadas por el Poder Legislativo y reglamentadas por el Poder Ejecutivo. ¿Cómo puede explicar el presidente que un juez haya dejado en libertad a un psicópata triple homicida de tres muchachas jóvenes, cumpliendo una condena de poco más de 20 años? ¿El juez actuó ilegalmente o aplicó las leyes y reglamentos que lo obligaban a dejarlo en libertad? Yo no escuché a nadie decir que el juez obró contrario a derecho. O sea que la cuenta que hace el presidente de los 45 años no es real, si un psicópata con triple asesinato logró quedar libre a los 20 años, siendo aún joven y con toda la disposición de cometer nuevos delitos, me gustaría saber, para quién están reservados esos 45 años de reclusión (hoy se encuentra preso en Paraguay, quiere decir que ya reincidió). Por su parte, el fiscal Zubía, quien hace tiempo que está bregando por el endurecimiento de las condenas y sobre todo está en contra de algunos institutos de reducción de penas y de una cierta facilidad en conceder libertades, dice que con la legislación actual (los 45 años) haciéndole algún retoque, las cosas pueden funcionar, si se aplica con rigor lo que establecen las leyes. Criticó la puesta en libertad a los 20 años de prisión del triple asesino a que hacíamos referencia anteriormente. Lo que le preguntaría al fiscal Zubía es: ¿El juez que actuó en ese emblemático caso actuó contra derecho? Sí actuó dentro del derecho, pero eligiendo los caminos más benévolos que establece la legislación; de lo que se trata la cruzada de Zubía es de cambiar la cabeza de los jueces para que tomen las medidas adecuadas respecto a estos delincuentes. ¿Cree Ud. Sr. fiscal que su cruzada, por ahora en solitario, para modificar la cabeza de los jueces, es el camino más corto? o ¿que una modificación legislativa que les redujera las posibilidades de maniobra a los magistrados y los obligara a aplicar el derecho establecido, sería lo más expeditivo? Las convicciones subjetivas y ficticias de los jueces de la posibilidad de rehabilitar al delincuente, en la universidad del delito (la cárcel), viviendo en condiciones infrahumanas, ¿es algo respetable, es real, o es un lavado de manos?

    Lo que pienso es que se necesitan de las dos cosas: 1) Algunos cambios en la legislación 2) Algunos cambios en la cabeza de los jueces.

    Los 45 años es una sanción que para los delincuentes que tengan 30 años al momento de delinquir y sean acreedores a esa pena máxima, recién saldrían en libertad a los 75 años. Casi no hay diferencia con una cadena perpetua. Solo es una diferencia semántica, aun cuando Uruguay sea signatario de algunos convenios internacionales donde se ha comprometido a no incluir en su legislación esta pena, porque Uruguay no se comprometió, a no subir las penas existentes. Hay países que no tienen cadena perpetua pero tienen sentencias condenatorias de 126 años, 213 años, etc.¿Cómo podríamos llamar a estas penas? La intención de esta carta es que el debate no naufrague en un diálogo de sordos, que se limite a: cadena perpetua sí, cadena perpetua no. Tomemos otro camino y aumentemos la pena máxima a 45 años, manteniendo los 15 años de medidas eliminativas. El delincuente más joven de solo 20 años, que fuera acreedor de la pena máxima, quedaría libre recién a los 80 años. Así cubriríamos a todo el universo de delincuentes que por sus características y por los gravísimos delitos cometidos no pueden volver a la sociedad sin exponer a esta a otra tragedia. También se puede establecer en la ley, que el juez en la sentencia deberá establecer o no, que para el caso concreto no se aplicará ningún instituto de reducción de las penas. Asimismo se puede prever que en casos de reincidencia del delincuente en delitos gravísimos, pueda dar lugar a la formación de una comisión que analice el juicio previo y la sentencia del juez por la cual el reincidente quedó libre. La Comisión podrá imponer sanciones a los jueces, que teniendo los elementos necesarios de juicio para tomar medidas más severas, ignoraron la peligrosidad del sujeto y su irrecuperabilidad al dictar la sentencia por la que sobrevino su libertad. Se respeta la independencia funcional del juez, pero es una forma de que el juez se haga cargo de sus decisiones.

    En cuanto a la rehabilitación, lo que se necesita son más y mejores cárceles. Eso sí, el pueblo que pide penas largas (en un programa de tv se hizo una encuesta y dio 93% a favor de la cadena perpetua y 7% en contra, la cito por lo abrumador de los números, pero aclaro que no tiene consistencia científica) tiene que estar dispuesto a realizar algunos sacrificios para pagar los impuestos necesarios que provea al Estado de los fondos, para ampliar y mejorar la estructura penitenciaria y el gasto que ello supone. Es una de las bases fundamentales para disminuir la delincuencia y que la recuperación de aquellos que sean recuperables, sea una realidad y no un chiste como es hoy día. También el Uruguay dejaría de violar los derechos humanos en nuestras cárceles. La situación actual es una afrenta a la tradición uruguaya.

    Pablo Arocena