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    Caída de embargos en “Operación Campanita” tiene “relevancia civil” pero “no penal”, afirma fiscal que pidió devolución de los bienes

    La Suprema Corte de Justicia rechazó la casación presentada por uno de los profesionales condenados

    Gilberto Rodríguez, quien como fiscal penal solicitó la devolución de algunos de los bienes de la “Operación Campanita” y que desde el viernes 13 se desempeña como fiscal especializado en crimen organizado, dijo a Búsqueda que esa medida tiene “únicamente relevancia civil” pero que “de ningún modo” afecta la causa penal de narcotráfico y lavado de activos.

    “Estamos hablando de medidas cautelares que se tomaron en su momento y pueden dejarse sin efecto por las vicisitudes del proceso pero eso no repercute sobre el aspecto penal”, subrayó.

    Empero, según dijeron a Búsqueda fuentes vinculadas a la defensa de las personas procesadas en esta causa, están estudiando el caso para solicitar el archivo de las actuaciones e incluso la extinción del delito porque consideran que la decisión adoptada por la jueza con respecto a los bienes puede tener implicancia sobre el proceso penal que se le sigue a sus clientes.

    “Puede darse la paradoja de que haya procesados por lavado sin bienes incautados lo que sería un contrasentido terrible”, reflexionó el letrado de una de las personas implicadas.

    El diario “El País” informó el domingo 15 que algunos de los embargos a los bienes en la “Operación Campanita” cayeron porque “no se probó lavado de activos”.

    “La jueza María Helena Maynard resolvió levantar la medida sobre la sociedad anónima propietaria de la torre (Tamaro) y sobre todo el inmueble porque el fiscal no pidió procesamientos a dos años de trabado el embargo”, agregó el matutino. En una situación similar se encuentran otros inmuebles que también fueron embargados en el marco de la misma operación.

    Este operativo fue uno de los primeros y más grandes golpes al narcotráfico y determinó la incautación de droga, dinero y vehículos y el procesamiento de más de 30 personas, entre ellos algunos profesionales. La jueza que realizó los primeros procesamientos fue Anabella Damasco, quien luego fue procesada por quedarse con dinero de esta misma causa.

    Uno de los procesamientos más sonados en este caso fue el del reconocido penalista Carlos Curbelo Tammaro, dispuesto por el ex juez Federico Álvarez Petraglia. A pedido del fiscal Diego Pérez, Álvarez Petraglia dispuso la prisión del penalista y embargó varios de los bienes. La medida fue ratificada por la jueza Adriana de los Santos, quien actualmente está al frente de uno de los juzgados de crimen organizado. Según fuentes vinculadas a la causa actualmente Curbelo cumple prisión domiciliaria.

    Casación.

    En este contexto, la Suprema Corte de Justicia rechazó en noviembre la casación presentada por el contador Ruben Weizman, quien fue condenado por la jueza De los Santos a 10 años de prisión por lavado de activos en esta causa y también cumple prisión domiciliaria.

    Según la corporación “no se advierte” que la valoración de la prueba realizada por la magistrada y por el tribunal “pueda considerarse reñida con las reglas de la sana crítica”, como afirmaba la defensa.

    De acuerdo con la Corte “se encuentra acreditado” que Weizman “ha creado un complejo entrecruzamiento de cuentas y empresas por donde discurren los dineros que provienen en su mayoría del exterior y de los cuales, en el caso concreto que ocupa esta causa y sus derivados, no se ha logrado establecer su trazabilidad”.

    “El conocimiento del origen ilícito del dinero por parte del encausado surge acreditado indiciariamiente de los resultados de las vigilancias electrónicas, poniendo especial énfasis en escuchas telefónicas, el lenguaje encriptado que se utiliza en las conversaciones, los recaudos que se toman en el momento de las comunicaciones y encuentros; y la imposibilidad de dar una versión coherente y concordante”, concluye.