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Sr. Director:
Para poner las cosas en su sitio. En la columna del último número, titulada “En su debido sitio”, Daniel Gianelli escribió sobre otra del Ec. Jorge Caumont, publicada el lunes 23 de setiembre en “El País”, titulada “Las cosas en su debido sitio”, donde hace referencia, sin nombrarnos, a comentarios que realizamos en el programa “Hora de Cierre” de Radio Sarandí, Jaime Clara y quien escribe.
El tema de fondo refiere al acercamiento entre ciertas líneas de pensamiento económico en las últimas décadas y si ese acercamiento se debe a un movimiento en un solo sentido (de la “izquierda al centro”, tesis que defiende Caumont y a la que adhiere Gianelli) o si de ambos lados se acercaron las partes (no necesariamente de manera equivalente). Esto último fue lo que nosotros comentamos en el programa de radio, basados en declaraciones del Ec. Javier de Haedo, quien hablaba del acercamiento acaecido entre su pensamiento y el del vicepresidente y economista Danilo Astori, desde principios de los ’90 (cuando Astori estaba en la oposición y De Haedo integraba el equipo económico del gobierno) hasta hoy.
Para nosotros resulta evidente que, así como bien enumera Gianelli en su columna, hay aspectos en que economistas de “izquierda” se han corrido hacia el “centro” (no me gustan demasiado esos encasillamientos pero resultan útiles para facilitar la comprensión de lo que estamos comentando). Así, han salido de posiciones como el no pago de la deuda externa o el no darles importancia a los equilibrios macroeconómicos. Pero también desde la “derecha” se han moderado posiciones y hoy nadie plantea la privatización de empresas públicas o eliminar los consejos de salarios. Incluso a nivel internacional, organismos como el FMI o el Banco Mundial ya no promueven aquellas políticas “neoliberales” que pregonaba el llamado “consenso de Washington” de principios de la década de 1990.
Lo dicho constituye una observación que realizamos como analistas, con base en el panorama que conocemos a través de las opiniones de expertos nacionales e internacionales y sin realizar un juicio de valor sobre si lo que consignamos como un hecho resulta positivo o negativo; se trata sencillamente de la constatación de una realidad.
En su libro “La Civilización Empática” (que aprovecho a recomendar a sus lectores), Jeremy Rifkin, sociólogo y economista, presidente de la Foundation on Economic Trends, con sede en Washington, describe el surgimiento de un nuevo modelo económico, a partir de la “tercera revolución industrial” (la de las comunicaciones) que está alumbrando una era que él llama de “capitalismo solidario”. El Muro de Berlín cayó hace un cuarto de siglo, pero el “capitalismo salvaje” también quedó en el pasado. No es un invento nuestro.
A veces, tener la “camiseta puesta” nubla la visión y por eso hay quienes no pueden ver lo negativo en personajes como George Bush o Fidel Castro, porque están de “su lado”, o se pierden de reflexionar a partir de escritores como Mario Vargas Llosa o José Saramago, porque consideran que uno u otro está en la “vereda de enfrente”. Y así se podría mentar un sinfín de otros ejemplos de visión hemipléjica en gente que fue “víctima de su tiempo”, de esa bipolaridad que dominó al mundo en la segunda mitad del siglo XX.
Yo soy de otra generación, y aunque esto no sea nada nuevo, tal vez, filosóficamente, la del ying y el yang resulta una perspectiva que me representa mucho mejor que la del cielo e infierno. Creo en buscar el “justo medio” aristotélico, que no es la medianía ni la mediocridad, sino el difícil equilibrio, que muchas veces además queda oculto entre dos posiciones. Entre la codicia y el despilfarro, la generosidad; entre la cobardía y la temeridad, la valentía; entre el lujo y la miseria, la decencia, el decoro, la honra y el pudor, y así.
Y creo que por defender la libertad unos, y la igualdad otros, muchos olvidaron la fraternidad.
Pero no es mi intención discutir el tema de fondo aquí y ahora, sino realizar ciertas puntualizaciones sobre los comentarios que hace Gianelli sobre nosotros, sospecho que sin habernos siquiera escuchado y aun quizá sin saber quiénes fueron los periodistas que hicieron los comentarios a los que se refirió Caumont en su columna. A Gianelli, como colega, me siento en el derecho a reclamarle el respeto a determinadas normas de juego que hacen a lo mejor de nuestra profesión. En su columna no nos nombra pero sí dice que “solo la frivolidad, la desinformación o cierto propósito político puede llevar a profesionales de la información, a expresar una conclusión para la cual carecen de apoyo fáctico y cuya consecuencia no es otra que crear profunda confusión en la opinión pública”.
En muchos casos, como en este, aludir es peor que nombrar.
Pues bien, antes de emitir un comentario de ese tipo y calibre, donde se nos califica (por un lado, o peor por el otro) de malos profesionales, lo menos que tendría que haber hecho Gianelli es habernos escuchado (incluso, reitero, dudo si sabía quiénes habíamos hecho las afirmaciones que Caumont recogía en su columna, de manera mucho más respetuosa y reconociendo el prestigio de nuestro programa, aun sin nombrarlo). Pero Gianelli no solo no nos nombra, sino que nos descalifica brutalmente, en base a lo que dice Caumont que dijimos nosotros. Incluso cita entre comillas frases que nosotros jamás dijimos al aire y, de esa manera, tergiversa nuestra línea de razonamiento.
Y, en particular, al atribuirnos posibles intencionalidades políticas, Gianelli hace una acusación sin fundamento, de lo cual el semanario Búsqueda también ha sido víctima injustamente, y muy bien se ha sabido defender. Atribuir intenciones siempre es peligroso y más cuando eso se hace para descalificar el análisis, las observaciones o incluso la opinión de otros, solo por el hecho de que piensan distinto. E igual o peor, acusarnos de desinformación o frivolidad, sin siquiera habernos escuchado, incurriendo así, paradójicamente, en las faltas que señala en otros.
No somos parte interesada, o mejor dicho, involucrada, en la discusión de fondo. No nos incumbe, o al menos no a la hora de formular tales afirmaciones —como sí puede ocurrir en el caso de Caumont— que unos u otros tuvieran más o menos razón hace veinte años (tenía apenas nueve años cuando caía el Muro de Berlín y estas discusiones se procesaban en el Uruguay y en el mundo). Pero sí reclamamos, de nuestros pares, respeto como profesionales del periodismo y la comunicación.
En definitiva, difícil sería que cometiendo alguno de los pecados de los que se acusa, lleguen a ponerse “las cosas en su sitio”.
Saluda atte.,
Juan Miguel Carzolio
Hora de Cierre
Radio Sarandí
Sr. Director:
El Foro Libertad y Concordia se ha referido antes al procesamiento del Gral. Miguel Dalmao y del Cnel. (r) José N. Chialanza en el contexto de los juicios a militares, policías y civiles por causas de derechos humanos.
Actualización de la información sobre el caso. La jueza Dolores Sánchez de León condenó al Gral. Dalmao como “autor penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado”, a la pena de veintiocho años (28) de penitenciaría, lo que ha sido apelado por la Defensa.
En este atropello judicial, al igual que en otros juicios a militares, se arrasaron principios básicos del Derecho Penal e, inclusive, el fiscal ha procurado establecer un nuevo “paradigma heterodoxo”, donde la “interpretación” que realizarían jueces y fiscales sustituiría la presentación de pruebas para procesar y condenar.
La Defensa ha señalado lo siguiente:
* Se ha procurado invertir la carga de la prueba, como en la mayoría de las causas por derechos humanos. Es la parte acusadora la que debe probar que el suicidio fue un homicidio y la participación de Dalmao en tal supuesto, lo cual no se ha probado.
* Se construyó una prueba artificial, dándoles valor a pruebas ilícitas, testimonios de oídas y de personas altamente tachables, sobre lo cual se asienta la condena. (Caso similar al de los Cneles. W. Gulla y Enrique Ribero, donde “se crearon hechos” para lograr su procesamiento. La fiscal en ambos casos: Mirtha Guianze).
* Ningún perito descartó que se tratara de un suicidio.
* No se valoró que el hecho no fue ocultado, sino que se dio intervención a la Justicia competente; se realizó la indagación que incluyó la única autopsia y se entregó el cuerpo inmediatamente a su familia para su sepelio.
* No se ha aplicado la presunción de inocencia que debe amparar al Gral. Dalmao.
Desde el punto de vista legal, se dio intervención a la Justicia Militar, competente en esa época por lo establecido en la Ley de Seguridad y Orden Interno del Estado Nº 14.068/72 (aprobada en plena época democrática), la que, en 1975, clausuró las actuaciones. Hay “cosa juzgada”, vulnerándose con estas actuaciones civiles, el non bis in idem, regla básica del Derecho Penal.
El Gral. Dalmao nunca admitió ni haber interrogado siquiera a la detenida y no hay quien lo acuse de eso entre quienes declararon en el juicio.
El juez Vomero había archivado la causa por falta de pruebas en 2006 y allí arreciaron las presiones para encontrar algo que sustentara la causa, lo que terminó con la construcción artificial de una prueba: se llenó el proceso de testigos de oídas (sin valor en los juicios penales) y con profusión de conceptos sobre temas colaterales, pretendiendo llenar el vacío probatorio de que siempre adoleció la causa. La acusación se basó en generalidades y en abstracciones sin sentido.
Cobra significación el criterio del fiscal al decir sus fundamentos de tan extrañas concepciones, absolutamente incompartibles, a saber:
* Sostiene que hay un “paradigma tradicional” en el que se habrían formado los juristas antiguos, modelo que hay que superar y sustituir por un “paradigma heterodoxo”, donde “la argumentación racional en las justificaciones de las decisiones” serían las garantías de las partes, porque “la gente pide más”.
* Esto es inaceptable; no existe ningún “paradigma heterodoxo” que pueda sustituir al Derecho Penal garantista, que forma parte de la protección integral de los derechos humanos, incluidos los de los indagados, y de la libertad de todos los individuos.
* Es indiscutible, por aberrante, que no se puede sustituir la prueba por la argumentación, por el discurso, por la construcción de una realidad virtual; por una narrativa sin sustento en el proceso penal.
La jueza desconoce los derechos del Gral. Dalmao a un proceso penal con garantías, lo que debe implicar imparcialidad y objetividad: ha desconocido el principio de inocencia; ha invertido la carga de la prueba; ha dado por probado lo que debe probar; ha incluido pruebas ilícitas, como las conclusiones de la Comisión para la Paz; o la de testigos “de oídas” que nada saben ni han visto del hecho en cuestión. Nada de esto brinda las garantías de un juicio justo, objetivo y equitativo.
Dalmao fue condenado no por lo que él hizo, sino por lo que supuestamente se hizo en dictadura; por indicios vagos; vulnerando las reglas de la interpretación (regla del favoris rei).
Dentro del cúmulo de absurdos de esta sentencia —que solo es una narrativa, un “constructo”— dijo la jueza que “no se pudo determinar quiénes detuvieron a la mujer” pero, luego de un inútil discurso sobre los derechos humanos y la Revolución Francesa, afirma lo contrario, sosteniendo que “Dalmao participó en la coordinación de la detención de Sabalsagaray”, de lo cual no aporta ninguna prueba, desbordando de imaginación y fantasía.
Esta es la clara aplicación del “paradigma heterodoxo” del que habla el fiscal: a falta de pruebas, hay que dar por probado lo que él cree o quiere hacer creer, y no la realidad, y esto es insostenible en un Estado de derecho.
Con estos criterios, todo intento de defensa sería ilusorio porque los jueces en adelante dirán lo que les plazca, sin posibilidad de controversia racional en base al expediente; todo se deberá someter a la ciencia infusa de los magistrados, la que, por definición, les vendría desde lo alto.
Los “fundamentos” de la jueza son siempre argumentativos, sin relación a las pruebas que deben resultar del expediente, en especial el “marco histórico”, donde sostiene que, como había una dictadura y durante ella se cometieron aberraciones, debe darse por probado que Dalmao interrogó, apremió y provocó la muerte de la detenida.
En este juicio no se trata de determinar si hubo una dictadura y si se violaron los derechos humanos: eso corresponde a la historia, no al proceso penal. Se trata de probar si el Gral. Dalmao interrogó, apremió y a consecuencia de ello falleció Nibia Sabalsagaray, lo que no está acreditado en absoluto.
Que las dictaduras cometieran aberraciones —juicio genérico, indeterminado— no significa que el Gral. Dalmao haya cometido el crimen que se le pretende atribuir.
Los testigos de la parte acusadora no son creíbles; lo que declaran no tiene ningún valor en el juicio y deberían ser apartados como elementos probatorios porque no tienen siquiera la calidad de indicios.
Al dar cabida a testimonios de oídas, se violan la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, que establecen que la Defensa tiene derecho a interrogar a los testigos, lo que es imposible en este caso por ser “desconocidos” que habrían dicho algo hace 40 años.
Parte de la argumentación se funda en pruebas ilícitas prohibidas por la Constitución, como el juicio por comisión (Art. 19), como lo fue la Comisión para la Paz, que actuó sin levantar actas, sin nombrar personas que dieron sus testimonios ante ella, sin posibilidad de controvertir nada de lo afirmado allí, en secreto, y con un informe final realizado por consenso de sus miembros. Sus conclusiones no pueden tener incidencia en un juicio, resultando una indefensión que no puede ser amparada por la Justicia.
La finalidad de la Comisión para la Paz fue establecer hechos históricos y una “verdad posible” (no total); no tuvo por finalidad constituirse en tribunal de Justicia, ni servir de prueba para condenar a nadie, sino que procuró “sellar la paz” y lograr la conciliación nacional, objetivos específicos de la misma. Aun así, el Gral. Dalmao no fue acusado de cometer estos hechos en el informe de dicha Comisión.
La jueza se refiere al “Plan Cóndor” que se realizó casi dos años después de los hechos ahora juzgados y retrotrae, arbitrariamente, la existencia de este acuerdo a 1973, para que incluya la fecha de la muerte de Sabalsagaray, dándole al hecho un sesgo conspirativo y criminal.
La jueza no prueba que el Gral. Dalmao pertenecía al OCOA y abunda en errores burdos sobre la organización militar en aquella época. Dalmao nunca prestó servicios en el OCOA (como se desprende de su legajo). Aun así, no se trata de discutir eso, sino de determinar si existe prueba de que el Gral. Dalmao realizó los actos que se le atribuyen, y ninguna otra cosa.
Todo esto es parte de la construcción de un “derecho penal para enemigos”, que se perfila en esta condena y en otras similares.
Se construyó una “realidad virtual”, reiterada incansablemente por la propaganda comunista, destacándose su importancia política, ya que es el primer caso en que el gobierno del Frente Amplio habilitó a investigar, cambiando la interpretación de la “ley de caducidad”; que la SCJ declaró inconstitucional dicha ley, cambiando la jurisprudencia anterior, y en que se condenó a un militar en actividad, a un general.
El caso del Gral. Dalmao se convirtió en “emblemático” para quienes buscan la venganza, persiguen fines ideológico-políticos, e inagotables indemnizaciones, para lo cual buscan utilizar a la Justicia. Y este proceso se ha transformado en un verdadero “juicio político”, quedando desvirtuada totalmente su calidad jurídica y demostrada la enorme carga política que se ha tenido al juzgar a los imputados.
Desde el Foro Libertad y Concordia afirmamos, acompañando a la Defensa, que debe respetarse el principio de inocencia, que obliga a la absolución, porque se ha condenado a un inocente, y está en manos del Tribunal de Apelaciones impedir que esto vuelva a suceder como en otros juicios a militares, policías y civiles.
Foro Libertad y Concordia
Sr. Director:
Una vez más, vuelve el embajador Gonzalo Koncke a referirse a mi persona en la carta publicada el 26 de este mes en ese Semanario, insistiendo en descalificarme y, obviamente, asumiendo la defensa de los dichos del señor ministro de Relaciones Exteriores.
Todo este episodio me sorprende particularmente porque cuando al canciller Almagro le transmitieron una opinión que se me atribuía, el sentido común indica que, simplemente, debió decir “es una opinión más que no comparto” y ahí se terminaba el asunto. Pero no; no solo salió a emitir juicios descalificadores sino que autorizó a su lugarteniente, el embajador Koncke, a que hiciera lo propio.
Con respecto a lo que él denomina el presunto consentimiento por el trazado del canal lateral argentino, insiste “en que no existe tal autorización”. En la nota anterior dijo “que ninguna instancia oficial confirmó ese consentimiento”. Y sucede que el señor canciller, no solo dijo a “El Observador” del día 29 de agosto pasado que se había “dado un consentimiento primario”, sino que además, el ministro dijo exactamente lo mismo cuando concurrió a la Comisión de Asuntos Internacionales del Senado al expresar que tal como resulta del acta “el Uruguay daba un consentimiento primario” (pág. 6 del Acta).
Pero vamos a aclarar que esto no es grave. Lo grave es que cuando el senador Abreu denunció ante la Cámara Alta en setiembre de 2006 que Argentina había resuelto aumentar la tarifa de peaje y profundizar el canal que administra, nadie de la Cancillería se dio por enterado. Y poco después sus representantes ante la CARP avalaron lo hecho por el gobierno argentino, incluso con el consentimiento primario para el proyecto de canal lateral que hemos comentado y esto se viene a conocer 7 años más tarde. Y no se conoció porque del hecho haya informado el embajador Koncke. Se tomó conocimiento por el artículo publicado por un viejo periodista especializado en temas marítimos.
En lo que refiere al dragado de los canales de Martín García, que constituye un largo proceso de acuerdos, desacuerdos e incumplimientos por parte de las autoridades argentinas, después de reconocer que por ahora está dragando nuestro país, afirma que en el presente mes de octubre la Argentina asignará a la draga 258 los trabajos correspondientes, pero se cura en salud porque agrega “que si alguna situación superviniente no lo hiciera posible, vale la pena recordar que dichas tareas son rentadas”. ¡Chocolate por la noticia! El tema es quién draga y quién va a dragar, no si es rentada o no esa tarea. Bueno sería que fuera gratis. Personalmente estimo que “la situación superviniente” que menciona el embajador se va a dar. Si en estos días apreciamos que la draga 258 está realizando su trabajo, obviamente, reconoceré que estaba equivocado. Al respecto es necesario destacar que la draga uruguaya D7 no puede asumir en forma permanente el trabajo de dragado y mantenimiento de los canales de Martín García porque tiene una tarea que es prioritaria que es la que concierne al canal de acceso al puerto de Montevideo.
En cuanto a acusarlo de asesoramiento erróneo al canciller al informarle que sostengo que no se requiere el régimen de consulta, creo del caso establecer que para que el suscrito tuviera “una visión perimida” en esta materia, como me atribuye enrostrándome la ordenanza de la Corte Internacional de Justicia del 20.4.2010, no una sino dos veces, mi opinión sobre el punto tendría que ser posterior a esa sentencia. Y yo he sostenido, en el artículo de “El País” del 2 de setiembre pasado, que se debía cumplir con ese procedimiento y más específicamente, en el panel organizado por la Liga Marítima sobre el dragado de los canales de Martín García, al referirme a lo denunciado por el senador Abreu en cuanto al aumento de la tasa de peaje y a la profundización del canal argentino en forma unilateral, manifesté que ello “significaba una violación flagrante del Tratado del Río de la Plata porque los artículos 17 a 22 de este Tratado establecen un régimen de consulta similar al que nos llevó por el Estatuto del Río Uruguay a la Corte Internacional de Justicia (Rev. Rumbo al Mar, de la Liga Marítima, año 20, Nº 21, dic. 2012, p. 75).
Parece claro que yo no sostengo que se puede proceder unilateralmente y que, en consecuencia, la información que le dio al señor canciller fue errónea.
Respecto al dictamen que menciona no recuerdo haberlo redactado y tengo serias dudas sobre su autenticidad, por una razón muy sencilla: en el año 2003, es decir, hace diez años, yo no desempeñaba ningún cargo ni en la Cancillería ni en ningún otro lugar dependiente de la misma. Por ende, no podía dirigirme al director de Asuntos de Política Exterior como se indica en la nota que comentamos. Obviamente, si este diferendo se eleva a una instancia judicial pediré el peritaje correspondiente. Pero, independientemente de ello, ese criterio era el criterio de la Cancillería en aquel entonces y por esa razón, el proyecto de la planta de pasta de celulosa de la empresa Botnia no se presentó a la CARU conforme al régimen de consulta previsto en el Estatuto. Nuestro país ante La Haya sostuvo esa tesis, con el patrocinio de juristas del prestigio de Héctor Gros Espiell, Paul Reichler y Luigi Condorelli, de modo que la misma es tan respetable como la que, en definitiva, laudó la Corte Internacional de Justicia.
Para terminar, en mi carta anterior formulé la interrogante de si el embajador Koncke tenía las condiciones necesarias para desempeñarse como Representante Permanente del Uruguay ante la ONU. A esta altura no tengo duda alguna de que no reviste los requisitos indispensables para cumplir ese importante cometido porque nunca se ha desempeñado como embajador en el exterior, ya que su último destino fue el de cónsul en Santiago de Compostela y va a adquirir experiencia nada menos que como jefe de misión de nuestro país ante el máximo organismo internacional. A todo ello debe agregarse el afán de protagonismo de que está haciendo gala, entablando esta polémica absolutamente excepcional en la historia de nuestra Cancillería, haciendo caso omiso al hecho de que, por su jerarquía funcional, compromete al Ministerio al que pertenece.
Dice Jules Cambon (El Diplomático, Madrid 1928, pp. 18-19) “nada hay más peligroso que despertar el amor propio del adversario (…). Un embajador debe saber pasar inadvertido”.
En lo personal, estimo que esta controversia ha terminado con la nota que antecede, pero si el embajador Koncke insiste, estoy dispuesto a aceptar el reto en este medio o en cualquier otro terreno que él elija porque tengo más elementos de juicio para exponer.
Dr. Edison González Lapeyre
CI 662.864-2
Sr. Director:
Mucho le agradezco se pueda publicar esta carta pública dirigida al Sr. Ministro del Interior, Sr. Bonomi.
Desde ya muchas gracias.
Alem García
C.I. 1:118.496-0
Carta pública al ministro Bonomi. Señor Ministro: hace unos minutos pasé a formar parte de la estadística, que incluye a personas rapiñadas, en el centro de Montevideo, en calle Colonia a metros de Río Negro.
Lo que paso a decir a continuación no lo expreso porque me hayan rapiñado. Es lo que pienso desde hace mucho tiempo. Por eso, incluso, participé en la Marcha por la Seguridad, realizada tiempo atrás.
A consecuencia de la rapiña de la que fui objeto, vecinos y comerciantes de la zona me hicieron varios comentarios: todos los días, entre las 12 y las 15 horas, un grupo de cinco muchachos salen a robar en esta cuadra (Colonia entre Río Negro y Paraguay), así como, tal vez otros, harán lo mismo en diversos puntos de la ciudad.
Ya todo el vecindario los identifica. Lógicamente, como los comerciantes y vecinos tienen el temor a represalias, no pueden hacer otra cosa que cuidarse cuando esta banda de cinco diariamente aparece. Yo no haré la denuncia formal, no porque tenga temor, sino porque no quiero perder tiempo inútilmente en una seccional.
Si la gente los conoce y reconoce, ¿la policía que Ud. dirige no sabe lo que ocurre en esta cuadra día tras día? ¿O sí lo saben y se hace la vista gorda?
En la misma cuadra está el Ministerio de Economía. Hace unas semanas, según me dijeron hace un rato, la misma banda siguió a una persona que entró a dicho Ministerio y adentro del local de esta Secretaría de Estado, la persona seguida fue rapiñada. Los ladrones salieron corriendo de allí y la policía que “custodia” el Ministerio salió a dar una mirada desde la puerta luego de diez minutos.
Señor Ministro, tal vez para Ud., estos sean pequeños incidentes. Pero, junto con estos pequeños incidentes, todos los días se producen crímenes graves y gravísimos, los uruguayos ya podemos hacer referencia a “los heridos y muertos de todos los días”.
Señor Ministro, este parece un país en guerra. Y dan vergüenza ajena sus “estadísticas” por las cuales Ud. nos intenta convencer de que están bajando las rapiñas y otros tipos de delitos.
Ud., y por tanto, la sociedad toda, está perdiendo la guerra contra la violencia de los criminales.
Ud., lamentablemente, quedará signado como el peor Ministro del Interior en toda la historia nacional.
Y Ud. lo sabe perfectamente, como supongo, también, sabe que permanece en su cargo por un capricho político. Las “razones políticas” son su único soporte, único apoyo que lo mantiene en el cargo de mayor importancia relativo a la seguridad pública.
Todas las “medidas” tomadas en su período han fracasado, desde el momento en que la delincuencia sigue en auge.
Ud. lo sabe, diría que mejor que nadie.
Sabe, asimismo, que Ud. no tiene las condiciones para ese cargo, porque no tiene la idoneidad necesaria, porque es incapaz de dar las órdenes que se requieren dadas las circunstancias.
Para ser un buen Ministro del Interior hay que tener el coraje necesario para tomar resoluciones que, efectivamente, en la realidad sirvan para combatir de verdad a la delincuencia.
Dando prioridad a los derechos de los delincuentes no se es eficiente en la lucha por la protección de los derechos de las personas decentes y, menos aún, puede darse satisfacción a los derechos de las víctimas de los delitos.
Ud. seguirá —no tengo dudas— firme en el cargo que nuestro sistema de gobierno prevé para ser el máximo custodio de la seguridad de la gente.
Las razones políticas partidarias y las mayorías parlamentarias, así lo determinan.
Salvo que, como en épocas pasadas, Ud. tome una decisión personal. Antes, cuando a un ministro lo superaba la problemática de su cartera, los ministros presentaban renuncia indeclinable, por una razón de honor y honestidad personal e intelectual, admitiendo la realidad.
Ojalá surja una luz, Señor Ministro, que ilumine su camino, para beneficio de toda la comunidad.
Porque, realmente, el país a lo largo y ancho de todo su territorio, hoy padece una muy delicada situación: los delincuentes son los dueños de las calles.
Mis expresiones no tienen por intención ni la ofensa ni, tampoco, pretenden molestarlo.
Por el contrario, simplemente expreso mi sincera opinión respecto al más importante problema que hoy tiene la nación.
Lo saluda atentamente,
Alem García