• Cotizaciones
    miércoles 15 de abril de 2026

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
    $ Al año*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
    $ por 3 meses*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * A partir del cuarto mes por al mes. Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
    stopper description + stopper description

    Tu aporte contribuye a la Búsqueda de la verdad

    Suscribite ahora y obtené acceso ilimitado a los contenidos de Búsqueda y Galería.

    Suscribite a Búsqueda
    DESDE

    UYU

    299

    /mes*

    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá

    De la Asociación de Escribanos del Uruguay

    Sr. Director:

    De nuestra mayor consideración:

    Nos estamos refiriendo al artículo titulado “Funcionarios del Registro Civil critican proyecto de ley que habilita a los escribanos a celebrar matrimonios”, publicado el 30 de noviembre de 2016 en el semanario que usted dirige.

    En tal sentido, adjuntamos a la presente el texto de respuesta al referido artículo, solicitando su publicación.

    Hacemos propia esta instancia para saludarlo con nuestra más distinguida consideración.

    Esc. Ana María Ramírez Eula (Presidenta)

    Esc. Alicia Santos Sosa (Secretaria)

    El 30 de noviembre de 2016, en este semanario, se publicó un artículo titulado “Funcionarios del Registro Civil critican proyecto de ley que habilita a los escribanos a celebrar matrimonios”.

    La noticia expresa que los funcionarios consideran “inconveniente” e “innecesaria” la iniciativa que habilita a los escribanos a celebrar matrimonios. Con la misma libertad de expresión que por supuesto defendemos, nos permitimos manifestar que consideramos infundados los argumentos expuestos.

    Por un lado, se sostiene que los cambios propuestos afectarán a la sociedad y la tarea que realiza el Registro Civil y, por otro, se expresa: “Tal como está presentada la iniciativa, el Registro de Estado Civil seguiría realizando la tarea que tiene que ver con los matrimonios y muchas otras, por lo que el descongestionamiento no sería tal”. Entonces, el Registro de Estado Civil continuará con su tarea y las personas que deseen celebrar su matrimonio como se ha hecho hasta ahora podrán hacerlo. Nada cambia en ese sentido, solo se agrega una opción.

    Respecto a la afectación a la sociedad —que los funcionarios alegan como un hecho—, consideramos que será positiva, ya que nada se le quita al ciudadano, sino que, al contrario, se le ofrece una nueva alternativa.

    En cuanto a la afectación a “la tarea que realiza el Registro Civil”, consideramos que también es positiva, porque su función permanecerá intacta. Si el proyecto prospera, se celebrarán menos matrimonios en ese Registro y, por lo tanto, los funcionarios se beneficiarán por la disminución de solicitudes. Esto les permitirá desarrollar con mayor eficiencia las tareas que se efectúan en sede matrimonial y los beneficiará con más tiempo para optimizar los servicios que brindan al ciudadano.

    Por otra parte, se expresa que “no se brindan garantías a los ciudadanos” y que “se afectan las garantías que el ciudadano tiene”.

    Para refutar este argumento, basta con recordar que los escribanos somos profesionales que ejercemos el Derecho, supervisados por la Suprema Corte de Justicia, y nuestra función se caracteriza por la imparcialidad, el asesoramiento jurídico, el control de la legalidad y la potestad para realizar actos de dación de fe pública para brindar certezas y obtener seguridad jurídica.

    Es oportuno resaltar que en diversos países (España, Cuba, Costa Rica, Colombia y Perú, entre otros) se admite la celebración del matrimonio ante escribano que se desarrolla con éxito y sin afectar ninguna de las garantías de los ciudadanos.

    Se menciona también que el cargo de oficial del Estado Civil exige una “capacitación especial”. Coincidimos con ellos y aclaramos que el escribano posee la idoneidad técnica para ejercerlo. En el mismo sentido, en mayo de este año las autoridades del Ministerio de Educación y Cultura al evaluar el proyecto expresaron no tener duda acerca de la idoneidad de los escribanos para llevar a cabo el acto del matrimonio.

    Se afirma que “el principio de igualdad se vería bastante afectado”, ya que van a existir varios tipos de matrimonios, porque se contemplará a ciudadanos de determinada clase social y poder adquisitivo. Aclaramos que el único tipo de matrimonio legítimo reconocido por nuestro Código Civil es el que celebre quien cumpla la función de oficial del Estado Civil; el proyecto de ley no crea un nuevo tipo de matrimonio, solo pretende autorizar a los escribanos a cumplir esa función.

    No se comprenden las referencias a “principio de igualdad” y “ciudadanos que pertenezcan a una determinada clase social y poder adquisitivo”, ya que, según surge del artículo publicado, en la actualidad, existen diferentes tarifas: “Si el casamiento se realiza en una oficina estatal se paga una tasa de $ 410. En caso de querer realizarlo en un lugar privado, el costo es de $ 12.545.”

    El proyecto de ley solo agrega otro sujeto competente para celebrar matrimonios, que pueda ser elegido por los contribuyentes.

    También afirman que “en general, los ciudadanos no tienen escribano de cabecera”, lo cual consideramos irrelevante, porque tampoco existe un oficial del Registro Civil con esa característica. Aquí lo relevante es el vínculo entre las personas y los escribanos, que se basa en la confianza y la seguridad. Si a ello se suma la idoneidad de los escribanos para realizar la tarea y brindarle al ciudadano la posibilidad de elegir, se constituye una razón plausible para aprobar el proyecto.

    Consideramos que el proyecto de ley es beneficioso para la sociedad porque brinda al ciudadano una opción interesante: elegir una persona de confianza para que celebre su matrimonio, con flexibilidad para la elección del lugar, día y hora a celebrarse, con un trámite ágil y la posibilidad de obtener asesoramiento cabal sobre el instituto.

    Esc. Ana María Ramírez Eula (Presidenta)

    Esc. Alicia Santos Sosa (Secretaria)